Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/1/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 30 de enero de 2013
de cargos del Presupuesto General de la Administración Provincial ejercicio 2012, de la Jurisdicción 55: Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones - Subjurisdicción: 00 - Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones - Entidad 201:
Consejo General de Educación - Unidad Ejecutora: Dirección de Educación Primaria, de acuerdo a la Planilla anexo III que forma parte del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las presentes actuaciones al Consejo General de Educación a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
José E. Lauritto
DECRETO Nº 4434 MEDyPA
DESESTIMANDO PLANTEO
Paraná, 10 de diciembre de 2012
VISTO:
El planteo de nulidad de la notificación y recurso de apelación jerárquica interpuesto por el señor Ricardo Daniel Díaz, docente del Instituto Técnico Superior de Cerrito del Departamento Paraná, contra la Resolución Nº 3.559
CGE, de fecha 7 de septiembre de 2011; y CONSIDERANDO:
Que por la citada norma legal se resuelve intimar al docente para que proceda a regularizar su situación de revista definiendo las materias que dictará en la Institución bajo los apercibimientos de iniciar el correspondiente sumario administrativo;
Que ha tomado intervención Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos emitiendo el Dictamen Nº 0390/12, en el que señala que el señor Díaz plantea la nulidad de la notificación de la Resolución Nº 3.559/11 CGE, aduciendo que la rectora del instituto, en un acto de mala fe, lo habría invitado a firmar lo misma y luego de estampar su firma, le habría negado la entrega de una copia, avasallando así el derecho de defensa que le asiste;
Que si bien surge que la institución no habría entregado la copia solicitada por cuestiones operativas, situación que en principio podría menoscabar el ejercicio del derecho de defensa del docente Díaz, Fiscalía de Estado estima que tal detrimento de la garantía constitucional no ha ocurrido en autos toda vez que, del escrito de puño y letra elaborado por el docente emerge con meridiana claridad que el recurrente tuvo el tiempo suficiente y/o los mecanismos, adecuados para interiorizarse del contenido de la resolución en cuestión y efectuar el descargo pertinente en el mismo acto de notificación;
Que el contenido del descargo formulado en el acto mismo de notificación permite acreditar que no se ha cercenado el ejercicio del derecho constitucional de defensa; por lo que Fiscalía de Estado propicia desestimar el planteo de nulidad de notificación; atento a que a todo evento se ha subsanado el vicio apuntado por el apelante;
Que respecto al recurso de apelación jerárquica, Fiscalía de Estado manifiesta que la resolución recurrida fue notificada el día 16 de setiembre de 2011 y el presente recurso fue interpuesto en fecha 3 de octubre de 2011. En consecuencia, ha sido deducido en legal tiempo y forma según las disposiciones del artículo 60º de la Ley Nº 7.060;
Que la resolución impugnada intima al señor Ricardo Daniel Díaz, docente del Instituto Técnico Superior de Cerrito, a que en el plazo de cuarenta y ocho horas de notificado de la misma proceda a regularizar su situación de revista, definiendo las materias que dictará en dicho
BOLETIN OFICIAL
instituto, bajo apercibimiento de iniciar el correspondiente sumario administrativo;
Que contra dicho resolutorio se agravia el apelante alegando que el mismo ha devenido abstracto, dado que ya habría renunciado a las materias, las mismas fueron concursadas y cubiertas oportunamente por nuevos docentes y nunca percibió salario alguno por período de incompatibilidad horaria;
Que la Dirección de Recursos Humanos del Consejo General de Educación informa que el profesor Ricardo Daniel Díaz ya ha renunciado a las materias que le generaban incompatibilidad horaria, cumplimentándose así lo requerido por el artículo 1º de la Resolución Nº 3.559/11 CGE;
Que obra dictamen del Departamento Asuntos Legales del Consejo General de Educación, quien concluye que correspondería se tenga por cumplimentada la renuncia del señor Ricardo Daniel Díaz a las horas cátedra que generaban incompatibilidad horaria, regularizando su situación, girando previamente las presentes para conocimiento del Poder Ejecutivo para, posteriormente, ordenar el archivo de las actuaciones;
Que analizada la materialidad del recurso impetrado por el recurrente, en especial, examinado el agravio esgrimido por el docente Díaz con relación a las constancias obrantes en autos, Fiscalía de Estado entiende que le asiste razón al impugnante;
Que, en efecto, de los sucesivos informes que lucen adjuntos en las presentes, emerge sin hesitación que el agente ya ha regularizado su situación de revista. Por tal razón, la intimación cursada por el artículo 1º de la citada resolución ha devenido abstracta;
Que, en consecuencia, Fiscalía de Estado aconseja hacer lugar al presente recurso de apelación jerárquica, debiéndose dictar el acto administrativo que deje sin efecto la Resolución Nº 3.559/11 CGE por resultar abstracta la intimación que dicho acto contiene;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desestímase el planteo de nulidad de la notificación interpuesto por el señor Ricardo Daniel Díaz, DNI Nº 13.599.950, docente del Instituto Técnico Superior de Cerrito del Departamento Paraná, contra la Resolución Nº 3.559 CGE, de fecha 7 de septiembre de 2011, atento a los argumentos vertidos precedentemente.
Art. 2º Hácese lugar al recurso de apelación jerárquica presentado por el señor Ricardo Daniel Díaz, DNI Nº 13.599.950, docente del Instituto Técnico Superior de Cerrito del Departamento Paraná, contra la Resolución Nº 3.559 CGE, de fecha 7 de septiembre de 2011, atento a lo expuesto precedentemente.
Art. 3º Déjase sin efecto la mencionada Resolución Nº 3.559 CGE, de fecha 7 de septiembre de 2011, conforme los argumentos vertidos en los considerandos.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las presentes al Consejo General de Educación a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
José E. Lauritto
MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 4449 MEHF
DESIGNACIÓN
Paraná, 10 de diciembre de 2012
VISTO:
La presentación efectuada ante la Adminis-

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tradora Tributaria, por la que se interesa la designación como Procurador Fiscal del doctor Juan Martín Saizar Valdez; y CONSIDERANDO:
Que obran agregados a las actuaciones los antecedentes personales y profesionales del letrado cuya designación se interesa, los que fueron analizados por el Director de Asuntos Jurídicos de la citada entidad, manifestando que no tiene objeciones que realizar a la propuesta;
Que, además, la Administradora Tributaria expresa en su informe que, si bien está avocada a la concreción de acciones que le permitan promover buenas conductas impositivas por parte de los contribuyentes, también resulta necesario a fin de resguardar los intereses del Fisco Provincial, requerir a través de la vía de apremio fiscal y mediante profesionales del Derecho, a quienes se les ha detectado morosidad en el pago de sus obligaciones y, no obstante los reclamos administrativos realizados, continúan manteniendo tal situación;
Que también el Organismo Tributario a través del Sistema Administrativo Tributario SAT ha verificado que el profesional se encuentra inscripto en el impuesto al ejercicio de profesiones liberales, y considera conveniente su designación como Procurador Fiscal para la Jurisdicción del Departamento Gualeguay;
Que conforme establece el segundo párrafo del artículo 116º del Código Fiscal t.o. 2006, el cobro de las obligaciones fiscales debe llevarse a cabo a través de procuradores fiscales que designe el Poder Ejecutivo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase Procurador Fiscal para la Jurisdicción del Departamento Gualeguay al doctor Juan Martín Saizar Valdez, DNI Nº 32.698.858, Matrícula Nº 7.958, folio 216, tomo I del Colegio de Abogados de Entre Ríos, con domicilio en calle Intendente Giménez Nº 182
de la ciudad homónima, en virtud de lo expresado en los considerandos del presente decreto.
Art. 2º Autorízase a la Escribanía Mayor de Gobierno a otorgar el Poder General para actuar en Juicios y Asuntos Administrativos a favor del doctor Saizar Valdez, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Administradora Tributaria, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 4478 MEHF
ASIGNACIÓN
Paraná, 14 de diciembre de 2012
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Unidad Coordinadora de Ejecución del Programa UCEP interesa la asignación transitoria de funciones de Jefe de Área de Seguimiento y Evaluación a la contadora Myriam Analía Avilés, legajo Nº 179.368, DNI Nº 26.809.670, y de Jefe de Área Administrativa y Financiera al contador Federico Vuconich, legajo Nº 187.246, DNI Nº 28.793.833; y CONSIDERANDO:
Que los citados agentes se encuentran desempeñando las funciones inherentes a las mencionadas Jefaturas, entendiendo necesario proceder a la asignación transitoria de las mismas;
Que las Jefaturas que se proponen asignar se encuentran previstas y vacantes en la Estructura Orgánica del citado Organismo, aprobada por Decreto Nº 2.402/08 MEHF;
Que mediante Decreto Nº 7.376/08 GOB se

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/1/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date30/01/2013

Page count22

Edition count4782

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/07/2024

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