Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/01/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 21 de Enero de 2013

Nº 5111

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIII
EDICION DE 12 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 12

DECRETOS

DECRETO Nº 1979
Viedma, 28 de diciembre de 2012.
Visto, el Expte. N 133.190-DI-2.012 del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Río Negro, por Ley J N
3.661, sancionada el 2 de agosto de 2002, autorizó la cesión en comodato sin cargo a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Viviendas El Bolsón Limitada COOPETEL, las instalaciones propiedad de la Provincia de Río Negro, destinadas a la distribución de gas vaporizado por redes a la Línea Sur;
Que el 24 de febrero de 2003, en la ciudad de Viedma, se firmó el Contrato de Comodato, comenzando la Provincia y COOPETEL las acciones allí establecidas para efectivizar la transferencia de los servicios;
Que por otra parte el Estado Nacional conforme lo dispuesto en el Art. 84 de la Ley Nacional N
25.725 y en el Decreto Nacional N 786/2002, ha determinado tarifas diferenciales con el fin de financiar las compensaciones tarifarias para la Región Patagónica;
Que la Resolución N 3.017/2004 del Ente Nacional Regulador del Gas ENARGAS y la Nota N 4.346/2003 ENRG/GDyE/GAL/D aprueban las tarifas diferenciales para la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Limitada COOPETEL;
Que la Provincia de Río Negro subsidia a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Limitada COOPETEL con el fin de compensar las diferencias de precios entre el valor del flete reconocido por Nación, en la Resolución N 3.017/2004 del Ente Nacional Regulador del Gas y el valor real de mercado, en la compra de gas licuado de petróleo GLP; y con el fin de compensar las diferencias de precios entre el valor del fluido comprado a valores de mercado, en los meses que se ve superado el cupo otorgado por la Nación a valor subsidiado, según el Acuerdo de Abastecimiento de GLP para Distribución por Redes, suscripto entre la Nación y los productores;
Que antes de ahora, la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Sociales y Viviendas El Bolsón Limitada COOPETEL, representada por su actual Presidente, expuso la crítica situación que atraviesa la misma para hacer frente a la compra de Gas, al pago de fletes y a los costos operativos tendientes a garantizar el servicio de gas vaporizado por redes a las localidades de Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada y Ramos Mexía, debido principalmente al déficit operativo del servicio;

Que en respuesta a esta situación apremiante, desde la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos se labró un informe obrante a fojas 31, que da cuenta de la deficitaria situación económica del servicio prestado por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Limitada COOPETEL y donde, con el aval del Sr. ex Ministro de Obras y Servicios Públicos, se propone consultar al Sr. Gobernador, la posibilidad de asignar un aporte extraordinario para hacer frente a esta situación de urgencia, a fin de suplir los déficits operativos de la Cooperativa;
Que de fojas 9 a 22 se agregan juegos de Estados Contables correspondientes a los ejercicios cerrados al 31 de diciembre de 2011, los cuales reflejan la situación económica - financiera de la Cooperativa mencionados precedentemente y a fs. 23 a 26
constan los Informes de Auditoría y del Síndico en igual sentido;
Que a fojas 52 se agregan las constancias que acreditan la nómina de autoridades de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Limitada COOPETEL, siendo su Presidente el responsable de la rendición de los fondos;
Que el monto asignado para el presente subsidio, según Nota N 212/12-S.H. del Secretario de Hacienda del Ministerio de Economía, obrante a fojas 28, asciende a la suma de pesos un millón doscientos mil $ 1.200.000,00, a devengarse conforme rendición por parte de la Cooperativa, habiendo tomado conocimiento el Ministro de Obras y Servicios Públicos;
Que se ha efectuado la Reserva Interna correspondiente, en los términos del Art. 31 de la Ley H N 3.186, debiéndose registrar el compromiso conforme al Art. 30 de la citada Ley;
Que el presente trámite se lleva a cabo de conformidad con lo prescripto por el Art. 3 del Decreto N 134/2010;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 08952-12;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inciso 1, de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otórguese un aporte no reintegrable por la suma de pesos un millón doscientos mil $ 1.200.000,00, a favor de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Limitada COOPETEL, Cuit N 30-55483494-5, con destino a solventar el
déficit operativo por la prestación del servicio de gas vaporizado por redes en las localidades de Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada y Ramos Mexía.Art. 2º - Desígnase responsable de la percepción y administración de los fondos al Presidente de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Limitada COOPETEL, Sr.
Horacio Alejandro Francisco Rodriguez, D.N.I. N
16.012.990 y/o su Tesorero, Sr. Néstor Ricardo Quisle D.N.I N 14.688.507, siendo responsables de la oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido por el Decreto N 134/2010.Art. 3º - Ratifíquese la Reserva Interna y el Compromiso, según lo dispuesto por los Arts. 30 y 31 de la Ley H N 3.186, con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 31, Programa 44, Subprograma 00, Poryecto 00, Actividad 02, Partida 518, Recurso 34638 Remanente Recurso 12422
- Fondo Obras de Gas Ley N 3.985, por la suma de pesos un millóndoscientos mil $ 1.200.000,00.
Art. 4º - Ordénese el pago y autorízase a la Tesorería General de la Provincia a abonar, con cargo a la cuenta corriente N 900118 Cuenta de Regularizaciones - Retenciones, a favor de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Limitada COOPETEL, Cuit N 30-55483494-5, por la suma de pesos un millón doscientos mil $ 1.200.000,00.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- F. Vaca Narvaja.
oOo DECRETO Nº 1980
Viedma, 28 de diciembre de 2012.
Visto, el Expte. N 7947-ALT-2012 del registro del Ministerio de Economía, las Leyes Nacionales N 25.917, N 26.530, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 27 de diciembre de 2012, se firmó entre el Estado Nacional y la Provincia de Río Negro, un Convenio de Asistencia Financiera;
Que frente a la situación financiera nacional e internacional, la Provincia priorizó la aplicación de políticas públicas que sostengan las actividades productivas, preserven los niveles de empleo y financió a los sectores sociales más desprotegidos, derivando de ello, en un mayor gasto que indudablemente afectó el equilibrio fiscal;
Que, la provincia ha afrontado en el presente ejercicio fiscal con recursos propios los servicios de la deuda;
Que, a través de la Ley Nacional N 25.917 se creó el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, cuyo Art. 26 dispone que el Gobierno Nacional,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/01/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date21/01/2013

Page count12

Edition count1916

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Dernière édition01/07/2024

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