Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/12/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 22 de Diciembre de 2014

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BOLETIN OFICIAL N 5313

Anexo II
ACTA ANEXA AL CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO
DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y EL MINISTERIO
DE EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, representado por su Ministro, Lic.
Mónica E. Silva, por una parte y en adelante, EDUCACIÓN, y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, representado por su Ministro el Sr. Guillermo Manuel Gesualdo, por la otra parte, en adelante OBRAS PÚBLICAS
convienen en celebrar la presente Acta Anexa al Convenio entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y el Ministerio de Educación y Derechos Humanos que fuera celebrado el 17 de enero de 2014, cuya ratificación tramita por las actuaciones caratuladas Convenio: Programa Obras Menores en Establecimientos Educativos Rurales Año Lectivo 2014 Expediente N
075567/SA/2014.
Que el día 17 de enero de 2014, el entonces Ministro de Obras y Servicios Públicos Julio Juan Arrieta y el entonces Ministro de Educación y Derechos Humanos, Héctor Marcelo Mango, celebraron convenio mediante el cual Obras Públicas delegaba en Educación las obras correspondientes al Programa Obras Menores en Establecimientos Educativos año Lectivo 2014; en el que se pactaba las condiciones para la transferencia de los fondos a favor del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, destinada a la ejecución del Programa Obras Menores en los Establecimientos Educativos año Lectivo 2014, por la suma de pesos un millón quinientos mil $ 1.500.000,00.
Que a los efectos de que EDUCACIÓN ejecute las obras correspondientes al Programa Obras Menores en los Establecimientos Educativos año Lectivo 2014 y en virtud de la intervención realizada por la Fiscalía de Estado mediante Vista N 04625-14 obrante a fojas 55/56, las partes acuerdan las transferencias presupuestarias y rectifican los términos de la Cláusula Segunda del convenio que quedará redactada de la siguiente manera:
- Segunda: EL MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, transfiere la partida presupuestaria correspondientes al Recurso 34.486, Remanente Recurso 11.731, Aporte Obras Infraestructura, Ley 23.966
- Art. 18, Inc. b al Ministerio de Educación y Derechos Humanos, destinada a la ejecución del Programa Obras Menores en los establecimientos Educativos año Lectivo 2014 en edificios rurales de la Provincia de Río Negro, por la suma de pesos un millón quinientos mil $ 1.500.000,00.
En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, las partes firman cuatro 4 ejemplares en un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma, a los 20 días del mes de noviembre de 2014.
oOo
Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Art. 3 del Decreto Nº 134/10, modificado por Decreto N 229/13;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 05418/14;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otorgar un aporte no reintegrable por la suma de pesos un millón trescientos setenta y dos mil ciento ochenta y dos $ 1.372.182,00
destinados al fomento de la producción hortícola y ganadera a través de la asistencia económica de las asociaciones descriptas en el Anexo I que forma parte integrante del presente.Art. 2º - La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto N 134/10, modificado por Decreto N
229/13, siendo responsable de ello las personas detallados en la Planilla Anexa I.Art. 3º - Designar como co-responsable de la rendición a la Intendente de Allen, Dra. Sabina del Carmen Costa Cuil N 27-14628050-7.
Art. 4º - Comprometer los créditos y devengar el gasto en la Jurisdicción 26 del Presupuesto de Gastos Vigente conforme el siguiente detalle:
Prog. Subp. Proy. A/O
01
00
00
01
01
00
00
01

Pda.
517
518

Rec.
10
10

Cta.
900001178
900001178
Total
Importe $ 1.062.906,00
$ 309.276,00

$ 1.372.182,00

Art. 5º - Proceder a abonar por Tesorería General de la Provincia a las Asociaciones detalladas en la Planilla Anexa I, con cargo a la Cuenta Corriente Nº 900001178, Rentas Generales.
Art. 6º - Aprobar la justificación del destino específico del aporte otorgado en el Art. 1 que como Anexo II forma parte integrante del presente.Art. 7º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Art. 8º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- H. A. Lebed.

Anexo I al Decreto Nº 1673

DECRETO Nº 1673
Viedma, 4 de diciembre de 2014.
Visto, el Expte. N 143.234-SA-14, del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la asignación de un aporte no reintegrable a favor de distintas Asociaciones para el fomento de la producción hortícola y ganadera a través de la asistencia económica por la suma de pesos un millón trescientos setenta y dos mil ciento ochenta y dos $
1.372.182,00;
Que el mencionado aporte se distribuirá para la compra de semillas, forrajes y toda clase de insumos necesarios para dar continuidad a la actividad productiva, luego de haber transitado la emergencia climática del pasado mes de abril del corriente año que ocasionó graves perjuicios económicos en cada integrante de las Asociaciones;
Que a fojas 2/3 obra Nota de la Sra. Intendente del Municipio de Allen, Dra. Sabina del Carmen Costa, quien solicita un aporte no reintegrable para ser distribuido entre distintas Asociaciones para Fomento de la producción hortícola y ganadera, prestando conformidad el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca;
Que en virtud de la vista de Fiscalía de Estado N 04388-14 se reencausa el trámite agregando la documentación de las asociaciones involucradas que cuenten con los requisitos exigidos por el Decreto N 134/10, modificado por Decreto N 229/13;
Que a fojas 150 el Departamento Rendiciones de Cuentas de la Contaduría General de la Provincia, informa que las Asociaciones involucradas no poseen cargos pendientes de rendición;
Que se designan responsables de la inversión, administración y rendición en los términos del Decreto N 134/10, modificado por Decreto N 229/13 a los Presidentes de las Entidades Indicadas en planilla Anexa I;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto de acuerdo a lo establecido en los Arts. 30 y 31 de la Ley H N 3186 de Administración Financiera;

Anexo II al Decreto Nº 1673
La Asociación Civil de Productores Hortícolas de Allen cuenta con 50
asociados que destinarán los fondos a la compra en conjunto de semilla de distintas hortalizas tales como tomate, papa, cebolla, berenjena y morrón;
asimismo se utilizará una parte para la compra de insumos para realizar tareas culturales y aplicación de agroquímicos. La cooperativa Agropecuaria Álamos de Valle Verde Ltda destinará los fondos para la compra en conjunto de herbicidas fertilizantes, gas oil y gastos de laboreo de la tierra. La Asociación Civil de Agricultores de Alto Valle 50 asociados destinará los fondos para la compra de semillas, forrajes e insumos tales como gas oil y fertilizantes. Lo mismo ocurre con la Cámara de Productores Hortícolas de Valle Medio 40
asociados.
En cuanto a la Asociación de Pequeños Crianceros y Productores Agrícolas de Peñas Blancas y Valle Verde los fondos serán destinados a la compra de alimento balanceado para alimentar el ganado vacuno y caprino asistiendo un total de 30 productores que posee un promedio de 200 animales cada uno aproximadamente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/12/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date22/12/2014

Page count28

Edition count1927

Première édition03/01/2002

Dernière édition08/08/2024

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