Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/1/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 8 de enero de 2016
DECRETO Nº 1820 M.T.
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de junio de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Ramona Graciela Giménez;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 27 de mayo de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.644.981, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 11 de marzo de 2015 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Ramona Graciela Giménez, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621, de esta ciudad, por haber incurrido en demora el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º lntímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1821 M.T.
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de junio de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del señor Gerardo Gabriel Rivas;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 27 de mayo de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por el interesado, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.643.053, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 10 de marzo de 2015 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo
BOLETIN OFICIAL
la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del señor Gerardo Gabriel Rivas, con domicilio legal en calle Avenida Alameda de la Federación Nº 621, de esta ciudad, por haber incurrido en demora el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por el interesado, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1822 M.T.
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de junio de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Marta Celia Martínez;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 27 de mayo de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.632.630, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 30 de abril de 2015 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Marta Celia Martínez, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621 de esta ciudad, por haber incurrido en demora el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
7 DECRETO Nº 1823 M.T.
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de junio de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del señor Carlos José Francisco Giraudo;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 13 de mayo de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por el interesado, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.458.990, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 26 de Junio del 2014 en el Área Liquidaciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del señor Carlos José Francisco Giraudo, con domicilio legal constituido en calle Colón Nº 54, 2º piso, oficina C, de esta ciudad, por haber incurrido el Área Liquidaciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por el interesado, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1824 M.T.
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de junio de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la señora Angélina Ramona Abasto de Petrich;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 8 de mayo de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, no siendo posible conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG, respecto de la resolución de los recursos de queja, agregar volante del expediente por número único, atendemos al volante correspondiente a la base de datos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos obrante a fojas 04, para identificar la mora o no del trámite en cuestión, y del que surge que el mismo se encuentra desde el 22 de enero de 2015 en el Área Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/1/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date08/01/2016

Page count14

Edition count4798

Première édition01/12/2003

Dernière édition30/07/2024

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