Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/08/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5171

2012 S/ Rendición de cuentas mes de diciembre 2011, del registro de la Dirección General de Rentas Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos. Resultando Que durante el período objeto de revisión actuaron como responsables de la administración y fiscalización de los fondos, hasta el 09/12/11 el entonces Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección General de Rentas Cr. Roberto Aníbal Gil, el entonces Subdirector de Rentas Señor Fernando Albornoz, y el entonces Director de Recursos Señor Arnoldo Fernando Sánchez Ayala; y a partir del 10/12/11 el Secretario de Ingresos Públicos, Cr. Agustín Domingo; y el Tesorero Señor Nalú Fabián Castro durante todo el período. Que el movimiento de fondos operado durante el período examinado fue el siguiente:
Saldo Saldo al 30/11/11 Ingresos Egresos al 31/12/11
$ $
$ $
Cta. 900001752
Gtos. Generales
184.860,56
3.370.162,95
3.257.846,37
297.177,14
Cta. 900001751
Fdo.deTerceros
94.846,29
4.640,62
0,00
99.486,91
Cta. 900001754
Fdo. Estimulo
5.808,61
990.269,25
990.212,00
5.865,86
Cta. 900001757
Fondo de Equipamiento
3.618.253,95
772.221,88
36.078,75
4.354.397,08
Cta. 900001759
Fdo. Estímulo
996.321,82
1.004.429,67
990.269,25
1.010.482,24
Total
4.900.091,23
6.141.724,37
5.274.406,37
5.767.409,23

Transf. entre cuentas
990.269,25
Devoluciones de Anticipos .
5.716,06

EgresoReal
4.278.421,06
Considerando el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro Artículo 1.- Aprobar parcialmente la cuenta presentada por la Dirección General de Rentas, correspondiente al período 01/12/11 al 31/12/11 en sus aspectos formales, legales, contables, numéricos y documentales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley K N 2747, con las salvedades, observaciones, recomendaciones y exclusiones expresadas en el Dictamen DRC N 56/2013. Artículo 2: No aprobar y excluir de la aprobación dispuesta en el artículo 1, y remitir a la Dirección de Juicio de Cuentas, los siguientes expedientes y comprobantes de pago:
- Expediente N 131527-R-11, por importe de S 40.039,91; Expediente N 131566-R-11, por importe de $ 2.115.866,13; Expediente N 137164R-11 por importe de $1.150,00; Expediente N 131613-R-11 por el importe de $ 1.054.703,30; Comprobante de Pago del Expediente N 14682-R-10
por el importe de $ 5.970,00; Comprobante de Pago del Expediente N
14683-R-10 por el importe de $ 2.200,00; Comprobante de Pago del Expediente N 15103-R-10 por el importe de $ 5.500,00; Comprobante de Pago del Expediente N 131206-R-11 por el importe de $ 2.000,00 y Comprobante de Pago del Expediente N 131218-R-11 por el importe de $
21.000,00; a los fines expresados en el punto 1 del Capítulo VI
Conclusiones del Dictamen DRC N 56/2013, manteniendo los cargos hasta tanto se resuelva la cuestión en definitiva. Artículo 3.- Liberar de cargo a los responsables en la medida de la precedente aprobación y sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, patrimonial y/o penal, que pudiera corresponderles por su actuación en los expedientes citados u otros hechos, actos u omisiones de su gestión. Artículo 4.- Hacer saber a los actuales responsables del organismo cuentadante, que en lo sucesivo deberán dar estricto cumplimiento a las recomendaciones efectuadas en los puntos 2; 3; y 4 del Capítulo VI Conclusiones del Dictamen DRC N 56/
2013, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 12 inc. c apartado 1 de la Ley K N 2747, debiendo informar a este Tribunal de Cuentas sobre las medidas correctivas adoptadas. Artículo 5.- A los efectos previstos en el artículo anterior, remítase copia de la parte pertinente del Dictamen DRC
N 56/2013, dejándose debida constancia de su recepción por los interesados.
Artículo 6.- Notificar a la Contaduría General de la Provincia las observaciones efectuadas, identificadas en el Dictamen DRC N 56/2013, para que a través del ejercicio del Control Interno que le compete, verifique el estricto cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables a la inversión y rendición de los fondos públicos. Fdo. Cra. Erika F. Acosta - Presidente - ; Cr. Juan José Huentelaf - Vocal - ; Dr. Marcelo Ponzone Vocal Subrogante - ; Ante mí: Cr. Gabriel Martínez - Secretario Auditor Contable - del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro.
oOo Fallo DRC Nº 59/2013
Viedma, 24 de Julio de 2013.
Visto expedientes N 73-S-2012 s/ Rendición de Cuentas mes Diciembre/
2011.- Expte. N 20013/2012.- IDEVI, del registro de! Tribunal de Cuentas y el expediente N 20013-T-2012 S/ Rendición de cuentas Dic/11 del
Viedma, 12 de Agosto de 2013

registro del Instituto de Desarrollo del Valle Inferior -IDEVI-. Resultando
Que durante el período objeto de revisión actuaron como responsables de la administración y fiscalización de los fondos, el entonces Interventor Cr.
Guillermo Oscar Dietz, hasta el 09/12/11 y el Ing. Agr. Raúl Margiotta designado por Decreto N 147/11 desde el 28/12/11, Tesorera Sra. Leda Noemí Bravo, Jefe Dpto. de Compras Sr. Carlos Silva. Jefe del Dpto.
Administrativo Sr. Julio Cesar Saber, Dpto. de Presupuesto Sr. Claudio Nicolini.
Que el movimiento de fondos operado durante el período examinado fue el siguiente:
Cuentas Saldo Saldo Ctes. Nº al 30/11/11 Ingresos Egresos al 31/12/11
900001252
1.877,11
591.693,06
592.708,86
861,31
900001251
273.744,26
16.279,18
858,52
289.164,92
Subtotales
275.621,37
607.972.24
593.567,38
290.026,23
CtaComitenteN
0000060271-1
CEDEPIRIISI
13.777,59
0,00
0,00
13.777,59
RIOIIISI
11.182,00
0,00
0,00
11.182,00
RIOIIISII
130.487,00
0,00
0,00
130.487,00
BOCONS
197.027,41
0,00
0,00
197.027,41
BOGARCIISI
6.998,00
0,00
0,00
6.998,00
BOGARCISI
1.403,00
0,00
0,00
1.403,00
Total
636.496,37
607.972,24
593.567,38
650.901,23
Considerando El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro Artículo 1: Aprobar la cuenta presentada por el Instituto de Desarrollo del Valle Inferior correspondiente al período 01/12/11 al 31/12/11 en sus aspectos formales, legales, contables, numéricos y documentales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley K N 2747, las observaciones y recomendaciones expresadas en el Dictamen DRC N 57/2013. Artículo 2:
Liberar de cargo a los responsables en la medida de la precedente aprobación y sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, patrimonial y/o penal, que pudiera corresponderles por su actuación en los hechos, actos u omisiones de su gestión. Artículo 3: Hacer saber a los actuales responsables del organismo cuentadante, que en lo sucesivo deberán dar estricto cumplimiento a las recomendaciones efectuadas en el Dictamen DRC N 57/2013, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 12 inc. c apartado 1 de la Ley K N
2747, debiendo informar a este Tribunal de Cuentas sobre las medidas correctivas adoptadas. Artículo 4: A los efectos previstos en el artículo 3, remítase copia de la parte pertinente del Dictamen DRC N 57/2013, dejándose debida constancia de su recepción por los interesados. Fdo. Cra. Erika F.
Acosta - Presidente - ; Cr. Juan José Huentelaf - Vocal - ; Dr. Marcelo Ponzone - Vocal Subrogante - ; Ante mí: Cr. Gabriel Martínez - Secretario Auditor Contable - del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro.
oOo Fallo DRC Nº 60/2013
Viedma, 24 de Julio de 2013.
Visto expedientes N 1.551-S-2011 s/ Rendición de Cuentas mes Junio/
2011.- Expte. N 130816/2011. Tesorería General de la Pcia. de RN del registro del Tribunal de Cuentas; N 130.816-T-2011 del registro de la Tesorería General Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos; y N
1.251-S-2011 S/exptes. Res. N 73/04 Contaduría General de la Provincia de Río Negro Informe del mes de Junio/2011 del registro del Tribunal de Cuentas. Resultando Que durante el período objeto de revisión, comprendido entre el 01/06/2011 al 30/06/2011, actuaron como responsables, de la Tesorería General de la Provincia, el entonces Tesorero General, Sr. José Eugenio Ongaro, y el entonces Subtesorero General, Sr.
Roberto J. Gerometta y como responsables de la ejecución de los gastos de cada organismo los funcionarios que se mencionan a continuación:
Ministerio de Familia: El entonces Ministro de Familia Don Alfredo Daniel Pega, el entonces Director de Administración, Don Francisco Catellani y el Asesor Legal Don Pablo Martín Barrera.
Ministerio de Gobierno: El entonces Ministro de Gobierno Don Diego Rodolfo Larreguy; la entonces Subsecretaria de Administración, Doña Nathalia Cévoli y el Asesor Legal Don Carlos San Juan.
Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos: El entonces Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos Don Carlos Oliva; el entonces Secretario de Hacienda, Don Cristian Hernán Perafán y la entonces Directora de Administración Doña Alicia Baldizzone.
Ministerio de Producción: El entonces Ministro de Producción Don Juan Manuel Accatino y el entonces Director General de Administración Don Jorge D. González.
Jefatura de Policía: El entonces Jefe de Policía Jorge José Villanova y el entonces Director de Logística y Finanzas Don Rubén Esteban Calvo.
Secretaría General de la Gobernación: El entonces Secretario General de la Gobernación Don Francisco Javier González; el entonces Subsecretario de Coordinación Administrativa Don Sergio Pendas y entonces Director General de Administración Don José Carlos Maurizio. Que el movimiento de fondos operado durante el período examinado fue el siguiente:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/08/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date12/08/2013

Page count26

Edition count1916

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/07/2024

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