Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/2/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 4 de febrero de 2011
DECRETO Nº 3939 GOB
DESESTIMANDO RECURSO
Paraná, 1 de noviembre de 2010
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesta por el señor Osuna, Mario Daniel, con patrocinio letrado Mariano Hoffman, contra la providencia de fojas 26 vta. del Expediente Nº 1.095.134; y CONSIDERANDO:
Que el señor Osuna peticionó que se le reconozcan los servicios prestados en el orden nacional para la liquidación del adicional por antigedad invocando para ello lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 4.698/77 SGG.
Asimismo, argumentó que el Consejo General de Educación le liquidó la antigedad pretendida incluyendo en su cálculo esos servicios no existiendo motivo para que hoy la UADER
adonde fue transferido adopte una postura diferente;
Que respecto a esta petición se expidió a fojas 26 el Departamento de Asuntos Administrativos de la UADER, en el sentido que corresponde rechazar el reclamo formulado por el profesor Osuna, conforme el criterio sostenido por la Fiscalía de Estado, de que el régimen del personal de las Fuerzas Armadas no reconoce reciprocidad con la prestación de servicios en los ámbitos de las Estados Provinciales;
Que a fojas 26 vta. la señora rectora organizadora de la UADER dispone girar las actuaciones al decano de la Facultad de Ciencia y Tecnología a fin de que el profesor Fernández Osuna, Mario Daniel tome conocimiento de lo expresado por la Asesoría Legal de esta Universidad
Que el profesor Osuna interpone el recurso de apelación jerárquica agregado a fojas 1/3 y el que motiva la intervención de Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos;
Que cabe consignar en un primer aspecto que el apelante recurre si bien no lo dice expresamente lo dictaminado a fojas 26 por el señor director de Asuntos Jurídicos de la UADER a quien fueron elevadas las actuaciones en consulta;
Que a fojas 26 vta. la señora rectora organizadora, dispone notificar este dictamen al recurrente, lo que se materializa con la firma de esta puesta a fojas 26 in fine, así planteada la cuestión, destaca Fiscalía de Estado que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la UADER
como cualquier otra Dirección que integre o conforme el cuerpo de Abogados del Estado Provincial constituye un órgano de consulta y como tal, sus dictámenes no son vinculantes, es decir, que no obligan a la autoridad que deberá decidir en forma definitiva sobre la cuestión;
Que a diferencia del acto administrativo acto final, el dictamen jurídico en este caso es un acto preparatorio de la voluntad final de la administración, representando por lo general opiniones de carácter técnico, científico, profesional, etc. Estos actos preparatorios asesoran, pero no imponen la obligatoriedad de su opinión, es decir, en este sentido los dictámenes no tienen vista para los particulares y no son recurribles;
Que dentro de este marco el artículo 80 del RLNPA preceptúa que las medidas preparatorias de decisiones administrativas, inclusive informes y dictámenes, aunque sean de requerimiento obligatorio y efecto vinculante para la Administración, no son recurribles. A mayor abundamiento, es oportuno recordar lo que señala Manuel M. Diez: Objeto de un recurso puede ser solamente un acto administrativo Se entiende que estarían excluidos de los recursos administrativos los actos internos de la administración, como circulares, las órdenes de servicios, y aún los pareceres facultativos de los órganos consultivos. La razón de ser de la imposibilidad de interponer recursos es que tales actos no producen una lesión de intereses, que es el principio del recurso Manuel
BOLETIN OFICIAL
M. Diez, Tratado de Derecho Administrativo, Tomo II, página 503;
Que en consecuencia, si los dictámenes no son susceptibles de impugnación y solo el acto administrativo es generador de efectos jurídicos, resulta que hasta tanto la Administración no haya expresado su voluntad mediante el dictado del pertinente acto administrativo, no habrá afectación alguna de derechos subjetivos y/o intereses legítimos del particular;
Que conforme a todo lo expuesto la Fiscalía de Estado aconseja rechazar por inadmisible el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el señor Mario Daniel Fernández Osuna contra la providencia de fojas 26 vta.;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desestimar el presente recurso de apelación jerárquica interpuesto por el señor Mario Daniel Fernández Osuna, DNI Nº 7.663.694, por inadmisible, contra la providencia de fojas 26 vta. en mérito a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, notifíquese al recurrente en el domicilio legal constituido.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCION Nº 280 MEHF
Paraná, 25 de febrero de 2008
Reconociendo la diferencia porcentual del adicional por responsabilidad, 5% a favor de la Sra. María Angélica Stoll, DNI Nº 5.716.348, en concepto de reemplazo del titular del Departamento Secretaría General, de la Contaduría General de la Provincia, Sra. Carmen Raquel Aguiar, DNI Nº 11.556.547, quien hiciera uso de licencia anual ordinaria por el período comprendido entre el día 21 de enero y hasta el 14
de febrero de 2008, y ratificar la Resolución Nº 05/08 CG, por los fundamentos expuestos.
La erogación emergente de lo dispuesto anteriormente, será imputada a las partidas específicas de gastos en personal de la Contaduría General de la Provincia, previstas en el presupuesto vigente.
Autorizando a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a liquidar y efectivizar a la agente María Angélica Stoll, el importe emergente de lo dispuesto, en virtud de lo establecido en los Decretos Nºs. 4458/90 MGJOSP, 5384/03 GOB y 2426/04 GOB, con cargo de oportuna rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
RESOLUCION Nº 281 MEHF
Paraná, 25 de febrero de 2008
Rectificando la planilla analítica del gasto DA
957, Jurisdicción 30, Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, Unidad Ejecutora: Dirección de Administración del presupuesto general ejercicio 2008, correspondiente a la Resolución Nº 100/08 MEHF, la que adjunta forma parte de la presente.
RESOLUCION Nº 282 MEHF
Paraná, 25 de febrero de 2008
Modificando el presupuesto general de gastos ejercicio 2008, Ley Nº 9814, mediante transferencia compensatoria de créditos por un importe total de $ 636, conforme se discrimina en planilla analítica del gasto, que adjunta forma parte de la presente.
Encuadrando la modificación dispuesta anteriormente en las disposiciones del Artículo 2º del Decreto Nº 01/08 MEHF.

5
RESOLUCION Nº 300 MEHF
Paraná, 27 de febrero de 2008
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre la directora de Estadística y Censos, licenciada Susana Noemí Zacarías, DNI Nº 13.043.896 y la señorita Marisa Beatriz Bechet, DNI Nº 20.765.798.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3º de la Ley de Contabilidad Nº 5140, de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones t.o. por Decreto Nº 404/95
MEOSP, y su concordante del artículo 142º, inciso 4º, apartados a y b del Reglamento de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Nº 795/96 MEOSP y modificatorios.
La Dirección de Administración del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, hará efectivo el pago emergente del contrato que se aprueba por la presente, en la forma especificada en las cláusulas cuarta y quinta del mismo, con cargo de oportuna rendición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.

SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la ciudad de Paraná, Dra. María Cristina Retamar de Ardoy, Secretaría Nº 2, en los autos caratulados Elizalde Simón Andrés s/ Sucesorio, Expte. Nº 14903, cita y emplaza por el término de diez días, a herederos y acreedores de SIMON ANDRES ELIZALDE, MI 5.921.005, vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 19 de mayo de 2010.
Paraná, 16 de diciembre de 2010 - Noelia Telagorri, secretaria.
F.C.S. 00071303 3 v./4.2.11
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, de la ciudad de Paraná, Secretaría Nº 8, de quien suscribe, en los autos caratulados Gareis Marcelo Felipe - Sucesorio, Expte. Nº 15673, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de MARCELO FELIPE GAREIS, LE 5.898.562, vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 5 de agosto de 2010.
Paraná, 14 de diciembre de 2010 Ma. del Pilar Villa de Yugdar, secretaria.
F.C.S. 00071310 3 v./7.2.11
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, a cargo del Dr. Federico Planas, Secretaría Nº 6 de la autorizante, ciudad, en autos Ramírez Nilda Olimpia s/ Sucesión ab intestato y su acumulado Megías Ramón Antonio, Expte. Nº 7268, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de RAMON ANTONIO MEGIAS, argentino, viudo, MI M5.891.874, vecino que fuera de esta ciudad de Paraná, y fallecido el 28 de setiembre de 2008.
Paraná, 21 de diciembre de 2010 Juliana Ma. Ortiz Mallo, secretaria.
F.C.S. 00071313 3 v./7.2.11

COLON
Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la ciudad de Colón ER, Dr. Ricardo José Rodríguez, Secretaría a cargo de la Dra. Juliana Pirovani, en los autos caratulados Turín Oreste, Vauthay Sara Estela s/ Sucesorio, Expte. Nº 9768, Fº 232, año 2010, se cita y emplaza por el término de diez días, a todos

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/2/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date04/02/2011

Page count12

Edition count4805

Première édition01/12/2003

Dernière édition08/08/2024

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