Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/7/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 24 de julio de 2014
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social.
Art. 4º Comuníquese, publiques y archívese. Con copia del presente notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 908 MS
Paraná, 23 de abril de 2014
Aceptando la donación destinada al Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, de una serie de elementos que se detallan en el Anexo I del presente, realizada por el Proyecto de Emergencia para la Prevención, Vigilancia y Control del Enfermedades tipo Influenza H1N1 - BIRF 7843 dependiente del Ministerio de Salud de la Nación.
Encuadrando el presente trámite en las disposiciones establecidas por el artículo 59 del Decreto N 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley 5140.
DECRETO Nº 909 MS
DISPONIENDO INSTRUCCIÓN SUMARIA
Paraná, 23 de abril de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud, comunica que ha detectado dos títulos apócrifos, pertenecientes a dos auxiliares de enfermería que solicitaran matrícula de Licenciada de Enfermería Sras. Elvira Isabel Comas, DNI N 20.552.675 y Marta Alicia Nacer, DNI N 14.634.780; y CONSIDERANDO:
Que la agente Comas, revista en un cargo de categoría 12 -Carrera Enfermería Tramo B
-Escalafón Sanidad -del Hospital San Martín de Paraná;
Que la agente Nacer, revista en un cargo de categoría 12 -Carrera Enfermería -Escalafón Sanidad -del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná;
Que conforme surge de lo informado a fs. 1
y vta. por la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud, el día 31.1.14 se procedió a matricular a la Sra. Comas, como licenciada en Enfermería, conforme al título de Licenciada en Enfermería supuestamente otorgado por la Universidad de Morón en fecha 21.12.12, asimismo en fecha 4.2.14, se presentó la auxiliar de Enfermería Sra. Nacer, solicitando la matrícula de licenciada en Enfermería, con título supuestamente otorgado por la Universidad de Morón. Al observar el título se le solicita a la interesada el título de Enfermera, previo a la licenciatura, respondiendo que la carrera era de cuatro años de duración y de una licenciatura, habiéndola cursado en un Instituto de esta ciudad llamado I.P.U.A.M., es ahí cuando se detecta la primera irregularidad, teniendo en cuenta que dicho instituto no está autorizado por el Consejo de Educación, conforme informe solicitado oportunamente a dicho organismo;
Que continúa manifestando la dicente:
solicito inmediatamente informe vía mail y telefónica a la Universidad de Morón, quién a través de la Secretaría General se me informa que ambas personas no son egresadas de dicha institución educativa, conforme copia del mail que adjunto como prueba. Que agrava aún más la situación planteada al informar el Sr.
Secretario General de la Universidad de Morón, Dr. Walter Fernández, que no existe conve nio a lgun o s usc ripto con este Instituto I.P.U.A.M., resultando, en consecuencia, apócrifos los títulos presentados como así también los certificados analíticos, cuyas copias acompaño como prueba suficiente
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, ha tomado la intervención que le compete, dictaminando que la obliga-

BOLETIN OFICIAL
ción de velar por el interés general de la comunidad, la cual se ve expuesta a un grave peligro si se permite ejercer la profesión de enfermería a personas desprovistas de idoneidad requerida por la legislación vigente, y visto que se encuentra acreditado por la autoridad competente el hecho de que las agentes Comas y Nacer, han presentado títulos apócrifos para obtener la correspondiente matrícula profesional se advierte que de ninguna manera las mencionadas agentes pueden realizar tareas de enfermería en los efectores públicos de donde dependen, por cuanto como primera medida, y en forma preventiva hasta tanto se sustancie el sumario administrativo correspondiente, la Dirección de Atencion Médica del Ministerio de Salud, deberá arbitrar las medidas necesarias para subsanar de inmediato dicha irregularidad apartando del servicio donde prestan funciones y afectándolas al desempeño de tareas administrativas y/o en el caso que la autoridad lo entienda pertinente el traslado conforme lo establecido en el artículo 75º de la Ley 9755 -aplicable por remisión del artículo 43 de la Ley 9564;
Que asimismo corresponde disponer la instrucción de un sumario administrativo a las agentes Elvira Isabel Comas, DNI N
20.552.675 y Marta Alicia Nacer, DNI N
14.634.780, con funciones respectivamente en el Hospital San Martín y Materno Infantil San Roque ambos de Paraná, a los efectos de investigar y determinar su responsabilidad en la presunta falsificación y utilización de títulos, por estar sus conductas presuntamente incursas en lo prescripto por el artículo 71 -inciso e -en relación al incumplimiento de los deberes consagrados en el artículo 61 incisos b y dde la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia -aplicable por remisión del artículo 43 de la Ley 9564 -Carrera Provincial de Enfermería;
Que además y debido a la gravedad de la irregularidad comunicada la Dirección General de Despacho realizó copia certificada de las presentes, a los fines de que la Dirección de Asuntos Jurídicos ambas del Ministerio de Salud, proceda efectuar la pertinente denuncia penal, ante el supuesto delito de falsificación de documento público;
Que atento a la vigencia de la Ley 9755
Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, la que por el Artículo 121º derogó la Ley 3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y concordantes Resolución N 555/71 y Decreto N 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1 del Decreto Nº 2840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a la agente Elvira Isabel Comas, DNI N 20.552.675, quién revista en un cargo de categoría -Carrera Enfermería Tramo B -Escalafón Sanidad -del Hospital San Martín de Paraná, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71 -inciso e -en relación al incumplimiento de los deberes consagrados en el artículo 61 incisos b y dde la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia -aplicable por remisión del artículo 43
de la Ley 9564 -Carrera Provincial de Enfermería, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 2º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a la agente Marta Alicia Nacer, DNI N 14.634.780, quién revista en un cargo de categoría 12-Carrera Enfermería -Escalafón Sanidad -del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71 -inciso e -en relación al incumplimiento de los deberes consagrados en el artículo 61 incisos b y dde la Ley 9755 -Marco
3 de Regulación del Empleo Público en la Provincia -aplicable por remisión del artículo 43
de la Ley 9564 -Carrera Provincial de Enfermería, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 3º Dispónese el inmediato traslado de las agente Elvira Isabel Comas, DNI N
20.552.675 y Marta Alicia Nacer, DNI N
14.634.780, para cumplir otra tarea hasta tanto se resuelva definitivamente la cuestión ventilada, todo ello conforme lo establece el artículo 75 de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, atento a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 4º Facúltese a la Dirección de Atencion Médica del Ministerio de Salud, a los fines que disponga en forma inmediata las medidas necesarias para subsanar dicha irregularidad apartando del servicio donde prestan funciones las agente Elvira Isabel Comas, DNI N
20.552.675 y Marta Alicia Nacer, DNI N
14.634.780, y afectándolas al desempeño de tareas administrativas y/o en el caso donde lo entienda pertinente.
Art. 5º Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto N 2/70 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Nº 2840/07 GOB.
Art. 6º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 7º Comuníquese, pásense las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, a sus efectos, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour
DECRETO Nº 945 MS
Paraná, 23 de abril de 2014
Reconociendo las funciones desempeñadas y el pago del adicional por responsabilidad funcional como Jefa de División Tesorería del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná a la Sra. Juana Sabina Gómez, DNI N
5.974.320, por el período comprendido desde el 15.12.03 al 31.7.05.
Encuadrando en lo dispuesto en el Decreto N 4458/90 -punto G y modificatorios 2426/04
GOB y artículo 1 del Decreto N 5384/03.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago del adicional por responsabilidad funcional a la Sra. Juana Sabina Gómez, DNI N5.974.320, conforme a lo dispuesto.
DECRETO Nº 980 MS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 23 de abril de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la S ra . A í d a M a b e l T or re s d e C a ff a, M I N
5.298.554, interpone recurso de gracia contra las Resoluciones N 621/07 S.S., y 2768/08
S.S., por las cuales se denegó su reclamo de reconocimiento y pago del adicional por responsabilidad funcional y recategorización; y CONSIDERANDO:
Que de los antecedentes obrantes en autos, surge que conforme lo estipulan los artículos 78 y 79de la Ley 7060 de Procedimiento para Trámites Administrativos, el recurso de gracia se interpondrá en cualquier tiempo y procederá ante la misma autoridad que ha dictado una resolución para obtener su modificación por razones de equidad, teniendo como único límite las normas jurídicas vigentes, por lo que el recurso incoado debe ser considerado formalmente procedente;
Que del análisis del presente surge que la Sra. Aída Mabel Torres de Caffa, mediante distintos reclamos solicitó el reconocimiento y abono del adicional por responsabilidad funcional, atento a haber sido designada Jefa de División de Personal del Hospital Felipe Heras de Concordia y el otorgamiento de la ca-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/7/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date24/07/2014

Page count19

Edition count4783

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Dernière édition08/07/2024

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