Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/04/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5133

Viedma, 8 de Abril de 2013

Artículo 145.- c Los valores asignados a los adicionales, bonificaciones y suplementos descriptos en el presente Capítulo, se calcularán conforme las previsiones del Art. 149 de la Ley S N 4.283, y se abonarán como una suma de carácter no remunerativa, de acuerdo a lo que a continuación se señala:
1. Suplemento por Función Directiva:
1.1 De Primera Categoría: Cincuenta por ciento 50%.
1.2 De Segunda Categoría: Veintidos por ciento 22%.
1.3 De Tercera Categoría: Ocho por ciento 8%.
2. Suplemento por Jefatura:
2.1 De Primera Categoría: Veinte por ciento 20%.
2.2 De Segunda Categoría: Quince por ciento 15%.
2.3 De Tercera Categoría: Diez por ciento 10%.
3. Suplemento por Puesto Clave: Quince por ciento 15%.
4. Suplemento por Dedicación Horaria Extraordinaria:
4.1 Treinta y cinco 35 horas: Dieciséis con setenta por ciento 16,70%.
4.2 Cuarenta 40 horas: Veinte por ciento 20%.
4.3 Cuarenta y ocho 48 horas: Veintiocho por ciento 28%.
5. Suplemento por Dedicación Exclusiva: Cuarenta por ciento 40%.
6. Suplemento por Zona Inhóspita: Veinte por ciento 20%.
7. Suplemento por Riesgo y Peligrosidad: Veintiocho por ciento 28%.
8. Bonificación por Desempeño Anual: Cinco por ciento 5%.
9. Bonificación por Productividad: Cinco por ciento 5%.
10. Adicional por Mayor Titulación:
10.1 Para Profesionales con planes de estudios universitarios o superiores que respondan a planes de estudios mayores o iguales a cuatro 4 años: Diecinueve con cinco por ciento 19,5% de la asignación básica del nivel escalafonario I.
10.2 Para los que tuvieren planes de estudios universitarios, superiores o terciarios menores a cuatro 4 años:
Diecinueve con cinco por ciento 19,5% de la asignación básica del nivel escalafonario I.

DECRETO Nº 316
Viedma, 21 de marzo de 2013.
VISTO: el expediente N 168927-SPYPDS-2.013, del registro del Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Doscientos Treinta y Dos Mil Doscientos $
232.200,00, a favor de cuarenta y tres 43 familias carenciadas de la localidad de Chichinales, las cuales se detallan en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, con destino a solventar la difícil situación socio económica por la que atraviesan junto a sus núcleos familiares;
Que en las presentes actuaciones obran informes sociales de cada beneficiario que justifican dicha erogación;
Que es política del Ministerio de Desarrollo Social, atender este tipo de erogaciones, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 33 Anexo I del Decreto Provincial H N 1.737/98 y el Artículo 2 del Decreto N 134/10;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 01609-13;
Que. el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1º.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Doscientos Treinta y Dos Mil Doscientos $ 232.200,00, a favor de cuarenta y tres 43 familias carenciadas de la localidad de Chichinales, los cuales se detallan en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- El monto total asignado deberá ser girado a la orden de las cuarenta y tres 43 familias carenciadas que se detallan en Planilla Anexa, que forman parte integrante del presente Decreto, quienes serán los responsables de la administración y oportuna rendición de cuentas. El señor Secretario de Promoción y Protección de Derechos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social Dn. Cides Juan Elbi CUlL N 20-14527594-1 será el corresponsable de dicha administración y rendición conforme a lo establecido en el Decreto N 134/10.Art. 3.- Comprométase la suma total de Pesos Doscientos Treinta y Art. 3- Autorizar al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones Dos Mil Doscientos $ 232.200,00, a los créditos del Programa 01, Actividad presupuestarias que considere necesarias, para dar cumplimiento al presente 01, Partida 514 Ayudas Sociales a Personas, Código de Recurso 11721, a Decreto.cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 4- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro de Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno y Ministro de Economía.Desarrollo Social.Art. 5- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archivar.Oficial y archívese.WERETILNECK - L. Di Giácomo - A. Palmieri.WERETILNECK - E. V. Paillalef.
PLANILLA ANEXA QUE FORMA PARTE INTEGRANTE
DEL DECRETO N 316

Apellido y Nombre Sosa, Angela Rosa Fresco, Jonathan Edgardo Muñoz, Juan Carlos Vallejo, Walter Antonio Diaz, María Laura Vera, Justiniano Marcelo Sosa, Mariela Elizabeth Sosa, Edgardo Gregorio Santos, Seberino Hoscar San Martín Soto, Arnaldo Andrés Salazar, Lorena Alicia Méndez, Emilio Facundo Mardones, Mariela Beatriz Mardones, Víctor Omar García, Héctor Francisco Garay, Emmanuel Alejandro Fuentes, Sergio Manuel Alvarez, Mario Daniel Alfaro Venegas, Marcela Andrea Avin, Marcelo Javier Nahuelan, Marcos Miguel Enrique Yañez, Julio Oscar Sosa, Franco David Sepulveda Constancio, Samuel David Santillan, Juan Faustino Sandoval, Noriela
Cuil N
27-23151152-6
20-33921691-7
20-25990358-1
20-30607905-1
27-27492540-5
20-29568742-9
27-24010186-1
20-35046672-0
20-13468944-8
20-33920196-0
27-28402255-1
27-33304603-8
27-22178455-9
20-32491165-1
20-28829610-4
20-36654347-4
20-28530851-9
20-33931189-8
23-34668177-4
20-29886913-7
20-35276225-4
20-25765716-8
20-32491156-2
20-93073422-6
20-21389526-6
27-31764610-6

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Monto 5.400,00
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5.400,00
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5.400,00
5.400,00
5.400,00
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5.400,00
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5.400,00
5.400,00
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5.400,00
5.400,00

Forma 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas 03 Cuotas
01 Cuota $ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
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$ 1.800,00
$ 1.800,00
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02 Cuota $ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
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$ 1.800,00
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$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
$ 1.800,00
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$ 1.800,00
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03 Cuotas $ 1.800,00
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$ 1.800,00
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/04/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date08/04/2013

Page count14

Edition count1925

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/08/2024

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