Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MARTES 19 DE DICIEMBRE DE 2023

Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16 Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17 Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18 Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.Conste que habiendo resultado sorteado síndico el CPN Melini Ricardo Pedro, en la audiencia celebrada, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra.
Maria Romina Kilgelmann - Jueza a/c.
S/C
512384
Dic. 18 Dic. 22


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación secretaría única de la ciudad de Santa Fe, Pcia. De Santa Fe, en los autos caratulados: CORDOBA, ADRIAN GABRIEL s/ Pedido De Quiebra CUIJ nº 21-020244876, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha efectuado la presentación de proyecto de distribución complementario. Asimismo, se hace saber: saldo pendiente de pago honorarios de la Sindicatura $ 97.549,81; saldo pendiente de pago honorarios apoderado del fallido $ 4 1.807,06 y saldo pendiente de pago Tasa de Justicia y fojas de actuación $ 10.081,56. Lo que se publica efectos en el BOLETIN OFICIAL
de la Pcia De Santa Fe. Santa Fe 7 de diciembre 2023.
S/C
512430
Dic. 18 Dic. 19


Por disposición del señor Juez del Juzg. de 1ra. Inst. Civil y Comercial 8va. Nom.
SEC.UNICA de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: PIGOS, NANCI
MABEL s/ Solicitud Propia Quiebra 21-020146483, se hace saber que el Sr. Juez ha dispuesto declarar finalizada la quiebra de conformidad con lo normado por el artículo 231, último párrafo, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido y Ordenar la publicación de edictos por el término de ley, lo que se publica a sus efectos legales. Un decreto:
SANTA FE, 24 de noviembre de 2023. VISTOS. Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1 Declarar finalizada la quiebra de conformidad con lo normado por el artículo 231, último párrafo, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los artículos 103, 107, 110, 114 y concordantes L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas en estos autos. 2 Ordenar la publicación de edictos por el término de ley, comunicar al Registro de Procesos Universales y oportunamente librar los oficios correspondientes. Notifíquese.Fdo: Dra Mariana Nelli. Secretaria Iván Di Chiazza Juez.Santa Fe. 05 diciembre de 2023.
S/C
512385
Dic. 18 Dic. 19


SANTA FE

JUZGADO LABORAL

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Laboral de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: LOVERA MIGUEL ANGEL c/SUPERCEMENTO SAIC y otros s/Accidente De Trabajo; CUIJ 21-04642068-0, se notifica al actor la renuncia por parte de la Dra. Andrea Casali Masin al poder oportunamente otorgado por el actor Sr. Lovera Miguel Angel mediante edictos que se publicarán por tres veces en el BOLETÍN OFICIAL en un todo de acuerdo a lo normado en el art. 73 CPCC por aplicación supletoria a este trámite art. 167 CPL. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287. Santa Fe,01/12 2023.
$ 50
512273
Dic. 15 Dic. 19


Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Quinta Nominación, Dra. Patricia de Petre, Secretaría a cargo de la Dra. Cintia Porreca, sito en calle San Martín N 2.651, de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente en el BOLETÍN OFICIAL, a los fines de CITAR POR EDICTOS a los herederos de la SRA. ZULEMA LEONOR GARCIA, D.N.I. F N 4.823.256, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de tres días después de la última publicación bajo apercibimiento de rebeldía y de designación de un Defensor Ad-hoc a sortearse de la lista de nombramientos, a tenor del proveído que a continuación se transcribe, y ordenado en los autos: MOREYRA RAÚL CÉSAR c/GIGLIOTTI LELIO Y OTROS s/Cobro De Pesos - Rubros Laborales; CUIJ 21-04795886-2. Se autoriza a intervenir en el diligenciamiento de la presente al Dr. Gustavo Moreno y/o a quien este autorice. A continuación se transcriben los decretos que así lo ordenan: SANTA FE, 21 de Noviembre de 2.023.
Proveyendo escrito cargo Nº 17591/23: Atento lo manifestado respecto del fallecimiento de la codemandada ZULEMA LEONOR GARCIA, cítese por Edictos a los herederos de la causante, que se publicarán por tres 3 días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado la Excma.
Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, para que dentro del término de tres 3 días después de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía y de designación de un Defensor Ad-hoc a sortearse de la lista de nombramientos de oficio respectiva Art. 45 del Código Procesal Laboral - subsidiariamente por el Art. 73 CPCC. Notifíquese. Firmado: Dra.
Cintia Porreca - Secretaria; Dra. Patricia de Petre - Jueza.
Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, de Noviembre de 2.023.
S/C
512236
Dic. 15 Dic. 19


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en
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los autos: ESCOBAR, MARIO EXEQUIEL S/ Pedido De Quiebra Expte. CUIJ: 2102041839-4, se ha dispuesto en la resolución de fecha 27/10/2023: 1 Declarar la quiebra del Sr. MARIO EXEQUIEL ESCOBAR, argentino, mayor de edad, D.N.I.
38.374.242, domiciliado realmente en calle Rivadavia Nº 4428, de la ciudad de Santo Tome, provincia de santa fe y con domicilio legal en calle 25 de Mayo 2589, Piso II, Oficina III, de esta ciudad,; 2 Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 3 Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12. Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522; 4 Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 06 de diciembre de 2023 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017; 5 Fijar hasta el día 09 de Febrero de 2024
la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200.
El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria; 6 Fijar los días: 11 de marzo de 2024 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 22 de Abril de 2024 para la presentación de los informes individuales;
y el 17 de Junio de 2024 para la presentación del informe general; Hágase saber, insértese el original, agréguese copia Ofíciese. Notifíquese.- Firmado: DRA. MERCEDES DELLAMONICA,SECRETARIA.DR. DIEGO RAUL ALDAO JUEZ.
S/C
512174
Dic. 15 Dic. 21


Autos: CABRERA CARLOS ADRIAN s/Quiebra; CUIJ N 21-02033747-5 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la régulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos setecientos setenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco con setenta y nueve centavos $ 779.875,79
más 10% aportes; Honorarios abogado del fallido: pesos trescientos treinta y cuatro mil doscientos treinta y dos con cuarenta y ocho centavos $ 334.232,48 más 13% de aportes. Santa Fe,22 de noviembre de 2023.Romina S. Freyre,secretaria.
S/C
512178
Dic. 15 Dic. 18


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: GONZALEZ, IVANA DANIELA s/ Solicitud Propia Quiebra CUIJ N 2102043300-8, se ha dispuesto: SANTA FE, 06 de diciembre de 2023 1 Declarar la quiebra de IVANA DANIELA GONZALEZ, D.N.I. 28.855.787, domiciliada realmente en calle saavedra y Juan de Garay s/n de la ciudad de San José del Rincón y legalmente en calle 25 de Mayo 2126, Piso 2do. Dpto. B de la ciudad de Santa Fe.
2 Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes.- 3 Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al, Síndico los bienes de aquella.- 4
Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5
Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6 Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico.- 7 Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general 23/05/2024. 8 Disponer que el inventario que prevé el inc. 10 del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 1 1 de la presente.9 Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10 Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 06/12/2023
a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 11 Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2 del art. 177 L.C.Q.Asimismo, se librará oficio a I MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunalespara estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos.Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12 Fijar el día 28/02/2024, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13 Fijar el día 14/03/2024
como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán hacerse por vía presencial o electrónica en el correo denunciado a dichos fines.- como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 14 Señalar el día 11/04/2024 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 23/05/2024 para la presentación del Informe General.- 15 Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/12/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date19/12/2023

Page count51

Edition count708

Première édition03/05/2002

Dernière édition11/07/2024

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