Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/1/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 19 de enero de 2017
de las intervenciones de los diferentes clubes en distintas categorías, se entiende necesario acompañar con un mayor esfuerzo a aquellos que deban participar en los certámenes superiores a nivel nacional;
Que lo mencionado tiene relación con los planteles profesionales en los que los compromisos surgidos de las relaciones de dependencia que los jugadores mantienen con los clubes, tienen duración anual 12 meses y, en muchos casos, de más extensión, debiendo considerar, también, el agregado del sueldo anual complementario;
Que tanto los contratos como las debidas cargas patronales son el principal componente en los presupuestos de erogaciones de estas entidades;
Que, a los fines del apoyo se juzga adecuado fijar en ocho 8 el número mínimo de contratos profesionales para poder acceder a doce 12
cuotas mensuales, debiendo, por tanto, modificarse el artículo 3º del Decreto 2531/15
MEDYPA que estipula la extensión temporal del régimen, habiendo sido receptado por el Decreto 67/16 MDS;
Que, si bien lo normado por el Decreto 67/16
MDS se halla vigente por haberse contemplado en el mismo que la extensión temporal sería hasta el día 31/12 de 2016 artículo 3º de acuerdo a la organización de los diferentes torneos, aquellas instituciones que han accedido a ser parte de las competencias incluidas en el régimen de apoyo, deberán ser incorporadas en las futuras resoluciones que emita la autoridad de aplicación;
Que corresponde facultar a los organismos técnicos competentes para la adecuación de los recursos presupuestarios pertinentes; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la continuidad del régimen de apoyo a Instituciones Deportivas de la Provincia de Entre Ríos, plasmada por el Decreto N 67/16 MDS, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes para el período comprendido entre el mes de agosto y diciembre de 2016.
Art. 2º Modifícase el artículo 3º del Decreto Nº 2531/15 MEDyPA, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3: Determínese como extensión temporal del sistema de aportes cuya continuidad se dispone a través del presente, el término de diez 10 meses para las disciplinas fútbol y básquetbol pudiéndose ampliar su percepción mensual y consecutiva de diez 10 a doce l2 meses para las instituciones que cuenten en sus planteles con un número mínimo de ocho 8 contratos profesionales, de duración anual, en relación de dependencia, o cuando extiendan sus participaciones a períodos superiores al de doscientos diez 210 días efectivos de competencia; y de cinco 5 meses para las disciplinas de voleibol, ciclismo, atletismo, básquetbol femenino y básquetbol en sillas de ruedas.
Art. 3º Facúltase a la Subsecretaría de Administración jurisdiccional y a la Dirección General del Presupuesto para realizar las adecuaciones presupuestarias para la atención de las erogaciones, emitiendo las correspondientes ordenes de pago.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 2569 MDS
Paraná, 5 de septiembre de 2016
Aprobando todo lo actuado por la Unidad Central de Contrataciones, en la Licitación Pública N 11/16, autorizada mediante Decreto N 1066/16 MDS, tendiente a la adquisición de
BOLETIN OFICIAL
distintos productos colchones, zapatillas, pañales y bolsas plastilleras, ante la necesidad de consolidar la capacidad de respuesta por parte del Estado Provincial en especial en casos que requieren intervenciones puntuales e inmediatas, según lo solicitado por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
Rechazando ofertas presentadas por distintas firmas en la Licitación Pública N 11/16 que se aprueba conforme seguidamente se detalla y por los motivos expresados en cada caso, de acuerdo con lo aconsejado por la Comisión de Compras en Acta N 51/16 y el informe técnico realizado por el Coordinador de Operaciones Logísticas, y el Secretario de Gestión, obrante a fs. 168/171:
Compañía Comercial Mayorista S.R.L. a los renglones 4, 5, y 6, por considerar elevado el precio cotizado y no conveniente a los intereses del Estado, dado que comparados con la estimación del gasto, a fs. 02, se observan diferencias del 43%, 35% y 61% respectivamente; Entre Par S.R.L. al renglón 02, por no cumplir con lo establecido en el numeral 5.9 del Pliego de Condiciones Particulares, y numeral 2.1 del pliego de condiciones generales, no obstante el requerimiento efectuado por nota N 616 de fs. 165;
Rozumny Alejandro y Rozumny Gerardo S.H, a la totalidad de los renglones, por no dar cumplimiento a lo establecido en los numerales 26.2 y 27 del P.C.G. y el los Arts. 49 inc.
3 y 50 del Decreto N 795/96 MEOSP, no obstante el requerimiento efectuado por nota N 617 de fs. 166.
Desestimando la oferta presentada por la firma Indalp S.A. al renglón 01, de acuerdo a la presentación efectuada a fs. 185 donde informa que desiste del mantenimiento de oferta de conformidad con lo previsto en el numeral 1.6 del Pliego de Condiciones Particulares, atendiendo a lo aconsejado por la Comisión de Compras en Acta N 51/16.
Adjudicando la Licitación Pública N 11/16, llevada a cabo por la Unidad Central de Contrataciones, de conformidad con lo aconsejado por la Comisión de Compras en Acta Nº 51/16, por el término de doce 12 meses, por cumplir con los Pliegos, resultar el precio cotizado conveniente a los intereses del Estado y ajustarse a las características solicitadas según informe realizado por el Coordinador de Operaciones Logísticas y el Secretario de Gestión, obrante a fs. 168/171, y conforme seguidamente se detalla:
Compañía Comercial Mayorista S.R.L. Renglón N1: La provisión de 10.000 colchones de una plaza, marca Bahía o Sueño Azul, de 80 x 190 x 13 cm., placa entera, bordes cosidos, forrados en tela friselina, densidad de 12
kg/m3: Precio Unitario $ 522,49- Precio total $
5.224.900; Renglón N 03: La provisión de 5.200 pañales pequeños por incremento de un 30% de la cantidad originalmente solicitada, para bebé hasta 6 kg., marca Pampers, con barreras antidesbordes, bandas repegables:
Precio Unitario $ 5,95- Precio total $ 30.940;
Renglón N 07: La provisión de 3.900 pañales por incremento de un 30% de la cantidad originalmente solicitada para adultos, grandes, con gel, marca Nonisec: Precio Unitario $ 6,63Precio total $ 25.857; Renglón N 08: la provisión de 7.800 pañales por incremento de un 30% de la cantidad originalmente solicitada para adultos, extra grandes, con gel, marca Nonisec: Precio Unitario $ 7,22- Precio total $
56.316.
Indalp S.A. Renglón N 02: La provisión de 9.100 pares de zapatillas por incremento de un 30% de la cantidad originalmente solicitada, capellada de lona, acordonadas, suela y puntera de goma PVC inyectado, conforme a la muestra presentada, por talle del N23 al N
43: Precio Unitario $ 81,50- Precio total $
741.650.
Masivo S.A. Renglón N 09: La provisión de
3 100.000 bolsas plastilleras de polipropileno para contención, de 47 cm. de ancho x 80 cm.
de largo, gramaje 60 grs./m2., marca Central:
Precio Unitario $ 4,70- Precio total $ 470.000.
Monto total adjudicado: $ 6.549.663.
Desestimando las ofertas presentadas para los renglones 04, 05 Y 06, atento a que no se han recibido propuestas convenientes a los intereses del Estado de conformidad con lo aconsejado por la Comisión de Compras en Acta N 51/16.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del Art. 17º Inc. b y 26 Inc. a de la Ley N5140 de Contabilidad, modificada por la Ley Nº 8964 - t.o. por Decreto N 404/95
MEOSPconcordante con los artículos 5º Inc.
1, 6 Inc. 1, 7 Inc. 1, 8 Inc. 1, 9 a 104, y 64, a que se ha llevado a cabo con aplicación de los plazos reducidos de publicación previstos por el Art. 130 del Decreto N 795/96
MEOSP, y modificatorios N2991/96, 5719/04, 5526/07, 6721/07, 693/09 MEHF, 3521/09, 1755/11, 1258/13, 1334/14 y 3368/15 MEHF.
Las firmas adjudicatarias deberán efectuar la integración del 5% correspondiente a la garantía de adjudicación.
Facultando a la Subsecretaría de Administración a emitir orden de pago y autorizando a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivo los pagos correspondientes, previa presentación de la documentación requerida según la normativa vigente.
DECRETO Nº 2570 MDS
Paraná, 5 de septiembre de 2016
Aprobando la Licitación Pública N 107/16
llevada a cabo por la Unidad Central de Contrataciones conforme lo autorizado por Decreto N 1065/16 MDS, tendiente a la adquisición de materiales de construcción destinados a asistir a la población que requiere la ejecución de obras menores, que no son solventadas por programas habitacionales tradicionales, consolidando la capacidad de respuesta institucional ante la demanda por casos que requieren intervenciones puntuales e inmediatas, como parte de la estrategia de ayuda en situaciones críticas dentro del territorio provincial, y garantizar una asistencia inmediata ante la demanda ordinaria y/o extraordinaria que pudiera surgir de eventos que afecten sus condiciones de habitabilidad, según lo solicitado por la Coordinación de Operaciones Logísticas del Ministerio de Desarrollo Social.
Rechazando, por inadmisible, la oferta de la firma Godoy Juan Esteban al Renglón N 1 por no cumplir con el requisito previsto por el Numeral 7.1 del Pliego de Condiciones Particulares, y el Numeral 9 del Pliego de Condiciones Generales, ya que si bien ha presentado nota aclaratorio a fs. 210 respecto del mismo, no cotiza la cantidad total correspondiente, no estando previsto en los pliegos la cotización parcial de los renglones licitados, de acuerdo con lo aconsejado por la Comisión de Compras en Acta N 44/16.
Adjudicando la adquisición objeto de la Licitación Pública N 07/16, por un monto total de $ 12.477.240, en todos los casos por ser los precios convenientes a los intereses del Estado, haber cumplido con lo establecido en los pliegos de condiciones y ajustarse a lo requerido según informe técnico realizado por la Secretaría de Gestión y la Coordinación de Operaciones Logísticas a fs. 216/217 y lo aconsejado en Acta N 44/16 de la Comisión de Compras, de acuerdo al siguiente detalle:
Renglón N 01 - a la firma Coco Mario Aceros Coco, por la provisión de 13.000 chapas de zinc acanaladas N 25 por incremento de un 30% de la cantidad originalmente solicitada, marca Siderar, de 3,50 m. de longitud, precio unitario: $ 518,50 e importe total de $
6.740.500; Renglón N 02 - a la firma Compañía Comercial Mayorista SRL por la provisión de 7.800 chapas acanaladas de hierro pintadas por incremento de un 30% de la cantidad

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/1/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date19/01/2017

Page count12

Edition count4780

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Dernière édition03/07/2024

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