Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/12/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 6

RIO GALLEGOS, 23 de Diciembre de 2014.-

RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS DE
LA LICITACION PUBLICA Nº 17/IDUV/2014, FIJANDOSE LA MISMA PARA EL DIA 20 DE
ENERO DE 2015 A LAS 11,00 HS EN LA SEDE
IDUV DON BOSCO Nº 369 DE RIO GALLEGOS.________

acuerdo sintetizado c.a.p.
ACUERDO Nº 114
RIO GALLEGOS, 14 de Noviembre de 2014.Expediente N 487.450/84.CADUCASE la adjudicación en venta otorgada mediante Acuerdo N 02, de fecha 01 de marzo de 1989, Art.2 mediante la cual se adjudicó en venta a favor del señor Clodomiro LOPEZ, la superficie aproximada de 2.000 has., ubicada en la parte Este mitad Norte del lote 79 bis de la Zona Sud del Río Santa Cruz, según lo estipula la Ley 63 y por los motivos expuestos en los considerandos del presente.DECLARESE que la tierra mencionada en el artículo anterior pasa a formar parte de la Comunidad Tehuelche Camusu Aike.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Dr. GUILLERMO BASUALTO PEDRO ALBERTO NUÑEZ
Mg. MARCOS WILLIAMS RODRIGO SUAREZ
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial
P-3


disposiciones D.p.r.h.
DISPOSICION Nº 106
RIO GALLEGOS, 17 de Diciembre de 2014.VISTO:
El Expediente N485958/CAP/2008; y CONSIDERANDO:
Que la Empresa Minera OROPLATA S.A. hace entrega de una Nota referente a la solicitud de permiso de perforación para la construcción de 6 seis freatímetros en Yacimiento Cerro Negro.
Que según lo presentado por la empresa, las características de las perforaciones son las siguientes:
Pozo PM-8a PM-10
DR8
DR8b DR9
DR9b
Sector
Finalidad
Planta de Procesos Planta de Procesos Dique de Colas Dique de Colas Dique de Colas Dique de Colas
Monitoreo Ambiental Monitoreo Ambiental Monitoreo Ambiental Monitoreo Ambiental Monitoreo Ambiental Monitoreo Ambiental
N

Que en el expediente de referencia, consta el informe Técnico correspondiente.
Que una vez realizadas las perforaciones, Minera OROPLATA S.A. deberá remitir a esta Autoridad de Aplicación, los correspondientes informes técnicos.
Que la construcción de freatímetros tiene como finalidad el monitoreo de la calidad del agua subterránea en Yacimiento Cerro Negro, por ello la empresa deberá presentar en esta Dirección, los resultados de los análisis de agua, en forma trimestral.
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949/2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que mediante Resolución N 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo.
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente.
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS
DISPONE:
Artículo N 1: Otorgar permiso a favor de la Empresa Minera OROPLATA S.A., con domicilio legal en calle General Mosconi N 247, de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, para la construcción de 6 seis freatímetro, denominados PM-8a, PM-10, DR8, DR8b, DR9, DR9b en el Yacimiento Cerro Negro.
Artículo N 2: La ubicación de los pozos es la siguiente: PM-8a: N 4.808.593,02 - E 5.407.223,00 - Z
701,96; PM-10: N 4.808.532,00 - E 2.407.074,00 - Z
710; DR8: N 4.808.930,00 - E 2.408.209,00 - Z 750;
DR8b: E 4.808.921,00 - E 2.408.203,00 - Z 750; DR9:
N 4.809.457,00 - E 2.409.275,00 - Z 725; DR9b: N
4.809.457,00 - E 2.409.275,00 - Z 725.
Artículo N 3: La construcción los 6 seis pozos, tendrán como finalidad el monitoreo del agua subterránea en Yacimiento Cerro Negro.
Artículo N 4: Finalizada la construcción de los 6
seis freatímetros, la empresa deberá remitir a esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, información técnica, como perfil litológico, profundidad total de entubado, diámetro de la cañería, entre otras.
Artículo N 5: La empresa deberá hacer entrega a esta Autoridad de Aplicación, los protocolos de análisis de agua correspondiente a los 6 seis pozos de monitoreo, en forma trimestral.
Artículo N 6: Facultar a los técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo considere conveniente.
Artículo N 7: Que tal lo establece el Art. N 40 de la Ley Provincial de Aguas N 1.451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo N 8: Regístrese. Tomen conocimiento:
Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Despacho, Dirección de Administración. Notifíquese a Minera OROPLATA S.A. dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.MARTA MAYORGA
Directora Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial
P-3

Ubicación E

Z

Diámetro Perforación Entubado
Prof. Entubado
4.808593,02

2.407.223,00 701,96

8

4

Entre 10 y 15 m
4.808.532,00

2.407.074,00

710

8

4

Entre 20 y 50 m
4.808.930,00

2.408.209,00

750

8

4

Entre 50 y 70 m
4.808.921,00

2.408.203,00

750

8

4

10 m
4.809.457,00

2.409.275,00

725

8

4

Entre 50 y 75 m
4.809.457,00

2.409.275,00

725

8

4

10 m
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4895 DE 20 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
DISPOSICION Nº 103
RIO GALLEGOS, 28 de Noviembre de 2014.VISTO:
El Expediente N 484.461/07, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Patagonia Gold S.A., solicita la renovación del permiso de captación de agua del pozo denominado MW002 GW 02, con fines industriales.
Que obra en expediente, información solicitada por esta Autoridad de Aplicación del punto de captación mencionado. El cual se encuentra ubicado en las coordenadas X 4.797.592; Y 2.381.173, en la Ea. El Rincón, Proyecto Lomada Leiva, Bloque La Paloma.
Que la empresa solicita dicha extracción, para el tratamiento de minerales mediante una Pila Piloto de Lixiviación y la ejecución de obras civiles de construcción, en el Proyecto Lomada de Leiva, perteneciente al Bloque La Paloma.
Que la dotación solicitada se ha fijado en un volumen de ciento sesenta y cinco metros cúbicos por día 165 m3/día en función de los ensayos de bombeo realizados, por un período de doce 12 meses, a partir del 01 de diciembre de 2014.
Que los metros cúbicos autorizados serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado.
Que el uso que se dará al agua extraída, será catalogado como uso especial, por lo que la empresa deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición N
020/DPRH/13, de la Ley Provincial N 1451.
Que obra Informe Técnico a fojas N 1005, en expediente de referencia.
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que, mediante Resolución N 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
1º Renovar permiso a favor de la Empresa Patagonia Gold S.A., con domicilio legal en Pasaje Feruglio N 157, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; para la captación de agua pública del pozo denominado MW002 GW
002, ubicado en las coordenadas X 4.797.592; Y
2.381.173, para ser utilizada en el Proyecto Lomada Leiva, Bloque La Paloma, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.
2º Que la dotación que se autoriza es de ciento sesenta y cinco metros cúbicos por día 165 m3/
día, por un período de doce 12 meses, a partir del 01 de diciembre de 2014.
3º Que el objeto de la dotación, será destinada al tratamiento de minerales, en la pila piloto de lixiviación y a obras civiles, pertenecientes al Proyecto Lomada de Leiva.
4º Que la empresa, deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, las lecturas del caudalímetro instalado, en forma mensual, en carácter de Declaración Jurada.
5º Que el agua utilizada tendrá carácter de uso industrial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N 20 /13
Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
6º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondos de Terceros, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esa Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
7º Que la empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición N 03/03 de la Ley

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/12/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date23/12/2014

Page count20

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

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