Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/7/2014

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Nº 25.492 - 121/14

PARANA, martes 8 de julio de 2014

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 835 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 15 de abril de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Salati, Marcelo Alberto;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 6 de marzo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente Nº 1.072.470, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 11 de febrero 2014 en Archivo General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Sa-

EDICION: 20 Págs. - $ 3,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay
lati, Marcelo Alberto, con domicilio legal en calle San Juan N 176 PB. B, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Archivo General Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por el interesado conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Trabajo.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Guillermo Smaldone
DECRETO Nº 836 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 15 de abril de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Fusari, María del Carmen;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 12 de marzo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del
expediente Nº 1.262.120, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 9 de mayo 2012
en Archivo General Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Sra. Fusari, María del Carmen, con domicilio legal en calle Colón N 54, 2do. Piso, Oficina C, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Archivo General Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Trabajo.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Guillermo Smaldone

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/7/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date08/07/2014

Page count20

Edition count4782

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/07/2024

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