Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/7/2008

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIII Nº 4200

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 942
RIO GALLEGOS, 30 de Abril de 2008.-

V I ST O :
Los Expediente CPS-Nros. 261.088/06 y 255.139/04, elevados por la Caja de Previsión Social; y CONSIDE RANDO:
Que se ventila en esta instancia el Recurso de Alzada interpuesto por la señora Julia Ramona CUESTA contra el Acuerdo Nº 2081/06, cuestionando la fecha de concesión del beneficio pensionario derivado del fallecimiento de su cónyuge;
Que analizando formalmente el planteo, surge que la señora Julia Ramona CUESTA fue notificada del acto atacado el día 7 de Febrero del año 2007 según consta al pié de la copia del mismo que obra glosada en autos, habiendo presentado el escrito recursivo en fecha 22 de Noviembre del año 2007. Es decir que para entonces todos los plazos procesales recursivos se encontraban absolutamente vencidos;
Que consecuentemente, el recurso sub-examine resulta desde el punto de vista formal improcedente al haber sido interpuesto fuera de término;
Que en base a lo expuesto corresponde rechazar in limine por extemporáneo el Recurso de Alzada de la señora Julia Ramona CUESTA contra el Acuerdo Nº 2081/06;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-Nº 11/08, emitido por Asesoría Ejecutiva de la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 63/64;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RECHAZASE por extemporáneo el Recurso de Alzada interpuesto por la señora Julia Ramona CUESTA D.N.I. Nº 13.850.550 contra el Acuerdo Nº 2081/06, de conformidad a los considerandos del presente.Artículo 2º.- NO TIFIQ UESE a la interesada.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministerio Secretario en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 4º.- PASE a la Caja de Previsión Social a sus efect os, dése al Bole tín Oficial y, c umplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Jorge Eduardo Mascheroni ________
DECRETO Nº 1761
RIO GALLEGOS, 08 de Julio de 2008.V I ST O :
El Expediente MG-Nº 552.334/07 dos cuerpos, elevado por el Ministerio de Gobierno;
CONSIDE RANDO:
Que por Decreto Provincial Nº 744/08, y su modificatorio Decreto Nº 1189/08, se homologaron los acuerdos suscriptos con fecha 31 de Marzo y 7
de Mayo, ambos del corriente año, respectivamente
OFICIAL

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobern ad or Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Mi nis tro Secretario en el Departamen to de la Jefatura de G abinete de Ministros y a Cargo d el Mi nisterio de Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Mi nis tro de la Secretaría General de la Gob ernación C.P.N. JUAN MANUEL CAMPILLO
Ministro de Econ omía y Obras Públi cas Dr. JORGE EDUARDO MASCHERONI
Mi nistro d e As untos Social es Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Pres i den te del Consejo Provi nci al de Ed ucaci ón Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Representación Gremial de la Unión del Personal Civil de la Nación UPCN, Asociación Personal de la Administración Pública APAP y la Asociación de T rabajadores del Estado AT E, en el marco de la Negociación Colectiva de laAdministración Pública Provincial establecida por Ley Nº 2986 y por su Decreto Reglamentario Nº 2290/07;
Que en dichos acuerdos se pactó un incremento salarial del dieciséis por ciento 16% sobre el nuevo haber básico aprobado a partir del día 1º de Marzo del año 2008 y el cuatro por ciento 4% a partir del día del mes de Julio del año en curso, para el personal escalafonado en las Leyes Nros. 591, 813 y su modificatoria Nº 1084, Ley Nº 1200 de Enfermería y Otras Ramas Auxiliares de la Medicina ERAM y Ley Nº 1795-Carrera Profesional SanitariaRégimen 35 y 44 Horas;
Que en tal sentido en fecha 10 de Junio del corriente año, se reunieron los miembros de la Comisión Central anteriormente enunciados, a efectos de implementar el incremento salarial respecto del mes de Julio del año 2008, el cual ha sido aprobado por unanimidad por las partes, conforme surge de los Anexos I, II, III y IV delActa obrante a fojas 354/360;
Que en función de lo preceptuado por la Ley Nº 2986 corresponde homologar dicho incremento salarial;
Por ello y atento a Nota SLyT-Nº 2238/08, emitida por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 364;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- HO MO LO GAR los Anexos I, II, III
y IV del Acta suscripto con fecha 10 de Junio del año 2008 entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Representación Gremial de la Unión del Personal Civil de la Nación UPCN,Asociación Personal de la Administración Pública APAP y la Asociación de T rabajadores del Estado AT E, en el marco de la Negociación Colectiva de laAdministración Pública Provincial, en lo que respecta al incremento salarial del cuatro por ciento 4% a partir del mes de Julio del año en curso, para el personal escalafonado en las Leyes Nros. 591, 813 y su modificatoria Nº 1084, Ley Nº 1200 de Enfermería y Otras Ramas Auxiliares de la Medicina ERAM y Ley Nº 1795-Carrera Profesional SanitariaRégimen 35 y 44 Horas, el cual forma parte integrante del presente.-

RIO GALLEGO S, 24 de Julio de 2008.-

Artículo 2º.- AUTO RIZAR al Ministerio de Economía y Obras Públicas para que a través de la Contaduría General de la Provincia, emita las instrucciones pertinentes a cada organismo de la Administración Central, Descentralizados y Entes Autárquicos para instrumentar operativamente en sus respectivos ámbitos los alcances del Decreto, facultándolo, además a efectuar las adecuaciones presupuestarias que correspondan dentro de los alcances del presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de la Jefatura de Gabinete de Ministros a cargo del Despacho del Ministerio de Gobierno, de Economía y Obras Públicas y de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Gobierno Subsecretaría de T rabajo y Seguridad Social, quien realizará las comunicaciones de práctica a sus efectos tomen conocimiento los Ministerios de Economía y Obras Públicas, de Asuntos Sociales y de la Secretaría General de la Gobernación, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Pablo Gerardo GonzálezC.P.N. Juan Manuel Campillo Ingº. Gustavo Ernesto Martínez En Río Gallegos, 10 de Junio de 2008, siendo las 14,30 horas, comparecen ante esta Subsecretaría de T rabajo previamente citados; en las instalaciones de la Subsecretaría de Planeamiento y de la Función Pública los representantes de los sectores gremiales Francisco PEREZ por la APAP, Alberto SASSET T I
y Arnoldo CANDEIAS por UPCN, por AT E el Sr.
Jorge LEMOS y por el Poder Ejecutivo Provincial lo hacen, el Director Provincial de la Función Pública Sr. Juan Carlos BARRIENT OS, Director Provincial de Recursos Humanos Raúl LESCANO, la contadora General del Ministerio de Economía Karina MURCIA y e l Subsecr etar io de Gobie rno Jor ge FERREYRA, por la Subsecretaría de Trabajo lo hace el Sr. Fernando CORT ES.Se da inicio a la reunión donde la Autoridad Laboral expresa que el expediente de referencia fue remitido el 2 de Junio del corriente año, a la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, a los efectos de que se homologue el Acta de fecha 30 de Mayo de 2008, donde la Comisión Central aprobó un cronograma de Pase a Planta Permanente del Personal Contratado, una vez que se dicte la norma legal pertinente se enviará copia a las partes.
Seguidamente la STySS continúa con el temario de la audiencia, correspondiente a la respuesta por parte del Poder Ejecutivo del pago del Adicional 207
Responsabilidad Profesional y T écnica, al personal Ley 591 que cumple funciones en Hospitales.
Por su parte el Poder Ejecutivo solicita un cuarto intermedio de 15 minutos a fin de poder informar al respecto.
Siendo las 15,00 horas se reinicia la reunión donde el Poder Ejecutivo manifiesta que existe la voluntad política del gobierno de incorporar en este Adicional al Personal Ley 591 que cumple funciones en Hospitales, no teniendo una respuesta concreta a partir de cuando se hará efectivo, en virtud de todos los compromisos presupuestarios ya asumidos para el mes

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/7/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date24/07/2008

Page count16

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Julio 2008>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031