Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/1/2013

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

4
Que en tal sentido, sostiene la efectiva prestación de funciones como Jefa de División, en forma continua e ininterrumpida, desde el año 1991, por lo que solicita que en base a tal circunstancia se le otorgue la categoría pretendida;
Que a fs. 18/19 se expidió la Dirección General de Personal, manifestando que, conforme a los antecedentes obrantes en la misma, no corresponde asignar la categoría pretendida por la reclamante sino la categoría 3, Punto 3.1
-, Inciso b del referido Instructivo, en la que ya revista, reiterando de esa manera lo expresado en dictamen emitido en Expediente Administrativo R.U. Nº 1239991, que diera origen al Decreto Nº 4064/11 MEHF;
Que es menester aclarar que el reclamo de la Sra. Retamar se circunscribe a la solicitud de reincorporación en la categoría Nº 2, atento al referido instructivo invocado por aquella en fundamento de su petición;
Que al respecto, es dable advertir que del informe de la Dirección General de Personal, surge que la peticionante no se ha desempeñado en forma efectiva e ininterrumpida en la Jefatura de División que invoca durante el lapso de tiempo que exige el Instructivo precitado, a fin de ser subsumicla en la recategorización que aquello interesa;
Que ello es así, ya que la asignación de sus funciones, no ratificadas por el Poder Administrador-, fue otorgado recién a partir de la Resolución Nº 565 MGJEOSP, de fecha 08/10/2004; conclusión a la cual arribó la Dirección General de Personal, atento a que dicho resolutorio no especificó la fecha a partir de la cual la Sra. Retamar, se venía desempeñando como Jefa de División Archivo;
Que cabe destacar que mediante el Instructivo del 18/04/2011, se establecieron los criterios para la adecuación de la situación escalafonaria de los agentes de la planta permanente del Escalafón General, aplicándose el mismo a los organismos del Poder Ejecutivo de la Administración Central, Entidades Descentralizadas e Instituciones de Seguridad Social;
Que en virtud de lo expuesto, y dado que de los antecedentes administrativos obrantes en las presentes actuaciones no se vislumbra el cumplimiento de los presupuestos requeridos por aquel Instructivo a fin de viabilizar la recategorización interesada, corresponde el rechazo del reclamo interesado;
Que obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia a fs. 30/31;
Que la Fiscalía de Estado emitió Dictamen Nº 435-12 entendiendo que no existe deber legal de acceder a la solicitud de otorgamiento de la Categoría Nº 2 a la señora Retamar;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Recházase el reclamo administrativo presentado por la señora Griselda Beatriz Retamar, DNI Nº 17.722.754, legajo Nº 107894, agente dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, conforme lo manifestado en los considerandos del presente.Art. 2º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4007 MGJ
Paraná, 21 de noviembre de 2012
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el Cr. Adán Humberto Bahl, en su carácter de titular del Ministerio de Gobierno y Justicia, y la Srta. Natalia Elizabeth Mateo, DNI Nº 27.006.884, y por el término de doce meses a partir del 02 de enero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el que agre-

BOLETIN OFICIAL
gado forma parte del presente, resultando un monto total de $ 46.800.
Encuadrando la presente gestión en los alcances del Artículo 27º Inciso c, apartado b, Punto 3 del Decreto Nº 404/95 MOSP, T.U.O.
de la Ley 5140, concordante con el Artículo 133º y 142º, Punto 4º, Apartados a y b del Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto 795/96 MEOSP y sus modificatorios, y Decretos Nº 3722/08 GOB y su modificatorio Decreto Nº 7773/08 MGJEOySP y Decreto 1738/10.Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional 20, hacer efectivo los pagos que resulten de la aplicación del presente, previa presentación de la certificación de los servicios prestado, factura correspondiente y certificado de libre deuda conforme Resolución Nº 016 ATER.
DECRETO Nº 4008 MGJ
Paraná, 21 de noviembre de 2012
Elevando al rango de Comisaría al actual Destacamento Policial de Villa Adela dependiente de la Jefatura Departamental Concordia, quedando establecidos sus límites de la siguiente manera:
Limite Norte: Aº Yuquerí Grande, desde Ruta Nacional Nº 14, por éste hasta su desembocadura en Río Uruguay, lindando ahí con Comisaría Primera, Segunda y Octava.
Límite Este: Río Uruguay, desde desembocadura Aº Yuquerí Grande, por el mismo hasta Avenida Unión.
Límite Sur: Avenida Unión, desde Río Uruguay, por ésta hasta Avenida José I. Rucci por la misma en su continuidad por Ruta Provincial Nº 22 hasta Ruta Nacional Nº 14.
Límite Oeste: Ruta Nacional Nº 14 que actuara de límite con Comisaría Frigorífico Yuquerí, desde Ruta Provincial Nº 22, por ésta hasta Aº Yuquerí Grande.
Modificándose así los actuales límites jurisdiccionales de la Comisaría Frigorífico Yuquerí siendo estos:
Límite Norte: Aº Chajarí desde límite Departamental, por él hasta Aº Yuquerí Grande por éste hasta Ruta Nacional Nº 14.
Límite Este: Ruta Nacional Nº 14, desde Aº Yuquerí Grande, por la misma hasta Ruta Nacional Nº 22 por ésta y su continuación por Avenida José I. Rucci y continuidad por Avenido Unión hasta Río Uruguay. Este será el que delimite ambas comisarías.
Límite Sur: Río Uruguay, desde Avenida Unión, hasta Aº Yuquerí Chico por él hasta límite Departamental.
Límite Oeste: Límite Departamental, desde Aº Yuquerí Chico, por éste hasta Aº Chajarí.
DECRETO Nº 4009 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 21 de noviembre de 2012
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la apoderada del Oficial Principal de la Policía Félix Luis Baez, MI Nº 17.711.889, LP
Nº 19.717 contra la Resolución D.P. Nº 1824/11 que dispuso rechazar la acción administrativa para obtener el reconocimiento de la jerarquía; y CONSIDERANDO:
Que el recurrente fue notificado de la resolución que impugna en fecha 07 de Febrero de 2012 e interpuso el recurso en fecha 13 de Febrero de 2012 en tiempo y forma -artículo 62º de la Ley Nº 7060;
Que se inician las actuaciones administrativas con el reclamo formulado por el recurrente, solicitando las jerarquías de Sub Comisario, Comisario, Comisario Principal y Comisario Inspector de la Policía de la Provincia, el reconocimiento de la antigedad y que se le abonen las diferencias salariales más los daños y perjuicios ocasionados;
Que a través de la Resolución D.P. N º 1824/11 se le rechaza ese reclamo fundamen-

Paraná, jueves 3 de enero de 2013
talmente porque el sistema de promociones policiales se encuentra regulado en los artículos 89º a 99º del Reglamento General de Policía, debiendo interponer los remedios recursivos que se prevé en ese procedimiento para obtener los ascensos;
Que contra dicha resolución, interpone recurso de apelación jerárquica;
Que la actividad administrativa desarrollada a los efectos de disponer los ascensos en la Jerárquica Policial se encuentra expresamente reglada por la Ley Nº 5654/75 y el Decreto Nº 5778/06 que deroga al Nº 4762/88 MGJOSP, que representan el procedimiento dentro del cual pueden cuestionarse las evaluaciones de idoneidad y aptitud que hacen los órganos calificadores o luego impugnar la voluntad administrativa definitiva expresado en actos administrativos;
Que en consecuencia, para disponer los ascensos resulta imprescindible en principio cumplir todos los pasos que al respecto establece la citada Ley Nº 5654/75, específicamente el Capítulo VIII, artículos 89º a 99º y no encontrarse, obviamente, enmarcado en las inhabilidades que establece la misma;
Que conforme con ello, la petición en tratamiento se desnaturaliza y no resulta idónea para obtener ascensos por períodos promocionales anteriores y vencidos;
Que por otra parte y respecto del reclamo de la indemnización de los daños y perjuicios, el mismo deviene totalmente improcedente por cuanto no están fehacientemente acreditados en autos los daños y/o perjuicios que alega el reclamante, además de no configurarse los presupuestos para que surja la responsabilidad civil del Estado, por lo que el mismo debe ser rechazado,:
Que obra intervención de Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia como asimismo de la Fiscalía de Estado de la Provincia, en el sentido expuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
ARt. 1º: Recházase el recurso de apelación jerárquica contra la Resolución D.P. Nº 1.824/11, interpuesto por apoderada del Oficial Principal de la Policía Félix Luis Baez, MI Nº 17.711.889, LP Nº 19.717, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4010 MGJ
Paraná, 21 de noviembre de 2012
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Suboficial Mayor Héctor Oscar Duarte, Clase 1957, MI Nº 13.353.496, LP Nº 57.863, numerario dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos, domiciliado en Barrio Paraná XV, casa 43, de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos conforme lo establecido por la Ley Nº 5797, modificada por los Artículos 4º y 17º, Ley Nº 7979 y Ley Nº 5654, modificada por la Ley 8707, régimen específico para los trabajadores del Servicio Penitenciario, y Artículo 257º de la Ley Nº 5654, modificada por la Ley 8707.
DECRETO Nº 4011 MGJ
RATIFICANDO RESOLUCION
Paraná, 21 de noviembre de 2012
VISTO:
Los presentes actuados por los que la Dirección General del Servicio Penitenciario de En-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/1/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date03/01/2013

Page count20

Edition count4784

Première édition01/12/2003

Dernière édition10/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2013>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031