Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/07/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5370

Art. 2º - Apruébese el Proyecto de Acta Acuerdo Ley 5019 a suscribir con la firma Eraiki Sociedad Anónima, que como anexo forma parte del presente Decreto.Art. 3º - Regístrese el compromiso según lo determinado en el Art. 30 de la Ley H N 3186, a la jurisdicción 31 con cargo al ejercicio 2015, destinado a atender el pago de la presente Redeterminación de Precios, a la firma Eraiki Sociedad Anónima, por el importe de pesos un millón ciento cuarenta y seis mil cuarenta con ochenta y tres centavos $ 1.146.040,83, de acuerdo al siguiente detalle:
Prog. Subp. Proy.
Act/Obra Rec. Ptda.
Monto 55
00
05
74
22241 421
$ 1.146.040,83
Art. 4º - Producida la etapa del devengado, con la presentación de la respectiva facturación debidamente conformada, ordenar el pago y por la Tesorería General de la Provincia abónese con cargo a la Cuenta Corriente N 900002489 Fondo Federal Solidario - Decreto Nacional N 206/09
vinculada a la Cuenta N 11900118, la suma de pesos un millón ciento cuarenta y seis mil cuarenta con ochenta y tres centavos $ 1.146.040,83, a favor de la firma Eraiki Sociedad Anónima, Cuit N 30-68957252-5, en concepto de la presente Redeterminación de Precios de Contrato, de acuerdo a lo expresado en el Art. 1 del presente Decreto.Art. 5º - Autorícese al Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos a firmar el Acta Acuerdo Ley N 5019 con la firma Eraiki Sociedad Anónima.Art. 6º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 7º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- C. Valeri.

Anexo al Decreto Nº 896
ACTA ACUERDO LEY 5019
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, a los
días del mes de del año dos mil quince, se reúnen el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arq Carlos Valeri, por una parte, y por otra el Ing. Néstor Sarasola, Presidente de la firma Eraiki S.A., en adelante LAS
PARTES, para suscribir la presente Acta de Redeterminación de Precios, tramitada por expediente N 146.844-DCIRC-2015, de conformidad a las siguientes cláusulas:
Primera: LAS PARTES, aceptan respetar lo dispuesto por la Ley Provincial N 5019 Art. 3º para la Redeterminación de los Precios de Contrato, en la obra denominada Ampliación CET N 17, en General Roca.
Segunda: LAS PARTES, convienen en aplicar la fórmula polinómica I
Arquitectura - 1.- Restauración y Reciclaje aprobada por el Decreto N
1313/14 Art. 2 y los respectivos índices aprobados por el Decreto Reglamentario N 140/2015, para el reconocimiento correspondiente.
Tercera: LAS PARTES acuerdan que aplicado el procedimiento descripto en el Informe de Reconocimiento, Ley 5019, la liquidación que actualiza el Anticipo, los Certificados N 1 a 15, Adicionales 1 a 3 y Redeterminación N 1 y 2 de la obra Ampliación CET N 17, en General Roca, arroja el valor de pesos un millón ciento cuarenta y seis mil cuarenta con ochenta y tres centavos $ 1.146.040,83.
Cuarta: A los efectos de la aplicación del Art. 17 del Decreto N 1313/
14, la Contratista Eraiki S.A., deja expresa constancia, que renuncia a todo derecho, acción o reclamo, fundado en la causa que motiva la presente norma.
Previa lectura, y de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
oOo DECRETO Nº 897
Viedma, 23 de junio de 2015.
Visto, el Expte. N 21829-SHS-2014 del registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, la Leyes J N 286 de Obras Públicas y N 5109 y Decreto N 1313/14, y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la readecuación del Plan de Trabajo para la obra 22 Viviendas e Infraestructura, Nexos y Obras Complementarias en la localidad de Cinco Saltos;
Que a fojas 14 se agrega la solicitud de aplicación del Decreto N 1313/
14 y Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2014 por parte de la Empresa;
Que la Empresa Nelli & Fenizi presenta Plan de Trabajo readecuado, visado por el Subsecretario de Hábitat Sustentable, del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, estableciendo como fecha de finalización el 15/06/2015 para la obra de vivienda e infraestructura, y el 16/05/2015
para la obra de nexos y obras complementarias;
Que el funcionario mencionado precedentemente, mediante nota de fecha 8 de mayo del corriente año, obrante a foja 20, certifica que la Readecuación del Plan de Trabajo presentado por la Empresa resulta razonable, teniendo en cuenta el porcentaje de avance de obra que resta ejecutar y el Plan de Trabajos presentado oportunamente al momento de la
Viedma, 09 de Julio de 2015

suscripción del contrato, asimismo certifica que el avance de obra al 16 de octubre 2014 es de 79,84% en vivienda e infraestructura, y 22,37% en nexos y obras complementarias, constituyendo un avance fisico acumulado del 73,13%;
Que, por su parte, se tramita la aplicación del Anexo I del Decreto Provincial N 140/15, reglamentario de la Ley N 5019 al Contrato de Obra Pública suscripto con la Empresa indicada anteriormente, en el marco de la Licitación Pública N 11/2012 s/Construcción 22 Viviendas e Infraestructura, Nexos y Obras Complementarias en la localidad de Cinco Saltos;
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N 04/2014, ratificado por la Ley Provincial N 5019, declaró la emergencia de la obra pública en el ámbito de la Provincia de Río Negro autorizando al Poder Ejecutivo aplicar en forma retroactiva el régimen vigente de redeterminación de precios en los contratos de Obras Públicas;
Que el Decreto N 1313/2014 derogó los regímenes anteriores y fijó una nueva metodología de redeterminación de Precios de los contratos de obras públicas celebrados bajo el régimen de la Ley J N 286 de Obras Públicas;
Que según dispone el Art. 3 de la Ley N 5019 la retroactividad prevista por la norma podrá aplicarse hasta la fecha de entrada en vigencia de la Ley N 4735, respecto de los contratos de obra pública en ejecución o con recepción provisoria en tanto no hubiera transcurrido un plazo mayor a ciento ochenta 180 días de la misma;
Que la Empresa presentó el cálculo, utilizando la metodología dispuesta por el Anexo I del Decreto N 140/15, reglamentario de la Ley N 5019, para su análisis y aprobación por parte del Area competente;
Que a fojas 22/24 la Subsecretaría de Hábitat Sustentable, del Instituto, conforma el cómputo efectuado por la contratista, corroborando el cumplimiento de la metodología de aplicación del Decreto previamente citado, tomando como mes base, agosto del 2012, de acuerdo a lo dispuesto en el Pliego Licitatorio;
Que asimismo al monto obtenido del cálculo se le ha deducido las sumas efectivamente percibidas por la empresa con su debida actualización, a saber: anticipo, certificaciones abonadas, adjuntándose Órdenes de Pago de dichas erogaciones a fojas 113/127, de acuerdo al Art. 2 del Anexo I del Decreto N 140/15;
Que en virtud de lo explicitado anteriormente resulta necesario aprobar el monto resultante de la aplicación del Decreto citado, el cual asciende a la suma total de pesos un millón ciento setenta y tres mil trescientos ochenta y cuatro con cuarenta y tres centavos $ 1.173.384,43;
Que las presentes actuaciones fueron puesta a consideración del Consejo de Obras Públicas, en el marco de la competencia establecida por la Ley J N
286, Art. 75, Inc. 9 y Art. 4 del Decreto Provincial N 140/15, prestando dicho Consejo conformidad a la metodología empleada, conforme surge a fojas 177/178;
Que han tomado debida intervención la Dirección de Legales y Gestión Dominial del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1º de la Constitución Provincial y la Ley N 5109.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar la Readecuación del Plan de Trabajo para la obra 22 Viviendas e Infraestructura, Nexos y Obras Complementarias en la ciudad de Cinco Saltos, que ejecuta la Empresa Nelli & Fenizi, que fija como fecha de finalización de la obra el 15 de junio del 2015 para la obra de Viviendas e Infraestructura, y 16 de mayo de 2015 para la obra de nexos y obras complementarias.
Art. 2º - Reconocer el monto resultante de la aplicación del Anexo I del Decreto N 140/15, reglamentario de la Ley N 5019 por la suma de pesos un millón ciento setenta y tres mil trescientos ochenta y cuatro con cuarenta y tres centavos $ 1.173.384,43 para la obra Construcción 22 Viviendas e Infraestructura, Nexos y Obras Complementarias en la localidad de Cinco Saltos.Art. 3º - Aprobar el Acta Acuerdo que como Anexo forma parte de la presente.Art. 4º - Ordenar a la Subsecretaría de Administración y Proyección Financiera a abonar a la empresa Nelli & Fenizi la suma reconocida en el Art.
2 del presente Decreto.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 6º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- C. Valeri.

ACTA ACUERDO - ANEXO DECRETO Nº 897
En la ciudad de Viedma, a los 18 días del mes de junio de 2015, entre el I.P.P.V., con domicilio legal en calle Winter y Murillo, de Viedma, en adelante EL COMITENTE, representada en este acto por la Sra. Interventora Dcto. N 1602/14 Arq. María Luisa Scandroglio, D.N.I. N 10.428.488,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/07/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date09/07/2015

Page count40

Edition count1924

Première édition03/01/2002

Dernière édition29/07/2024

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