Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/9/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2010 - AÑO HOMENAJE AL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RIO
G ALLEG OS

DIREC CION GEN ERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
RENE AUGUSTO C ARCAMO
DIRECTOR GENERAL

FRANQU EO A PAG AR
CUEN TA Nº 07-0034

AÑO LV Nº 4428

LEY Nº 3146

OFICIAL

LEYES

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
G ober nador Dr. PAB LO G ERARDO G ONZALEZ
Mini stro de la Jef a tura de G abine te de Minist ros Sr. CARLOS ALB ERTO B ARRETO
Mini stro d e G obi erno Ingº. G USTAVO ERNESTO MARTINEZ
Min istro de la Secr etaría G ene ral de la G oberna ción C.P. DIEG O LEONARDO ROB LES
Minist ro de Econ omía y Obr as Públi cas Sr. HORACIO MATIAS MAZU
Mini stro de Asunt os Soci ales Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Mini stro d e la Producc ión Prof . ROB ERTO LUIS BORSELLI
Pr es id en t e de l Co nse jo Pro vin cia l d e E duc aci ón Dr. CARLOS J AVIER RAMOS
Fiscal de Estado
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LE Y
Artículo 1.- APRUEBASE en todos sus términos el Tratado de Creación del Parque Interjurisdiccional Marino Isla Pingino, suscripto con fecha 15 de febrero de 2010 por el Estado Nacional, representado por la Excelentísima señora Presidenta de la Nación Argentina, Doctora Cristina FERNÁNDEZ de KIRCHNER; por la Administración de Parques Nacionales, representada por la Doctora Patricia Alejandra GANDINI y por la provincia de Santa Cruz, representada por el Señor Gobernador Don Daniel Román PERALTA; el cual fuera ratificado por Decreto Provincial Nº 1247/10.Artículo 2.- COMUNÍQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 12 de Agosto de 2010.Dn. RUBEN CONTRERAS
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Prof. DANIEL ALBERTO NOTARO
Secretario General Honorable Cámara de Diputados
diccional Marino Isla Pingino, suscripto con fecha 15 de febrero de 2010 por el Estado Nacional, representado por la Excelentísima señora Presidente de la Nación Argen tina, Docto ra Cristin a FE RNÁNDEZ de KIRCHNER; por la Administración de Parques Nacionales, representada por la Doctora Patricia Alejandra GANDINI y por la Provincia de Santa Cruz, representada por el Señor Gobernador Don Daniel Román PERALTA, el cual fuera ratificado por Decreto Provincial Nº 1247/10.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTAIngº. Jaime Horacio Alvarez ________

DECRETO Nº 2151
RIO GALLEGOS, 06 de Septiembre de 2010.VIS T O:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de agosto del año 2010, por la cual se APRUEBA en todos sus términos el Tratado de Creación del Parque Interjurisdiccional Marino Isla Pingino, suscripto con fecha 15 de febrero de 2010 por el Estado Nacional, representado por la Excelentísima señora Presidenta de la Nación Argentina, Doctora Cristina FERNÁNDEZ de KIRCHNER; por la Administración de Parques Nacionales, representada por la Doctora Patricia Alejandra GANDINI y por la provincia de Santa Cruz, representada por el Señor Gobernador Don Daniel Román PERALTA, el cual fuera ratificado por Decreto Provincial Nº 1247/10; y CONS IDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:

LEY Nº 3147
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LE Y
Artículo 1.- APRUEBESE en todos sus términos el Acta Acuerdo para la Percepción de Regalías Hidro carburíferas del Area Magallanes, suscripto con fecha 19 de Marzo de 2010 entre los Estados Provinciales de Santa Cruz y de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el cual fuera ratificado por Decreto Provincial Nº 1151/10, de conformidad con las pautas contenidas en ese Acuerdo y conforme lo previsto por las Leyes Nacionales 26.197
y 23.775 Texto según Ley 26.552.Artículo 2.- COMUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 12 de Agosto de 2010.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- PROMULGASE, bajo el Nº 3146 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de agosto de 2010, por la cual se APRUEBA en todos sus términos el Tratado de Creación del Parque Interjuris-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4428 DE 22 PAGINAS

Dn. RUBEN CONTRERAS
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Prof. DANIEL ALBERTO NOTARO
Secretario General Honorable Cámara de Diputados
RIO GALLEGOS, 21 de Septiembre de 2010.-

ACTAACUERDO ENTRE LAS PROVINCIAS
DE TIERRA DEL FUEGO Y SANTACRUZ
PARA LA PERCEPCION DE
REGALIAS HIDROCARBURIFERAS
DEL AREA MAGALLANES

A los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil diez, en la ciudad de Río Gallegos, capital de la Provincia de Santa Cruz; entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada en este acto por su Gobernadora doña María Fabiana RIOS, con domicilio en San Martín Nº 450
de la ciudad de Ushuaia y la Provincia de Santa Cruz, repres entada en es te acto por su Gobernad or don Daniel Román PERALTA, con domicilio en calle Alcorta Nº 231 de la ciudad de Río Gallegos, en adelante denominada LAS PARTES y, en virtud de la reciente sanción de la Ley Nacional Nº 26.552 que modififica el Artículo 1 de la Ley Nacional Nº 23.775
Límites de la Provincia de Tierra del Fuegoy de las nuevas atribuciones de las Provincias productoras de hidrocarburos a partir de la sanción de la Ley Nacional Nº 26.197 ley corta-, de lo suscripto oportunamente por LAS PARTES en el ACTA ACUERDO de fecha 8 de noviembre del año 1994 y la situación de hecho que se registra actualmente en materia de percepción de regalías por parte de las provincias, donde cada una recibe lo estipulado en dicho convenio en forma directa de las firmas concesionarias, se reúnen en el día de la fecha y ACUERDAN:
PRIMERA: Mantener la situación imperante a la fecha en materia de regalías hidrocarburíferas para las plataformas operando en el Estrecho de Magallanes, Área Magallanes , operado po r la Empresa SIPETROL S.A. o aquella que la reemplace en el futuro. Esto es, cada Provincia percibirá el total de las Regalías correspondientes a la producción de cada plataforma que se encuentre dentro de las doce 12
millas de su línea de base y en zona no compartida.SEGUNDA: Para aquellas plataformas que se encuentren en la zona marítima compartida, donde ambas líneas se superponen, los porcentajes de las regalías a percibir serán del cuarenta y cinco por ciento 45% para Tierra del Fuego y cincuenta y cinco por ciento 55% para Santa Cruz. Este mayor porcentaje se acuerda en virtud de los riesgos ambientales que conlleva el traslado y posterior tratamiento de los hidrocarburos en suelo santacruceño.TERCERA: En el caso de construirse en el futuro un ducto que permita realizar dicho tratamiento en suelo fueguino, los porcentajes mencionados en la Cláusula anterior, estarán sujetos a revisión por LAS
PARTES.CUARTA: El plazo de vigencia del presente, se establece en dos 2 años a partir de la firma, renovable automáticamente por el mismo período y podrá ser revisado de mutuo acuerdo, de surgir alguna situación no prevista en el mismo.Q UINTA: Las partes instrumentarán la aprobación legislativa del presente, en el marco de lo que establezcan sus respectivas constituciones.En prueba de conformidad, se firman TRES ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha ut-supra indicados.DECRETO Nº 2152
RIO GALLEGOS, 06 de Septiembre de 2010.VIS T O:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/9/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date21/09/2010

Page count22

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

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