Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/5/2014

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

RIO GALLEGOS, 15 de Mayo de 2014.-

Ministerial MP-Nº 216/12 y sus modificatorias Nros. 297/12 y 044/13, emanadas por el Ministerio de la Producción, mediante las cuales se reconoce, aprueba y abona el monto correspondiente, a favor del señor Pablo Gabriel GALLEGUILLO Clase 1973 D.N.I. Nº 23.490.611, en concepto de liquidación final de veinte 20 días corridos de la Licencia Anual Ordinaria año 2010 parte proporcional, quien se desvinculó de la Administración Pública Provincial con motivo de la limitación en el cargo de Director Control Operativo dependiente de la Dirección General de Explotación Cañadón Seco de la entonces Secretaría de Estado de Energía, a partir del día 1º de septiembre del año 2010, mediante Decreto Nº 1428/11.APROPIAR al presente Ejercicio Financiero la suma total de PESOS SEIS MIL OCHENTA Y CUATRO
CON SESENTA CENTAVOS $ 6.084,60, en virtud de haberse originado dicho gasto en ejercicio vencido.________

RESOLUCIONES
M.P.
RESOLUCION Nº 053
RIO GALLEGOS, 14 de Marzo de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 425.068-MP-13, la Ley Provincial de Pesca N 1464 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1875/90, 300/05 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 123 y 258/MP/13 y Disposiciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nros. 084/05, 087/05, 068/08, 078/08, 079/08 y 310/10; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. solicita permiso de pesca de altura irrestricto en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el año 2013, para el buque congelador tangonero MIERCOLES SANTO Mat. 0666;
Que se encuentra vigente la Disposición 310/
SPyAP/10, que establece la regulación del Golfo San Jorge a través de la zonificación de la veda;
Que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ
S.A. cuenta con planta en la localidad de Puerto Deseado, provincia de Santa Cruz;
Que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ
S.A. es propietaria del buque congelador tangonero MIERCOLES SANTO Mat. 0666;
Que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ
S.A. constituye domicilio legal en Gobernador Moyano N 56 de esta ciudad capital, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fs 64 a 67 obra Nota de Solicitud del Permiso Provincial de Pesca;
Que a fs 45 a 48 obran Actas de Asamblea y Directorio la Empresa legalizadas;
Que a fs 62 Obra certificado de Inscripción como Armador extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 29 a 37 obran Anexos I a IV del Decreto 1875/90, requeridos por Disposición N 084/
SPyAP/05.
Que a fs 4 a 6 obra Certificado de Matrícula del Buque, extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 10 a 12 obra Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 13 a 15 obra Certificado de Capacidad de Bodega, extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 7 a 9 obra Certificado de Arqueo Nacional extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 38 a 40 obra Copia Legalizada del Permiso Nacional de Pesca;
Que a fs 16 a 25 obra título de propiedad del buque pesquero Miércoles Santo:
Que a fs 3 obra Certificado de Libre deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la provincia de Santa Cruz;
Que a fs 51 obra Nota de Solicitud a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz de la Constancia de Cumplimiento
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. N 4822 DE 04 PAGINAS

de las Obligaciones Laborales y Previsionales de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs 2 y 63 obra Certificado de Libre Deuda de la Empresa, extendido por la Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs 52 obra Certificado Libre Deuda extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs 43 obra certificado de cumplimiento de la legislación ambiental, extendida por la Subsecretaría de Medio Ambiente de la provincia de Santa Cruz;
Que a fs 54 Obra Certificado de Libre deuda extendido por la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Que a fs 53, 55 y 68 obran constancias de pago del arancel anual de pesca, correspondientes a la cancelación total, conforme lo establece la Resolución N 123/MP/13 acorde el tipo de permiso según Ley N 2326 y tipo de buque;
Que a fojas 125 obra Dictamen de Asesoría Letrada Nº 65 /DPAL/2014;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1.-AUTORIZAR las tareas de pesca a partir del 1 de Septiembre del año 2013
y hasta el día 28 de Febrero del año 2014, a la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. con domicilio legal en Gobernador Moyano Nº 56 de la localidad de Río Gallegos, a realizar tareas de pesca de altura en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz con el buque pesquero congelador tangonero MIERCOLES SANTO Mat.
0666 y de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2.-OTORGAR al buque pesquero congelador tangonero MIERCOLES SANTO
Mat. 0666 el permiso de pesca comercial de altura IRRESTRICTO con carácter intransferible, precario y provisorio.
ARTICULO 3.-ESTABLECER que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. deberá hacer efectivo el canon por captura establecido por Disposición N 310/SPyAP/10, en el plazo dispuesto en el punto 8 de la misma.
ARTICULO 4.- ESTABLECER que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. deberá mantener, durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Secretaría de Ingresos Públicos, Fiscalía de Estado, Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, Unidad Ejecutora Portuaria, Subsecretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.
ARTICULO 5.- ESTABLECER que el incumplimiento o trasgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.
ARTICULO 6.-: TOMEN CONOCIMIENTO: Ministerio de la Producción, Secretaría de Ingresos Públicos, Direcciones y Delegaciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Honorable Tribunal de Cuentas, Empresas Pesqueras; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.HAROLD J. BARK
Ministro de la Producción Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION Nº 054
RIO GALLEGOS, 14 de Marzo de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 425.069-MP-13, la Ley Provincial de Pesca N 1464 y sus modificatorias, los De-

BOLETIN OFICIAL
cretos Nros. 1875/90, 300/05 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 123 y 258/MP/13 y Disposiciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nros. 084/05, 087/05, 068/08, 078/08, 079/08 y 310/10; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo la empresa PESQUERA SANTA CRUZ S.A. solicita permiso de pesca de altura irrestricto en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el año 2013, para el buque congelador tangonero JUEVES SANTO Mat. 0667;
Que se encuentra vigente la Disposición 310/
SPyAP/10, que establece la regulación del Golfo San Jorge a través de la zonificación de la veda;
Que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ
S.A. cuenta con planta en la localidad de Puerto Deseado, provincia de Santa Cruz;
Que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ
S.A. es propietaria del buque congelador tangonero JUEVES SANTO Mat. 0667;
Que la empresa PESQUERA SANTA CRUZ
S.A. constituye domicilio legal en Gobernador Moyano N 56 de esta ciudad capital, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fs 4 a 6 obra Nota de Solicitud del Permiso Provincial de Pesca;
Que a fs 51 a 54 obran Actas de Asamblea y Directorio la Empresa legalizadas;
Que a fs 43 a 45 y 62 a 64 Obra certificado de Inscripción como Armador extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 34 a 42 obran Anexos I a IV del Decreto 1875/90, requeridos por Disposición N 084/
SPyAP/05.
Que a fs 7 a 9 obra Certificado de Matrícula del Buque, extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 10 a 12 y 68 a 71 obra Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 18 a 20 obra Certificado de Capacidad de Bodega, extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 13 a 17 obra Certificado de Arqueo Nacional extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs 31 a 33 obra Copia Legalizada del Permiso Nacional de Pesca;
Que a fs 21 a 30 obra título de propiedad del buque pesquero Jueves Santo;
Que a fs 3 obra Certificado de Libre deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la provincia de Santa Cruz;
Que a fs 55 obra Nota de Solicitud a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz de la Constancia de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs 2 y 76 obra Certificado de Libre Deuda de la Empresa, extendido por la Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs 58 obra Certificado Libre Deuda extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs 49 obra certificado de cumplimiento de la legislación ambiental, extendido por la Subsecretaría de Medio Ambiente de la provincia de Santa Cruz;
Que a fs 65 obra nota de pedido solicitud Constancia de Inscripción del Registro Industrial de la Nación;
Que a fs 60 Obra Certificado de Libre deuda extendido por la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Que a fs 59, 61 y 77 obra constancia de pago del arancel anual de pesca, correspondiente a la cancelación total, conforme lo establece la Resolución N
123/MP/13 acorde el tipo de permiso según Ley N
2326 y tipo de buque;
Que a fojas 83 obra Dictamen de Asesoría Letrada Nº 62 /DPAL/2014;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-AUTORIZAR las tareas de pesca a partir del 1 de Septiembre del año 2013 y hasta

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/5/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date15/05/2014

Page count4

Edition count1773

Première édition19/02/2002

Dernière édition01/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2014>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031