Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 22 de 2021.-

264 de la ley general de sociedades, y que sus domicilios reales son los indicados en la comparecencia y constituyen domicilio especial en la sede social.- 2. Autorización: De acuerdo con lo determinado por el artículo 157, párrafo tercero, y el artículo 183 de la ley general de sociedades, autorizar a la gerencia para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social.- 3. Apoderamiento: Autorizar al Doctor Nicolás Gualchi, Matrícula N 2011, a fin de que gestione y solicite la inscripción del contrato social, ante el Registro Público de Comercio.
A tal efecto, lo facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dicho organismo estimare procedentes, publicar edictos en el Boletín Oficial, presentar escritos, copias certificadas, testimonios, contestar observaciones, vistas, notificaciones, resoluciones, apelarlas, con relación a las observaciones que se formularen en el trámite de inscripción de la sociedad, pudiendo suscribir todos los instrumentos públicos y privados que fueran menester, agilizar trámites, imponerse de la marcha de expedientes e instarlos, aceptar, observar, consentir o apelar las resoluciones y demás actos; pagar sellados, tasas, que correspondan; solicitar recibos y cuanta documentación se le requiera para el mejor desempeño del presente mandato, como así también actuar ante el banco oficial con relación al depósito que determina el artículo 149 de la Ley 19.550, con facultad para efectuar tal depósito bancario, como así también para retirar los fondos oportunamente, retirar escritos, documentos de toda índole, títulos, formularios, copias de contratos, declaraciones juradas, y constituir domicilios especiales.- 4. Poder Especial:
Conferir Poder Especial a favor de la Contadora Público Nacional Agustina Jorge, D.N.I. N
29.527.871, MP 1138, para que actuando en nombre y representación de los socios, realice todas las gestiones necesarias ante la Dirección General de Rentas de la Provincia, ante la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P. y ante Organismos Gremiales, para obtener la debida inscripción de la Sociedad y/o sus socios, suscribir formularios de alta, modificaciones o bajas si correspondieran, retirar constancias, resoluciones, pudiendo suscribir todos los instrumentos que fueran menester, y en fin, para realizar cuantos más actos, gestiones y diligencias sean conducentes al mejor desempeño del presente mandato.- Declaraciones Juradas: Aldo Carlos Alejandro Reyna, Eduardo Julio Sleibe Rahe y Gonzalo Pérez manifiestan con carácter de DECLARACIÓN JURADA: a Que en la sede social designada funciona el centro principal de la Dirección y Administración de las actividades de la sociedad.- b Que el domicilio electrónico de la sociedad es número 546 de la ciudad de San Salvador de Jujuy.- c Que no se encuentran comprendidos en el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.- d Que formalizan la integración del capital con dinero proveniente del fruto del esfuerzo y trabajo personal.- e Que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad, y declaran bajo juramento que no revisten el carácter de Personas Expuestas Políticamente, en los términos de la Resolución UIF N 11/2011, hoy Resolución UIF Nº 134/2018, de la Unidad de Información Financiera, habiendo leído la resolución y el listado integral relacionado en la misma.- f Que atento a la Resolución 03/2014 de la Unidad de Información Financiera UIF y al artículo 20 de la Ley 25.246 declaran bajo juramento no ser sujetos obligados a informar a la Unidad de Información Financiera UIF en los términos del artículo 21 de la mencionada.- g Que no se encuentran incluidos en las listas de terroristas y organizaciones terroristas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.- ACT.
NOT. Nº B 00592701- ESC. SUSANA DANIELA DI PIETRO, TIT. REG. Nº 7- S.S. DE
JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 19 de Marzo de 2021.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
22 MAR. LIQ. Nº 23102 $769,00.Acta de reunión autoconvocada de LABORATORIO LAMADRID SRL.- A los 8 días del mes de marzo de 2021, siendo las 9 horas, se reúnen en la Sede Social de la firma:
LABORATORIO LAMADRID S.R.L., sus socios: EDUARDO JULIO SLEIBE RAHE, ALDO CARLOS ALEJANDRO REYNA y GONZALO PEREZ, quienes son titulares del cien por ciento del capital social.- Bajo la presidencia del socio gerente, EDUARDO JULIO SLEIBE
RAHE, y luego de constatar la existencia de quórum legal, se abre el acta a fin de tratar los siguientes puntos del Orden del Día: i.- MODIFICAR del ENCABEZADO del Contrato Social.- ii.- Denunciar correo electrónico.- iii.- Autorización para inscribir las modificaciones.- El socio gerente manifiesta, que en virtud de la observación realizada por el Registro Público de Comercio resulta necesario MODIFICAR el ENCABEZADO del Estatuto Social, el que quedara redactado de la siguiente manera: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 14 días del mes de diciembre del año dos mil veinte, se reúnen en el domicilio de la calle Lamadrid número 546 de ésta ciudad, los señores: EDUARDO JULIO SLEIBE RAHE, argentino, DNI 12.618.514, CUIT 2012618514-7, de 64 años de edad, casado en primeras nupcias con Nancy Bettina Alonso, de profesión Bioquímico, con domicilio en calle Lamadrid N 546 de la ciudad de San Salvador de Jujuy; ALDO CARLOS ALEJANDRO REYNA, argentino, DNI 16.347.523, CUIT 2016347523-6, de 58 años de edad, divorciado, de profesión Bioquímico, con domicilio en calle Independencia N 1121 de la ciudad de San Salvador de Jujuy; y GONZALO PÉREZ, argentino, DNI 26.232.330, CUIT 20-26232330-8, de 43 años de edad, casado en primeras nupcias con María Soledad Huespe, de profesión Bioquímico, con domicilio en Pasaje Lima N
856 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, quienes convienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la que se regirá por la Ley General de Sociedades conforme lo establecido en dicho cuerpo legal para esta tipología societaria y las siguientes cláusulas.Luego se pasa a tratar el punto ii del Orden del Día: Denunciar Correo electrónico.- Toma la palabra el Sr. ALDO CARLOS ALEJANDRO REYNA quien propone se denuncie el correo electrónico endocrino@labsleibe.com.ar. Respecto del punto iii del Orden del Día:
Autorizaciones con relación a los decidido precedentemente.- Toma la palabra quien preside la reunión y propone a NICOLAS GUALCHI para que proceda a inscribir en el Registro Público las modificaciones estatutarias resueltas en esta reunión.- Se pasa a votar el punto, y se aprueba por unanimidad.- No existiendo otros temas para tratar, siendo las 10 y 30 hs. se levanta la sesión.- ACT. NOT. Nº B 00619323- ESC. SUSANA DANIELA DI PIETRO, TIT. REG. Nº 7S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 19 de Marzo de 2021.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
22 MAR. LIQ. Nº 23103 $507,00.-

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Boletín Oficial Nº 34
EDICTOS DE USUCAPION

La Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II-Vocalía 5 de la provincia de Jujuy en Expte.
N C-158643/2020 Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C103828/2017:
CHURQUINA
MARCELINA
CELESTINA
c/
SCHNORR
GUILLERMO hace saber al Sr. SCHNORR GUILLERMO que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 26 de Febrero de 2021.- IProveyendo la providencia de fs. 145: De la demanda ordinaria córrase Traslado al accionado GUILLERMO SCHNORR en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que conteste demanda dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación de Edictos, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere Art. 298 del C.P.C..- IIIIntímese al demandado, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.IVNotificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- VA tal fin, líbrese Edictos, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un Diario local, por tres veces en cinco días.- VIActuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar la diligencia ordenada para su posterior control y firma.- VIINotifíquese por cédula y a los demandados mediante Edictos.- Fdo. Dr. Jorge Daniel AlsinaVocal. Ante Mí Dra. Aixa YazlleProsecretaria.17/19/22 MAR. LIQ. N 22788 $1.730,00.Cámara Civil y Comercial N 1, Sala Nº II Vocalía N 5, en el Expte. n B-167058/2006, caratulado: Prescripción Adquisitiva: CAMINO SANTOS c/ESTADO PROVINCIAL se hace saber el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 04 de Febrero de 2021.- IProveyendo la providencia de fs. 490: Téngase presente lo informado por Mesa General de Entradas del Poder Judicial de San Pedro.- IIDe la demanda ordinaria córrase Traslado a los herederos de quien en vida fuere JULIANA BURGOS en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que contesten demanda dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación de Edictos, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere Art. 298 del C.P.C..- IIIIntímese a los demandado, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.- IVNotificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- VA tal fin, líbrese Edictos, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un Diario local, por tres veces en cinco días.- VI- - VIINotifíquese por cédula y a los demandados mediante Edictos.- Fdo. Dr. Jorge Daniel AlsinaVocalAnte mí Dra. Aixa YazlleProsecretaria.- San Salvador de Jujuy, 19 de Febrero de 2021.19/22/26 MAR. LIQ. Nº 22942- 23012 $1.038,00.Dra. Norma Beatriz Issa, Pte. de Trámite, en la Vocalía Nº 9, de la Sala III, de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. C-129.229/18, caratulado:
Prescripción Adquisitiva de Inmueble en Expte. Principal C-097.237/17: CAZON
AGAPITO c/ URO MOISES y/o sus herederos: MARIA JULIA CACERES DE URO;
BLANCA HAIDEE URO DE CASTRILLO, ELSA IRENE URO DE FASCIO y RODOLFO MARCELO URO, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 4 de febrero de 2019.- IPor presentado el Dr. Arturo Pfister Puch en nombre y representación del Sr. AGAPITO CAZON conforme copia de poder juramentado agregado a fs. 2/3, por parte y por constituido domicilio legal.- IITéngase por interpuesta la presente demanda en contra de MOISES URO.- IIICítase a la MUNICIPALIDAD DE
HUMAHUACA y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 inc. 1 y 2
de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.- IVAsimismo cítase a los colindantes del inmueble para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.- VCórrase traslado de la presente demanda al Sr. MOISES URO en su domicilio real y quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como lote 833, padrón J-1188, parcela 311, circunscripción 1, sección 2 denominada finca Muyuna para que contesten demanda a en el término de quince días hábiles de notificado, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a contestar demanda si así no lo hicieren art. 298 del C.P.C., Art.
531 del C.P.C. Conforme Modif. Ley 5486.- Notifíquese mediante Edictos en el Boletín Oficial y un diario local del lugar de inmueble a usucapir por tres veces en cinco días.Transmitir mediante radiodifusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva art. 535 del C.P.C. modificado por ley 5486.- Intímaselos a que en igual término constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por ministerio ley.- VITéngase presente la anotación de litis que consta a fs. 106 de las medidas preliminares adosadas por cuerda.- VIIActuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del art. 72 del C.P.C. impónese a la parte interesada la carga de confeccionar las diligencias y los Edictos ordenados para su posterior control y firma del Tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala.VIIINotifíquese art. 155/156 y 162 del C.P.C..- Fdo. Dra. Norma Beatriz IssaPte. de trámiteAnte mi María Florencia RivasPro-Secretaria. Decreto de fs. 146: San Salvador de Jujuy, 15 de Julio de 2020.- I Atento el estado de autos y teniendo a la vista el Expte. Nº A00838/84; Sucesorio de DON MOISES URO o LUCAS MOISES URO y surgiendo del mismo que el Sr. Moisés Uro demandado en autos ha fallecido antes de la interposición de la demanda re caratúlense los presentes autos teniendo como demandados a los herederos del Sr. Uro Sres.:
María Julia Cáceres de Uro, Blanca Haydee Uro de Castrillo y Elsa Irene Uro de Fascio y Rodolfo Marcelo Uro debiendo la parte actora notificar la interposición de la presente demanda en el domicilio de los herederos en idénticos términos que el proveído de fs. 96.- Tome debida razón mesa general de entradas.- Devuélvanse las actuaciones agregadas por cuerda al Juzgado de origen, II Notifíquese art. 155 del C.P.C. Fdo. Dra. Norma Beatriz IssaPte. de trámite-Ante mi María Florencia RivasPro-Secretaria. Decreto de fs. 166: San Salvador de Jujuy, 17 de Febrero de 2021.- I Atento lo solicitado, notifíquese el traslado de la demanda a las Sras. María Julia Cáceres de Uro, Blanca Haydee Uro de Castrillo, Elsa Irene Uro de Fascio y Rodolfo Marcelo Uro mediante Edictos en la provincia del último domicilio de cada uno de los
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date22/03/2021

Page count20

Edition count1233

Première édition10/01/2018

Dernière édition10/07/2024

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