Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/06/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 5 de Junio de 2014
lugarde destino, no pudiéndose modificar su situación, sin previa comunicación a dicho organismo.DECRETO Nº 556.- 16/05/2014.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Ministerio de Gobierno y la Sra. María Paz Malaccorto DNI. N 29.938.075, quien desempeñara tareas inherentes a su profesión de Lic. en Administración en el Departamento de Presupuesto dependiente de la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno, desde el 1 de febrero de 2014 al 31 de diciembre de 2014. Establecer como remuneración mensual del contratado, el equivalente a la Categoría 12 del Agrupamiento Profesional de la Ley L
N 1.844.- Expte. Nº 071.092-G-2014.DECRETO Nº 562.- 22/05/2014.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Ciento Cincuenta Mil $ 150.000,00, a favor de la Municipalidad de Luis Beltrán, destinados a la realización del entubamiento desage pluvial, relleno y nivelación del parque industrial, en dicha localidad.- Expte. Nº 11910DA-13.DECRETO Nº 563.- 22/05/2014.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S. y la Doctora Mónica Gabriela Mucha DNI N 18.539.892.- Expte. Nº 051.074-D2014.DECRETO Nº 564.- 22/05/2013.- Crear una vacante Categoría 8 en el Agrupamiento Profesional, en la Jurisdicción 17 Programa 14.00.00.01, suprimiéndose la vacante en el Agrupamiento Administrativo, Categoría 6 de la misma Ley.- Reubicar a partir de la fecha del presente Decreto, al Agente Darío Andrés Pérez D.N.I. N 23.270.458, CUIL N 20-232704587, Legajo N 41606/1 en la vacante creada en el Artículo anterior, por haber obtenido el título de Diplomado en Administración General, emitido por la Universidad Nacional del Comahue, conforme lo dispuesto en el Anexo II, Capítulo X, Artículo 28 punto 2 de la Ley L
N 1.844.- Expte. Nº 075.631-G-2013.DECRETO Nº 565.- 22/05/2014.- Reconocer a partir de la fecha de la firma del presente Decreto los años laborados por el Señor Elvio Segundo Ferreyra D.N.I. N 17.738.898 - Legajo N
655.659/0 desde el 21 de Julio de 1.988 hasta el 23 de Julio de 2.013 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L N 1.844.Reubíquese a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, en el Grado V del Agrupamiento Segundo de la Ley L N 1904, conforme lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley N 4.861 en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.Expte. Nº 88.816-S-2012.DECRETO Nº 566.- 22/05/2014.- Reconocer a partir de la fecha de la firma del presente Decreto los años laborados por la Señora Carmen Gloria Anguita Ricardi D.N.I. N 92.698.003 - Legajo N 657.353/3 desde el 1 de Marzo de 1.992
hasta el 27 de Mayo de 2.013 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L
N 1.844.- Reubíquese a partir de la fecha de la firma del presente Decreto en el Grado V del Agrupamiento Tercero de la Ley L N 1904, conforme lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley N 4.861 en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.Expte. Nº 87.830-S-2012.DECRETO Nº 567.- 22/05/2014.- Reconocer a partir de la fecha de la firma del presente Decreto los años laborados por la Señora Gladys Antonia Painemil D.N.I. N 12.679.636 - Legajo N

BOLETIN OFICIAL N 5256
660.945/7 desde el 21 de Marzo de 2.005 hasta el 26 de Junio de 2.013 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L N 1.844.Reubicase a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, en el Grado II del Agrupamiento Tercero de la Ley L N 1904, conforme lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley N 4.861 en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.Expte. Nº 86.548-S-2012.DECRETO Nº 568.- 22/05/2014.- Reconocer a partir de la fecha de la firma del presente Decreto los años laborados por la Señora María Graciela Pérez D.N.I. N 17.667.841 - Legajo N
661.206/7 desde el 25 de Octubre de 2.005
hasta el 26 de Junio de 2.013 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L
N 1.904.- Reubíquese a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, en el Grado II del Agrupamiento Tercero de la Ley L N 1904, conforme lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley N 4.861 en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.Expte. Nº 84.145-S-2012.DECRETO Nº 569.- 22/05/2014.- Reconocer a partir de la fecha de la firma del presente Decreto los años laborados por el Señor Carlos Aníbal Baigorria Baumgartner D.N.I. N 24.508.679
- Legajo N 661.691/7 desde el 18 de Abril de 2.007 hasta el 27 de Mayo de 2.013 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L
N 1.844.- Reubíquese a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, en el Grado II del Agrupamiento Tercero de la Ley L N 1904, conforme lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley N 4.861 en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.Expte. Nº 68.530-S-2011.DECRETO Nº 570.- 22/05/2014.- Créase una vacante Categoría 8, en el Agrupamiento Profesional de la Ley L N 1.844, Jurisdicción 32, del Ministerio de Desarrollo Social.Reubíquese a partir de la firma del presente Decreto a la Sra. Tello Valeria DNI Nº 26.509.476 en la vacante creada precedentemente, conforme a lo dispuesto en el Artículo 28 Anexo II de la Ley L N 1.844, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Administrativo, Categoría 5, de la misma Ley.- Expte. Nº 173.976-DRH2013.oOo
RESOLUCIONES

Provincia de Rio Negro Ministerio de Gobierno INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS
JURÍDICAS
Resolución Nº 397
Viedma, 28 de Mayo de 2014
Visto el expediente N 12.096-IGPJ-2014, caratulado Cámara de Nogalicultores del Valle de Viedma Viedma, S/ se declare eficaz asamblea y reforma del estatuto social, adjunta documentación;
y CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 obra nota suscripta por presidente en la cual solicita autorización para realizar asamblea general Extraordinaria a celebrarse por la asociación que preside y adjuntando la documentación correspondiente;
Que a fojas 02/03 consta acta de comisión directiva, mediante la cual se resuelve convocar a asamblea con fecha 25 de Abril de 2014 a las 20

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hs., fijando el orden del día a tratar, siendo el siguiente: 1 elección de dos socios para refrendar el acta de asamblea, 2 modificación al estatuto social;
Que a fojas 04 consta padrón de socios en condiciones de participar del acto asambleario;
Que de fojas 15 vuelta a 20, se encuentra acta de asamblea y listado de socios presentes en la misma, respectivamente;
Que a fojas 29 obra informe del Departamento Personería, donde consta que estaría en condiciones de dictarse resolución declarando eficaz la misma habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley N 3827 y demás reglamentaciones vigentes.
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N 3827 Art. 9, inc. A, Art.
33 y 45 del Código Civil;
Por ello;
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE
Artículo 1.- Declárase Eficaz, a los efectos administrativos, la Asamblea General Extraordinaria de fecha 25 de Abril de 2014 y reforma de los artículos 1 2, 3 y 8 del estatuto social de la asociación civil denominada: Cámara de Nogalicultores del Valle de Viedma, en adelante Cámara de Productores de Frutos Secos del Valle Inferior del Río Negro con domicilio en la ciudad de Viedma, conforme a fojas diecisiete 17 a diecinueve 19 y el nuevo texto de estatuto actualizado obrante de fojas veintiuno 21 a veintiocho 28 del expediente aludido.
Art. 2.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas.oOo Provincia de Río Negro SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Resolución Nº 262/14
Viedma, RN, 27 de Mayo del año 2014.Visto: La Acordada Nº 137/1991 por la cual se aprobó el marco normativo actual del "Registro de Proveedores del Poder Judicial" originalmente creado por la Ac. Nº 109/1986, a modo de Anexo de la norma precitada, y.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 8vo. del Anexo único de la Ac.
Nº 137/1991 señala que "El proponente de una licitación, que no esté inscripto en el registro, deberá presentar su solicitud correspondiente dentro de las cuarenta y ocho 48 horas de concretadas sus ofertas en el Departamento Técnico, Administrativo, Contable, debiendo cumplimentar en el término de diez 10 días, a partir de la apertura de las ofertas, los requisitos establecidos en el artículo 5to
Que en el marco de lo actuado en el Expte. Nº A/CM/0228/14 -relativo a Concurso de Precios Nº 005/14- la Dirección de Asesoramiento Técnico Legal, mediante su Dictamen DAL Nº 261/14 de fecha 14.05.14, aconsejó que el Pliego de Bases y Condiciones del referenciado trámite sea redactado de manera tal que se sepa que serán consideradas las ofertas de firmas que a la fecha de apertura tengan en trámite su pedido de inscripción, siempre que antes de la preadjudicación hayan obtenido su inscripción definitiva en la sección correspondiente al tipo de contratación de que se trate
Que a posteriori, la misma Dirección, en Expte.
Nº A/CM/0407/14, por Dictamen DAL Nº 273/14
de fecha 16.05.14, especificó más su anterior consejo y, así, recomendó la inserción en el Pliego

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/06/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date05/06/2014

Page count20

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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