Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/9/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO
GOBIERNO DE
DE LA
LA PROVINCIA
PROVINCIA DE
DE SANTA
SANTA CRUZ
CRUZ
Ministerio Ministerio de de la la Secretaría Secretaría General General de de la la Gobernación Gobernación
BOLETIN
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RIO
RIO
GALLEGOS

FRANQUEO AA PAGAR
PAGAR
FRANQUEO
CUENTA Nº 07-0034

AÑO L - Nº 3902

LE Y E S
LEY Nº 2798
El Pode r Le gislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fue rz a de :
LEY

OFICIAL
OFICIAL

DIRECCION GENERAL BOLETIN
DIRECCION
BOLETIN OFICIAL
OFICIAL EEIMPRENTA
IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
Director General
PUBLICACIO NBISEMANAL Marte s y Jue ve s Dr. SERGIO EDGARDO ACEVEDO
Gobe rnador Sr. JO SE CLAUDIO DALLE MURA
Ministro de Gobie rno Sr. RO Q UEALFREDO O CAMPO
Ministro de la Se cre taría Gene ral de la Gobe rnación Ingº. LUIS VILLANUEVA
Ministro de Economía y O bras Públicas Sra. NELIDA LEO NO R ALVAREZ
Ministro de Asuntos Sociale s Sra. INGRID BEATRIZ BO RDO NI
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Fiscal de Estado
Artículo 1.- MO DIFICASEel Inciso a del Artículo 234 bis del Código Procesal Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera:
" Artículo 234 bis
Inciso a Con carácter previo a la audiencia, los menores aludidos serán entrevistados por un psicólogo preferentemente especialista en niñoso adolescentes, designado por el T ribunal que ordene la m edida. El Juez interrogará a dichos menores en presencia del psicólogo interviniente, quien deberá formular las indagaciones LEY Nº 2799
que estime pertinentes y efectuará elcontralor necesario en protección y tutela de la integridad psicológica del El Pode r Le gislativo de la Provincia de Santa Cruz menor. La comparencia del citado profesional al acto Sanciona con Fue rz a de :
será obligatoria, bajo pena de nulidad."
LEY
Artículo 2.- CO MUNIQUESEal Poder Ejecutivo Provincial, déseal Boletín Oficial y cumplido, ARCHIArtículo 1.- LLAMASE a concurso a nivel proVES E. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEvincial, para la creación del "Poncho Santacruceño"
que represente a la Provincia.
GO S; 08 de Septiembre de 2005.Artículo 2.- El Poder Ejecutivo Provincial fijará las bases del conc urso y dictará la reglament ación CARLOS ALBERTO SANCHO
necesaria, a través del área que correspondiere.
Presidente Artículo 3.- Los gastos que demande el cumpliHonorable Cámara de Diputados miento de la presente Ley se imputarán aRentas GeneJO RGE MANUEL CABEZAS
rales.
Secretario General Artículo 4.- CO MUNIQ UESE al Poder EjecutiHonorable Cámara de Diputados vo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DECRETO Nº 2521
DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 08 de Septiembre de 2005.RIO GALLEGOS, 23 de Setiembre de 2005.CARLOS ALBERTO SANCHO
VI ST O :
Presidente La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Honorable Cámara de Diputados Diputadosen Sesión Ordinaria defecha 8 de Septiembre JO RGE MANUEL CABEZAS
de 2005 mediante la cual se MO DIFICA el Inciso e Secretario General del Artículo 234 bis del CO DIGO PRO CESAL PEHonorable Cámara de Diputados NAL; y DECRETO Nº 2522
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los RIO GALLEGOS, 23 de Setiembre de 2005.Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su VI ST O :
promulgación;
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de POR ELLO:
Diputadosen Sesión Ordinaria defecha 8 de Septiembre de 2005 mediante la cual se LLAMA a concurso a NiEL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
vel Provincial para la creación del "PONCHOSANTAD ECRE T A :
CRUCEÑO", que represente a la Provincia; y CONSIDERANDO:
Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2798 la Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Ley sancionada por laHonorable Cámara de Diputados Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, en Sesión Ordinaria de fecha 8 de Septiembre de 2005, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su por la cual se MO DIFICA el Inciso e del Artículo promulgación;
234 bis del CO DIGO PRO CESAL PENAL.POR ELLO:
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del D ECRE T A :
Despacho del Ministerio de Gobierno.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2799 la dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.- Ley sancionada por laHonorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 8 de Septiembre de 2005, Dr. ACEVEDO -Roque Alfredo Ocampo por la cual se LLAMA a concurso a Nivel Provincial
RIO GALLEGOS S.C., 29 de Setiembre de 2005.-

para la creación del "PONCHO SANTACRUCEÑO"
que represente a la Provincia.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho del Ministerio de Gobierno.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO -Roque Alfredo Ocampo _______
LEY Nº 2800
El Pode r Le gislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fue rz a de :
LEY
Artículo 1.- APRUEBASEel informe elevado por el Poder Ejecutivo Provincial,sobre losActivos Financieros, correspondiente a la administración realizada en el Ejercicio 2004, en cumplimiento a lo establecido en el punto Vdel Anexo al Artículo 16 de la Ley 2663.
Artículo 2.- CO MUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 22 de Septiembre de 2005.CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados DECRETO Nº 2564
RIO GALLEGOS, 26 de Setiembre de 2005.-

VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Septiembre de 2005 mediante la cual se APRUEBA el informe elevado por el Poder Ejecutivo Provincial, sobre los Activos Financieros, correspondientes a la administración realizada en elEjercicio 2004, en cumplimiento a lo establecido en el punto V del Anexo al Artículo 16 de la Ley Nº 2663; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE T A :
Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2800 la Ley sancionada por laHonorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 8 de Septiembrede 2005, por la cual se APRUEBA el informe elevado por el Poder Ejecutivo Provincial, sobre los Activos Financieros, correspondiente a la administración realizada en el Ejercicio 2004, en cumplimiento a lo establecido en el punto V del Anexo al Artículo 16 de la Ley Nº 2663.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 29/9/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date29/09/2005

Page count12

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

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