Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/8/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 17 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 92

13/15/17 AGO. LIQ. Nº 14701 $465,00.De acuerdo a la Resolución Nº 283/2018-SCA. Expte. N 1101-151-L-2018.- Se informa la INCLUSIÓN en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto "LOTEO CAMPO LA TUNA II" según lo previsto en los decretos 5980/06 y 9067/07, reglamentarios de la Ley 5063 "General de Medio Ambiente. La propiedad está individualizada como Matrícula B-19753, Circunscripción 2, Sección 6, Parcela 928, Padrón B-22098, Paraje Campo La Tuna, Ciudad Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy y es propiedad de los Sres. Adrián Lamas y Marcelo Basbús. Del total del predio, 18,12 Ha, aproximadamente 11 Ha serán destinadas a vivienda u otros destinos de disposición privada, 1 Ha será destinada a espacio verde y a espacio público y las 6 has restantes serán destinadas a calles y aceras. Las tareas se realizaran respetando todas las medidas de mitigación y conservación necesarias para garantizar la sustentabilidad del proyecto.- Se informa que el correspondiente estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas del Ministerio de Ambiente, Secretaría de Calidad Ambiental ubicadas en la calle República de Siria N
147 de San Salvador de Jujuy.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial por tres 3 veces en cinco 5 días.13/15/17 AGO. LIQ. Nº 14941-14943-14945 $465,00.De acuerdo a la Resolución Nº 271-SCA/2018- Expte. N 1101-223-I-2018.INTERANDES S.A. presento: 2.1. Denominación del Proyecto: Estudio de Impacto Ambiental PROYECTO ES ALTIPLANO 345.- 2.2. Objetivo: El proyecto a ejecutarse bajo la modalidad llave en mano incluye: La apertura de la LEAT 345 kV
Cobos-Andes. La construcción de la nueva Estación de Seccionamiento ES Altiplano 345.- 2.3. Localización: El área del proyecto se sitúa en las coordenadas 24 65.14"S
664348.09"O, situado a 3944 m.s.n.m. El proyecto en se corresponde al Padrón: O- 555
Según la base de datos de la Dirección Provincial de Inmuebles de la provincia de Jujuy, se adjunta cédulas parcelarias correspondientes, departamento de Susques, provincia de Jujuy, servidumbre establecida mediante Resolución N 262/16 de la Secretaría de Energía de la provincia de Jujuy. El predio se localiza en Ruta Provincial N 51, en localidad de Susques, departamento Susques, provincia de Jujuy, tal como se muestra en el siguiente croquis de ubicación. SUPERFICIE DEL PROYECTO ES ALTIPLANO
345 KV.- Superficie a ocupar.- Las instalaciones PROYECTO ES ALTIPLANO 345
Kv ocuparán aproximadamente un área de unos 44.500 m2, asumiéndose que ello incluye las instalaciones propuestas en el proyecto, más un área de acceso y servicios.
Limita con la Ruta Nacional N 51, y con el predio y área de campamento, acceso y servicios de la Minera Santa Rita.-Uso anterior y actual del suelo.- El uso del suelo es un área ocupada por una torre de Alta Tensión 507, situada en las coordenadas 24
65.14"S 664348.09"O, a la vera de la Ruta Nacional N 51 provincia de Jujuy.- El correspondiente Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general para su consulta, en las oficinas de la Secretaría de Calidad Ambiental, ubicada en República de Siria N 147, Piso 3 de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Los interesados podrán formular sus observaciones por escrito, en el plazo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación del Proyecto. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en cinco 5 días.13/15/17 AGO. LIQ. Nº 14991 $465,00.Dra. Marisa Eliana Rondon Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3
Secretaria Nº 6, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-056498/15, caratulado:
BARRIOS NESTOR DARIO c/ LOPEZ ANGELA CELIA Y PEREIRA RUBEN LUIS
S/ Ejecutivo, le hace saber a la Sra. López, Ángela Celia, DNI Nº 16.691.362, que en los autos de referencia se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 11 de Abril 2.018.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. Nº C-056498/15, caratulado:
Ejecutivo: Barrios, Néstor Darío c/ López, Ángela Celia y Pereira, Rubén Luis del que:
Resulta Considerando Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Barrios, Néstor Darío en contra de López, Ángela Celia DNI 16.691.362 y Pereira, Rubén Luis DNI 14.924.694, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Ocho Mil $8.000 con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678, Nº 235, desde la mora 21/11/2015, hasta el efectivo pago y con mas I.V.A. si correspondiere.II.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C..- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de Pesos Cinco Mil $5.000, por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo expuestos en los considerandos a los que me remito en caso de ser necesario y en honor a la brevedad.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 9 en contra de López, Ángela Celia DNI 16.691.362 y Pereira, Rubén Luis DNI 14.924.694 mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo.: Marisa E. Rondon-Juez; Ante Mi: María Guillermina Sequeiros-Prosecretaria.- Notifíquese por edictos. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario de circulación local, por tres veces en cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 162 del C.P.C.- San Salvador de Jujuy, a los 27
días del mes de Abril del 2018.15/17/22 AGO. LIQ. Nº 14704 $465,00.-

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Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1
Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-057066/15 TARJETA
NARANJA S.A. c/ FLORES ROMINA MARICEL S/ Prepara Vía Ejecutiva hace saber que se ha dictado el siguiente decreto fs. 26: San Salvador de Jujuy, 19 de Mayo del 2016. I.- El informe actuarial que antecede; téngase presente, en consecuencia y atento constancias de autos téngase por expedita la vía ejecutiva. II.- Proveyendo a la presentación de fs. 25 y atento a lo previsto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la demandada Sra.
FLORES, ROMINA MARICEL, DNI. Nº 30.558.803 en el domicilio denunciado por la suma de Pesos Veinticuatro Mil Doscientos Cincuenta y Cinco con Treinta y Nueve Ctvos. $24.255,39 en concepto de capital y con mas la suma de Pesos Siete Mil Doscientos Setenta y Seis con Sesenta y Un Ctvos. $7.276,61 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago Trábese Embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- IIAsimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- IIIPor el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Ítem.- IV-Para el cumplimiento de lo ordenado líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.- VNotificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VI.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C. por analogía Art.137 del C.C.N. impónese a la proponente la carga de confeccionar el mismo, para su posterior control y firma. VIINotifíquese Art.
154 del C.P.C. Decreto fs. S. S. de Jujuy, 02 de mayo de 2018 I.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.- Proveyendo a la presentación de fs.69, atento a lo informado precedentemente, notifíquese a la demandada Flores, Romina Maricel, DNI.
Nº 30.558.803 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., el Proveído de fs. 26 y el presente. Para el caso que la demandada no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda Art. 474 in fine del C.P.C..- III.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días. IV.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., impónese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma. V.- Notifíquese Art.155 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-JuezAnte mi: Dra. Amelia del Valle Farfán. Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, a los 10
días del mes de Mayo de 2018.15/17/22 AGO. LIQ. Nº 14705 $465,00.Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a Iván Alejandro Arias, que en el Expte. Nº C-033416/14, caratulado: Prepara Vía Ejecutiva: TARJETA NARANJA
S.A. c/ ARIAS, IVAN ALEJANDRO, se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 05 de Junio de 2018.- Autos y Vistos y; Considerando
Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por TARJETA NARANJA
S.A. en contra de Iván Alejandro Arias hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Dieciséis Mil Quinientos Cincuenta y Cinco con Setenta y Dos Centavos $16.555,72, con más el interés a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora 10/03/14 y hasta el efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la vencida Art. 102
del C.P.C..- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de Pesos Cinco Mil $5.000,00, por su labor desarrollada en autos, suma esta que sólo en caso de mora devengará intereses conforme tasa activa que publica diariamente el B.C.R.A., conforme lo considerado, con más I.V.A. si correspondiere.IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula a las partes; a C.A.P.S.A.P. y por edicto.- VII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- M.C.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-JuezAnte Mi Ignacio José Guesalaga-Secretario.- Publíquese por edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 05 de Junio de 2018.15/17/22 AGO. LIQ. Nº 14706 $465,00.Dra. Alejandra M. L. Caballero, Pte. de Trámite, en la Vocalía Nº 8, de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. CNº 15609/13 10
caratulado: Ordinario por Cobro de Pesos: TARJETA NARANJA S.A. c/ RUIZ DIAZ
AMARILLA, JORGE ordena por esta medio notificar al Sr. Ruiz Díaz Amarilla, Jorge del siguiente Proveído: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil diecisiete. Resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda ordinaria por cobro de pesos promovida en esta causa y, en su mérito, condenar a Jorge Ruiz Díaz Amarilla a pagar a la actora TARJETA NARANJA S.A., en el plazo de diez días, la suma de treinta y siete mil quinientos setenta y cinco pesos con treinta y nueve centavos $37.575,39, más los intereses pactados que se calcularán desde el día 10 de enero de 2013 y hasta su efectivo pago. 2. Imponer las costas al accionado. 3.

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/8/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date17/08/2018

Page count20

Edition count1231

Première édition10/01/2018

Dernière édition05/07/2024

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