Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/5/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
el día 28 de Febrero del año 2014, a la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. con domicilio legal en Gobernador Moyano Nº 56 de la localidad de Río Gallegos, a realizar tareas de pesca de altura en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz con el buque pesquero congelador tangonero JUEVES SANTO Mat. 0667 y de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º.-OTORGAR al buque pesquero congelador tangonero JUEVES SANTO Mat.
0667 el permiso de pesca comercial de altura IRRESTRICTO con carácter intransferible, precario y provisorio.
ARTICULO 3º.-ESTABLECER que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. deberá hacer efectivo el canon por captura establecido por Disposición N 310/SPyAP/10, en el plazo dispuesto en el punto 8 de la misma.
ARTICULO 4º.- ESTABLECER que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. deberá mantener, durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Secretaría de Ingresos Públicos, Fiscalía de Estado, Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, Unidad Ejecutora Portuaria, Subsecretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.
ARTICULO 5º.- ESTABLECER que el incumplimiento o trasgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.
ARTICULO 6º.-: TOMEN CONOCIMIENTO: Ministerio de la Producción, Secretaría de Ingresos Públicos, Direcciones y Delegaciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias; Honorable Tribunal de Cuentas, Empresas Pesqueras; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.HAROLD J. BARK
Ministro de la Producción Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION Nº 139
RIO GALLEGOS, 10 de Abril de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 428481-MP/14, la Ley Provincial de Pesca N 1464 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1875/90 y 300/05 y sus modificatorias, la Resolución Nº 039/14 y las Disposiciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nros. 391/04, 084/05, y sus modificatorias, 087/05
y 310/10; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo las empresas EMPESUR S. A
/ BENTONICOS DE ARGENTINA S.A. solicitan permiso de pesca comercial de altura en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el año 2014, para el buque pesquero congelador TANGO II Mat. 02791;
Que la empresa EMPESUR S. A. cuenta con planta en la localidad de Puerto Deseado, provincia de Santa Cruz;
Que la empresa BENTONICOS DE ARGENTINA S. A. es propietaria del buque pesquero congelador TANGO II Mat. 02791;
Que las empresas EMPESUR S. A / BENTONICOS DE ARGENTINA S.A. constituyen domicilio legal en Gobernador Moyano Nº 56 de esta ciudad capital, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fs. 2 a 4, 34 a 41, 50, 53, y 57 a 69 obran copias legalizadas de la documentación del B/P
TANGO II Mat. 02791 según lo requerido por Disposición N 084/SPyAP/05 Art. 2, Inc. 2.a., 2.b., 2.c., 2.d., 2.e. y 2.f;
Que a fs. 74 a 86, 113, 114 a 115, y 120 a 124
obran copias legalizadas de documentación reque-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. N 4822 DE 04 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 15 de Mayo de 2014.ridas mediante Disposición Nº 084/SPyAP/ 05 Art.
2 - Inc. 3,4, 5 y 6;
Que a fs. 125 y 126 obran solicitudes de Certificados de Libre deuda extendido por la Secretaría de Ingresos Públicos de la provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 130 y 131 obran solicitudes de Certificados de Libre deuda extendido por la Fiscalía de Estado de la provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 128 y 129 obran solicitudes Certificados de Libre deuda extendido por la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Que a fs. 119 y 132 obran Certificados de Libre deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la provincia de Santa Cruz;
Que a fs 127 y 139 obran nota de solicitud y Certificado de cumplimiento de la legislación ambiental extendida por la Secretaría de Medio Ambiente de la provincia de Santa Cruz correspondientes al año 2014 por las empresas Empesur S.A. y Bentónicos de Argentina S.A.;
Que a fs. 116 y 118 obran notas de solicitudes a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz de la Constancia de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del personal empleado en planta y embarcado, establecido por la Disposición 084/SPyAP/05 y sus modificatorias;
Que a fs. 56 obra constancia de pago del arancel anual de pesca, conforme lo establece la Resolución N 039/MP/14 acorde el tipo de permiso según Ley N 2326, y tipo de buque;
Que de fs. 81 a 83 obra Contrato de Cooperación Empresarial entre las Empresas BENTONICOS
DE ARGENTINA S.A. / EMPESUR S.A., Que mediante Disposición N 310/SPyAP/10
se establece un canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción;
Que mediante Disposición Nº 020/14, se han reconocido las metas comprometidas por la empresa EMPESUR S.A. para el año pesquero 2014, en el marco de la actualización del proyecto productivo;
Que el Consejo Federal Pesquero determina que el no cumplimiento de la Resolución 19/08 en su Art. 16º, la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, suspenderá las operaciones de pesca de centolla Lithodes santolla, Que a fs. 137 y 138 obra dictamen de Asesoría Letrada Nº 087/D.P.A.L./2014;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR a partir del día 22 de marzo de 2.014 y hasta el 28 de febrero de 2015 a las empresas EMPESUR S. A / BENTONICOS DE ARGENTINA S.A., con domicilio legal en Gobernador Moyano Nº 56 de la localidad de Río Gallegos, a realizar tareas de pesca de altura en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, excluida la pesca al Sur del paralelo 47
S, con el buque pesquero congelador TANGO II
Mat. 02791 y de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º.- OTORGAR al buque pesquero congelador TANGO II Mat. 02791 el permiso de pesca comercial de altura IRRESTRICTO, con carácter intransferible, precario y provisorio, con autorización para el calado de tres mil quinientas trampas para la captura de centolla Lithodes santolla.
ARTICULO 3º.-ESTABLECER que las empresas EMPESUR S.A. / BENTONICOS DE ARGENTINA S.A. deberán hacer efectivo el canon por captura establecido por Disposición N 310/
SPyAP/10, en el plazo dispuesto en el punto 8 de la misma.
ARTICULO 4º.- ESTABLECER que las empresas EMPESUR S.A. / BENTONICOS DE
ARGENTINA S.A. deberán dar cumplimiento a las metas establecidas para el proyecto productivo.
ARTICULO 5.- ESTABLECER que las em-

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presas EMPESUR S. A. / BENTONICOS DE
ARGENTINAS S.A. deberán presentar en el término de treinta 30 días los certificados extendidos por la Subsecretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, mantener durante el plazo autorizado por la presente la vigencia de los mismos, así como dar estricto cumplimiento a la legislación Provincial pesquera.
ARTICULO 6.- ESTABLECER que la presente habilitación se halla condicionada a las objeciones que pueda formular la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz, establecidas por la Ley Nacional Nº 19.587
y el Decreto Nacional Nº 351/79, en virtud de la solicitud efectuada por el administrado, obrante a fs. 096;
ARTICULO 7.- ESTABLECER que el incumplimiento o trasgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.
ARTICULO 8.- TOMEN CONOCIMIENTO: Ministerio de la Producción, Secretaría de Ingresos Públicos, Direcciones y Delegaciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias; Honorable Tribunal de Cuentas, Empresas Pesqueras; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE
HAROLD J. BARK
Ministro de la Producción Provincia de Santa Cruz ________

acuerdos c.a.p.
ACUERDO Nº 003
RIO GALLEGOS, 17 de Marzo de 2014.Expediente N 80.883/35.ACEPTASE, Declaratoria de herederos en los autos caratulados MON JUAN ROBERTO S/SUCESION AB-INTESTATOexpíe. Nº 15.841/97, declarando en cuanto hubiere lugar en derecho que por fallecimiento de Juan Roberto MON, le suceden como únicos y universales herederos su cónyuge supérstite Marta Esmeralda URRICELQUI y sus hijos Marta Esmeralda MON y Franco Emmanuel MON, sin perjuicio de los derechos que la ley acuerda a la primera respecto de los bienes gananciales y a terceros que alegaren iguales o mejores derechos.ACEPTASE, Oficio Nº 157/13, en los autos caratulados VERGARA BEATRIZ S/JUICIO SUCESORIO AB INTESTATO, Expte. N 13.059/87, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia, con asiento en la ciudad de Puerto Deseado, declarar en cuanto hubiere lugar en derecho que por fallecimiento de doña Beatriz VERGARA
le suceden como únicos y universales herederos sus hijos Manuel VIDAL, Ester VIDAL, Domingo VIDAL, Elena VIDAL y Juan Roberto MON, sin perjuicio de terceros que pudieren alegar iguales o mejores derechos.ACLARESE que quedan como titulares de la superficie de 11.130 has., ubicada en la fracción en ángulo Sud-Este legua c, lote 3, parte Sud-Oeste legua d, lote 4, leguas a, b, d y Fracción Nord-Este legua c, lote 7 y parte Este leguas b, c, lote 7 y parte Este leguas b, c lote 8, Fracción B, Sección VI, de la Provincia de Santa Cruz, con todos los derechos y obligaciones que la ley le otorga, los señores Manuel VIDAL, Ester VIDAL, Domingo VIDAL, Elena VIDAL, Marta Esmeralda URRICELQUI, Marta Esmeralda MON y Franco Emmanuel MON.Los interesados deberán hacer efectuar la mensura, la que una vez registrada ante la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/5/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date15/05/2014

Page count4

Edition count1773

Première édition19/02/2002

Dernière édition01/08/2024

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