Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/08/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 29 de Agosto de 2013

Nº 5176

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 46 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 46

DECRETOS

DECRETO Nº 1182
Viedma, 2 de agosto de 2013.
Visto el Expte. Nº 116.597-SA-2.013, del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita la asignación de un aporte no reintegrable a Municipios de la Provincia de Río Negro detallados en Planilla Anexa I, con el objeto de ser distribuidos entre productores frutícolas beneficiarios de la ayuda para tareas culturales de poda año 2.013, por la suma de pesos quince millones veintiún mil ciento cinco $ 15.021.105,00;
Que el objeto del aporte es asistir a pequeños y medianos productores frutícolas en las prácticas culturales de poda a fin de atender la grave situación que se encuentra atravesando el sector, la cual se refleja en la escasa rentabilidad de las últimas temporadas sumado a inclemencias climáticas producidas en algunas zonas productivas;
Que en virtud de que las labores a realizar implican erogaciones por parte del productor, el Gobierno Provincial decidió brindar una ayuda económica a los mismos, asignando aportes no reintegrables a los Municipios de la Provincia para distribuir entre beneficiarios del Programa;
Que en el transcurso del año el Gobierno Provincial ha realizado distintas aportes económicos al sector frutícola entre los que se destacan aquellos destinados al Programa de Supresión de Carpocapsa y el Reintegro de Contribuciones Patronales;
Que resulta conveniente continuar con la asistencia económica a los pequeños y medianos productores a fin de cubrir los gastos relacionados en virtud de la crisis en la que se encuentra el sector frutícola;
Que a fojas 1/48 la Secretaría de Fruticultura elaboró un listado de productores beneficiarios agrupados por Municipio resultando la cantidad de dos mil ciento setenta y uno 2.171 productores con una superficie de veintiún mil ciento cinco con setenta y seis hectáreas 21.105,76 has por un importe total de pesos quince millones veintiún mil ciento cinco $
15.021.105,00;
Que asimismo se detalla en Planilla Anexa II, el listado de productores beneficiarios agrupados por municipios;
Que ha tomado intervención la Secretaría General de la Gobernación a fojas 49;
Que la utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto Nº 134/10 y su modificatorio Decreto Nº 229/13
siendo responsables de ello, los intendentes de cada Municipio detallado en Planilla Anexa I;
Que el presente trámite se encuadra en lo establecido por el Decreto Nº 134/10 y su modificatorio, Decreto Nº 229/13;
Que, el Art. 4º inciso d tercer párrafo del Decreto Nº 134/10 modificado por el Decreto Nº 229/13 establece que en forma excepcional y ante circunstancias fortuitas, razones de catástrofes, emergencias, inclemencias climáticas, el Sr. Gobernador podrá otorgar la ayuda social correspondiente sin que se haya verificado la rendición en tiempo y forma y con el solo fin de que razones administrativas no entorpezcan la asistencia en los casos extremos antes mencionados;
Que a fojas 254 el Sr. Gobernador autoriza la prosecución del trámite basándose en las razones de emergencia económica que atraviesa el sector frutícola;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por los Arts. 30 y 31 del Decreto H Nº 1.737/98;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 05041-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otorgar un aporte no reintegrable de pesos quince millones veintiún mil ciento cinco $ 15.021.105,00 en concepto de asistencia económica a los Municipios de la Provincia de Río Negro detallados en Planilla Anexa I, con el objeto de ser distribuidos entre los productores frutícolas beneficiarios de la ayuda económica para tareas culturales de poda año 2013, por los montos consignados en la Planilla Anexa II.
Art. 2º - Aprobar el listado de los productores frutícolas beneficiarios de la ayuda económica para tareas culturales de poda año 2013 detallados en Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 3º - La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto N 134/10 modificado por el Decreto Nº 229/
13, siendo responsables de ello los Intendentes Municipales detallados en la Planilla Anexa I.
Art. 4º - Comprometer los créditos y devengar el gasto por la suma de pesos quince millones veintiún mil ciento cinco $ 15.021.105,00
imputándolo a la Jurisdicción 26, Programa 01, Subprograma 00, Proyecto 00, A/O 01, Partida 572, Recurso 17236.
Art. 5º - Proceder a abonar por Tesorería General de la Provincia a las Municipalidades detalladas en la Planilla Anexa I, y/o a los beneficiarios de la Planilla Anexa II, la suma de pesos quince millones veintiún mil ciento cinco $ 15.021.105,00.
Art. 6º - Exceptuar del cumplimiento de la presentación en tiempo y forma de la rendición por subsidios otorgados con anterioridad conforme Art. 4º del Decreto Nº 134/2010, modificado por Decreto Nº 229/13, a los Municipios de la Provincia de Río Negro descriptos en la Planilla I por los considerandos expuestos en el presente.
Art. 7º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Art. 8º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- A. A. Palmieri.

Planilla Anexa Nº I
M U N IC IP A L ID A D
D en o m in a ció n
C U IT

RESPO NSABLE
A p ellid o y N om b r e
C U IL

IM P O R T E

A lle n
3 0 -9 9 9 0 2 3 2 8 -9

S a b in a d e l C a r m e n C o s ta
2 7 -1 4 6 2 8 0 5 0 -7

$ 1 .9 7 7 .3 2 3

C am po G ran de C a trie l
3 0 -6 7 2 7 3 7 7 3 -3
3 0 -6 7 2 7 3 8 0 3 -9

P e d ro C r is tia n D a n ta s J o h n sto n C a r lo s A lb e rto
2 0 -2 2 3 9 8 2 9 8 -1
2 0 -1 3 8 7 6 8 4 9 -0

$ 6 5 4 .9 8 9
$ 1 3 .6 2 1

C e rv a n te s C h ic h in a le s
3 0 -6 5 0 5 6 1 6 7 -4
3 0 -6 7 2 7 6 2 9 1 -6

G ilb e rto M o n ta n a ro A lb e rto P A C E N T I

2 0 -0 8 1 1 9 5 0 2 -2
2 0 -1 4 5 9 9 3 8 8 -2

$ 7 7 7 .9 9 8
$ 8 5 0 .7 7 9

C h im p a y
3 0 -6 7 2 5 3 5 0 4 -9

G e r a rd o B R A V O

2 0 -1 7 8 2 8 1 3 3 -0

$ 1 1 8 .7 6 5

C h o e le C h o e l
3 0 -6 5 4 5 4 6 9 5 -5

D a n ie l R u b é n B e llo s o
2 0 -1 3 8 7 3 3 2 1 -2

$ 8 4 .8 5 0

C in c o S a lto s C ip o lle tti
3 0 -9 9 9 0 2 1 2 0 -0
3 0 -6 7 2 7 3 7 9 7 -0

L ilia n a E d ith A lv a ra d o A b e l J o s é B a ra tti
2 7 -1 1 6 1 2 1 8 7 -0
2 0 -1 2 6 2 1 9 7 8 -5

$ 3 5 5 .2 8 8
$ 1 .3 6 9 .2 9 9

C o r o n e l B e lis le
3 0 -6 7 2 8 1 9 7 6 -4

D a v id M E N D O Z A

2 0 -2 1 8 1 1 5 7 3 -0

$ 1 0 .0 6 6

C te C o r d e ro D a r w in
3 0 -6 7 2 7 3 4 7 6 -9
3 0 -6 7 2 7 5 3 2 8 -3

F a b iá n G A L L I
V íc to r H u g o M A N S IL L A

2 3 -2 0 7 9 3 2 9 4 -9
2 0 -2 0 1 9 6 2 2 0 -0

$ 1 4 8 .2 4 8
$ 3 2 .4 5 3

E l B o lsó n
3 0 -6 7 2 9 4 2 6 6 -3

R ic a rd o G A R C IA

2 0 -1 0 2 0 4 9 8 0 -3

$ 1 .7 0 9

F e rn á n d e z O ro G en eral C on esa
3 0 -6 7 2 6 4 0 8 9 -6
3 0 -6 3 9 2 8 0 2 8 -0

J u a n O s c a r R e g g io n i M a ría A le ja n d ra M A S

2 0 -1 3 0 4 7 7 2 8 -4
2 7 -1 7 7 0 4 2 4 5 -0

$ 3 2 0 .3 2 8
$ 1 9 6 .9 1 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/08/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date29/08/2013

Page count46

Edition count1916

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/07/2024

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