Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/01/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 12 de Enero de 2015

Nº 5319

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 12 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 12

DECRETOS

DECRETO Nº 1739
Viedma, 19 de Diciembre de 2014
Visto: El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 2.458/2014 de fecha 15 de Diciembre de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado Decreto se ha dispuesto otorgar asueto administrativo al personal de la Administración Pública Nacional los días 24
y 31 de diciembre de 2014 y el día 2 de enero de 2015;
Que, en sus considerandos expresa que con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procendente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos;
Que con ese objeto, se considera conveniente adherir a la referida norma, y otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de Diciembre de 2014;
Que de conformidad al Decreto Nacional, y a estadísticas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los días 26 de Diciembre y 02 de Enero, se registra un importante incremento de flujo vehicular, tanto en rodados particulares como de transporte público automotor, principalmente sobre rutas nacionales, generando un potencial riesgo de siniestro viales en desmedro de la seguridad del tránsito y por ende, de los usuarios de la vía pública, lo que amerita extender el referido asueto al día 02 de Enero de 2.015, atento que el 26 de Diciembre de 2.014 resulta feriado nacional con fines turísticos;
Que se considera conveniente adherir a lo dispuesto por el Decreto Nacional N 2.458/2014 en la Jurisdicción de la Provincia de Río Negro;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Adherir en todos sus términos al Decreto Nacional N
2.458/2014, otorgando al personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, asueto Administrativo para los días 24 y 31 de Diciembre de 2.014, y el día 02 de Enero de 2.015.
Art. 2.- Invitar a los demás Poderes y a los Municipios de la Provincia de Río Negro, a adherir a lo establecido en el Art. 1 de la presente norma.
Art. 3.- Ordenar a los organismos que presten servicios públicos esenciales a instrumentar las medidas necesarias a efectos de garantizar dichos servicios.
Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giácomo.oOo DECRETO Nº 1740
Viedma, 19 de Diciembre de 2014
VISTO y CONSIDERANDO:
Que anualmente la actividad de la Administración Pública Provincial se ve reducida a partir de los últimos días del mes de Diciembre y hasta la finalización del mes de Febrero, debido a que la mayoría de los Agentes Públicos hacen uso de la licencia anual en este período;

Que como consecuencia de ello resulta conveniente concretar el otorgamiento de licencias en el período coincidente con la merma de actividad para que, una vez transcurrido el mismo, vuelva a funcionar a pleno la totalidad de la Administración;
Que la concentración de las licencias en un período de receso administrativo, ha evidenciado ahorros y otros beneficios para la Administración Pública Provincial;
Que respecto de aquellos organismos que no les sean posibles interrumpir en dicho período los servicios públicos que prestan, y que por lo tanto deben escalonar las licencias del personal de modo de no resentir su actividad, es conveniente dejar facultado a sus titulares la posibilidad de disponer al respecto en la esfera de su jurisdicción;
Que por lo expuesto es conveniente fijar el período de receso facultándose a los responsables de cada área a distribuir las salidas en uso de licencias a sus agentes;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Disponer el receso general de la Administración Pública Provincial desde el día 5 de Enero de 2.015 y hasta el día 30 de Enero de 2.015 inclusive, con las excepciones en los Artículos 3 y 4 del presente Decreto.
Art. 2.- Las licencias anuales por vacaciones correspondientes al presente año serán acordadas al personal durante el período establecido precedentemente con carácter obligatorio. Las licencias que superen dicho plazo podrán ser otorgadas, en lo que excediere, en el período que determine el titular de la jurisdicción de revista del agente, debiendo utilizarse preferentemente el lapso que media entre la finalización del receso previsto en el Artículo 1 y el día 15 de Marzo de 2015.
Art. 3.- Los agentes que a la fecha de inicio del receso hubieren hecho uso de su licencia anual ordinaria, cumplirán con sus tareas y horarios habituales. Asimismo, aquellos agentes a los que les correspondan menor cantidad de días de licencia que los del receso establecido en el Artículo 1, deberán reintegrarse a sus funciones a la finalización de su licencia.
Art. 4.- Quedan exceptuados de las disposiciones del presente Decreto los organismos y dependencias de la Administración Pública Provincial que presten servicios directos a la comunidad o que por la naturaleza de los mismos no pudieren ser interrumpidos. En estos casos, los titulares de los mismos dispondrán la modalidad del otorgamiento de las licencias al personal a su cargo, ajustándose en lo posible a la pauta prevista en el párrafo final del Artículo 2.
Art. 5.- Quedan suspendidos los plazos legales administrativos durante el receso general dispuesto en el Artículo 1, los que se reiniciarán de pleno derecho a su finalización. Podrán exceptuarse los organismos que así lo estimen, por resolución expresa de su titular.
Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 7.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giácomo.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/01/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date12/01/2015

Page count12

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

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