Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/12/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5310

Art. 13. - La Comisión de Negociación Judicial tendrá las facultades necesarias para poner en funcionamiento las cláusulas de la presente. Dictará su reglamento interno y designará a los representantes para celebrar los convenios con los organismos que resulten necesarios.
Art. 14. - La Convención Colectiva tendrá una vigencia de un año.
Vencido el plazo, se mantendrán subsistentes las condiciones de trabajo resultantes de la misma, al igual que las normas relativas a contribuciones y demás obligaciones asumidas por el empleador, todo ello hasta que entre en vigencia un nuevo acuerdo, siempre que en el anterior no se haya convenido lo contrario.
Art. 15. - El derecho de huelga y otras medidas legítimas de acción sindical garantizadas por la Constitución Nacional, así como Tratados Internacionales y Convenios de la Organización Internacional del Trabajo debidamente ratificados por la República Argentina, no podrán ser limitados ni condicionados como consecuencia de la aplicación de la presente.
Art. 16. - El Poder Judicial de la Provincia de Río Negro debe prever los recursos presupuestarios pertinentes a fin de solventar los gastos que implique la aplicación del sistema de negociación colectiva establecido en la presente.
Asimismo se garantiza a los representantes de la parte gremial tanto en comisión paritaria negociadora del convenio colectivo de trabajo como en las comisiones convencionales específicas, las licencias gremiales necesarias a efectos de desarrollar sus tareas. Los representantes gremiales deberán comunicar con un plazo de anticipación mínimo de veinticuatro 24 horas la necesidad de usufructuar dicho beneficio.
Art. 17. - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en ciudad de Viedma, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil catorce.
Prof. Pedro O. Pesatti, Presidente Legislatura.- Dr. Rodolfo O. Cufré, Secretario Legislativo.

Viedma, 2 de diciembre de 2014.
Se promulga de conformidad al Art. 144 de la Constitución Provincial.
Registrada bajo el Número de Ley Cinco Mil Nueve 5009.
Matías Rulli, Secretario General.
oOo LEY Nº 5010
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1º - Se dejan sin efecto los actos administrativos de la Dirección de Tierras de la Provincia Nros. 176/1997, 109/2006 y 532/2006, así como todos aquellos actos dictados en consecuencia.
Artrt. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, para que a través del organismo competente que estime corresponder, realice todos los actos conducentes para la toma de la posesión del inmueble identificado catastralmente como 20-1-210.606, formado por parte del Lote 99, Colonia Mixta Martín Fierro, Paraje Mallín Ahogado, Sección IX, Departamento Bariloche, así como todos aquellos inherentes a la regularización de la situación jurídica resultante de dicha medida a fin de que esa parcela sea inscripta a nombre de la Municipalidad de El Bolsón con destino a planes de viviendas sociales de esa localidad.
Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en ciudad de Viedma, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil catorce.
Prof. Pedro O. Pesatti, Presidente Legislatura.- Dr. Rodolfo O. Cufré, Secretario Legislativo.

Viedma, 2 de diciembre de 2014.
Se promulga de conformidad al Art. 144 de la Constitución Provincial.
Registrada bajo el Número de Ley Cinco Mil Diez 5010.
Matías Rulli, Secretario General.
oOo
DECRETOS

DECRETO Nº 1556
Viedma, 18 de noviembre de 2014.
Visto, el Expte. N 76646-SO-2014, del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N 115/2014, del 2 de septiembre de 2014 de fojas 2, el Sr. Intendente Municipal de la localidad de Comallo, solicita financiación para la ejecución mediante el sistema de Obra Delegada, de la Obra:
Remodelación y Puesta en Valor del Boulevard San Martín, cuya documentación técnica luce agregada a fs. 03/09 de las presentes actuaciones;

Viedma, 11 de Diciembre de 2014

Que se considera necesaria la ejecución de los trabajos tendientes a la concreción de la obra referida, cuya delegación ha sido autorizada por el Sr.
Gobernador de la Provincia de Río Negro a fojas 20, vuelta;
Que para posibilitar la realización de estos trabajos se ha confeccionado la documentación técnica exigida por la Ley J N 286, cuyo Cómputo y Presupuesto alcanza la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta $ 1.654.170,00 según se detalla a fojas 08/09;
Que a fojas 10 se adjunta Certificado del Tribunal de Cuentas Municipal N 066/2014, en el que consta que no registra rendiciones pendientes de Obras Delegadas, al día de la fecha;
Que dada la naturaleza de los trabajos a realizar, se estima conveniente delegar la ejecución y administración de los mismos a la Municipalidad de Comallo, en un todo de acuerdo al Art. 3 de la Ley J N 286 de Obras Públicas y el Art. 3 inciso b del Decreto Reglamentario de la citada Ley, Ley H N 3186 y el Decreto H N 1737/98, por la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta $ 1.654.170,00;
Que en consecuencia es conveniente gestionar el envío de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta $ 1.654.170,00, para la ejecución de la obra;
Que a fojas 22 se adjunta la intervención de la Comisión de Seguimiento y Control, creada por el Art. 4 del Decreto Provincial N 82/09;
Que se deberá registrar el Compromiso conforme el Art. 30 de la Ley H
N 3186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente, en los términos dispuestos por el Art. 31 de la Ley citada;
Que han tomado debida intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Contaduría General y Fiscalía de Estado mediante Vista N 05068-14;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar la documentación técnica confeccionada para posibilitar la ejecución de los trabajos de la obra: Remodelación y Puesta en Valor del Boulevard San Martín, como así también el Presupuesto Oficial que alcanza a la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta $ 1.654.170,00, que como Anexo I integra la presente.Art. 2º - Delegar a la Municipalidad de Comallo Cuit N 30- 672950305 la ejecución y administración de los trabajos apuntados con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta $ 1.654.170,00, conforme lo dispone el Art. 3 de la Ley J N 286 de Obras Públicas y el Art. 3 Inciso b de su Decreto Reglamentario, en un todo de acuerdo a la documentación que se aprueba por el Artículo anterior.Art. 3º - Aprobar el Convenio suscripto entre el Ministro de Obras y Servicios Públicos y el Sr. Intendente de la localidad de Comallo, que como Anexo II integra la presente.Art. 4º - Designar como responsable de la suma aprobada y delegada en el Art. 1 y 2 del presente Decreto, al Sr. Intendente Municipal, Raúl Alberto Hermosilla Cuil 20-20938809-0.
Art. 5º - Proceder a registrar el Compromiso y Ordenado correspondiente a la Jurisdicción 31, según el siguiente detalle:
Progr. Sub-Prog. Proy. Activ. Pda. Recurso Monto 55
0 17
69
422
22241 $ 1.654.170,00

Total $ 1.654.170,00
Art. 6º - Autorizar a la Tesorería General de la Provincia a Transferir los fondos de la presente Obra Delegada indicada en el Art. 1, en la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta $
1.654.170,00, Art. 7º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 8º - Registrar, Comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- G. M. Gesualdo.

Anexo I - PRESUPUESTO OFICIAL
Municipalidad de Comallo Obra: Remodelación y puesta en valor Boulevard San Martín

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/12/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date11/12/2014

Page count30

Edition count1920

Première édition03/01/2002

Dernière édition15/07/2024

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