Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/03/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 11 de Marzo de 2010
Arbeloa, ubicada en la grilla 3966-I del Catastro Minero.
Adopta forma rectangular de 3has y sus vértices quedan definidos por las siguientes coordenadas GK-POSGAR:
Vértice 1: X=5745959.66 Y=3395981.41; Vértice 2:
X=5745915.28 Y=3396123.91; Vértice 3: X=5745724.33
Y=3396066.10; Vértice 4: X=5745768.67 Y=3395922.61.
Departamento General Roca. Localidad cercana Catriel.Corresponde ordenar las publicaciones en la forma establecida por el art. 71 de la Ley Q N3673.- Registro Protocolar.- Viedma, 22/02/2010.-Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en el término de quince días. Si el interesado no acreditare el cumplimiento de la publicación de edictos en un plazo de sesenta 60 días, se lo tendrá por desistido de la solicitud de concesión art. 71º Ley Q
3673.- Notifíquese.- Las oposiciones podrán deducirse dentro de los quince días siguientes al de la última publicación.Fdo. Tec. Agr. Sebastián Sánchez Director General de Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia.Leandra A. Lacaze, Asesora Legal, Dirección de Minería.oOo Solicitud de permiso de exploración para las sustancias minerales de segunda categoría, ubicada en el departamento de General Roca, Provincia de Río Negro.
La Autoridad Minera le hace saber que por Expediente N 31.044-M-06, la empresa Minera José Cholino E Hijos S.R.L., solicitó permiso de exploración, se localiza en parte del lote 25 de la Fracción A del Catastro Minero Dpto. Gral. Roca.- Sus vértices quedan definidos por las siguientes coordenadas GaussKrger, Sistema Posgar: Vértice 1= XN-S 5783784, YEO, 2607696- Vértice 2= XN-S 5783784, YE-O 2610696
- Vértice 3= XN-S 5778784 YE-O. 2610696 - Vértice 4= XN-S 5778784 , YE-O 2607696 - Corresponde ordenar el registro y publicaciones conforme al art. 27
del Código de Minería y formalidades prescriptas por el art. 40 de la Ley Q N 3673.- Registro. Protocolar.Regístrese. De acuerdo a lo prescripto por el art. 27
del Código de Minería y art. 40 de la Ley Q N 3.673:
1.- Publíquese el edicto correspondiente en el Boletín Oficial por dos veces en el término de diez días y acredite el peticionante, dentro de los veinte días a contar desde la fecha de notificada la presente, haber efectuado la publicación ordenada bajo apercibimiento de declarar caducos sus derechos.- 2.- Notifíquese de la solicitud efectuada a los propietarios superficiarios informados por la Dirección General de Catastro e Información Territorial a fs. 11 en los domicilios citados en el referido informé cuando la Dirección Genera1 de Catastro e Información Territorial no pudiera determinar e informar su domicilio calle y número, o cuando el propietario estuviera ausente del mismo la publicación será tenida como notificación suficienteFdo. Tec. Agr. Sebastián Sánchez, Director Gral. de Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia.
Leandra A. Lacaze, Asesora Legal, Dirección de Minería.oOo
EDICTOS I.P.P.V.

Provincia de Río Negro INSTITUTO DE PLANIFICACIÓN
Y PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA
El Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, intima al Sr. Villablanca Villablanca Fredy Hernán, DNI. Nº 93.014.078, y Sra. Pétersen Marta Isabel, DNI. Nº 11.680.913 a ocupar la unidad habitacional identificada como calle Pérez Berciano Nº 108, del Plan 20 Viviendas, en la localidad de Ingeniero Huergo, en un plazo de cinco 5 días de recibida la presente. Caso contrario, ante negativa expresa o tácita, se iniciará trámite de desadjudicación y posterior desalojo.- Quedan ustedes debidamente notificados.María E. Mansilla, Área C. Habitacional - IPPV.

BOLETIN OFICIAL N 4810
El Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, intima a la Sra. Cabezas, Deolinda Beatriz, DNI. Nº 26.324.685, a ocupar y regularizar la deuda de la unidad habitacional identificada como Celedonio Flores 1897, PB, del Plan 135 Viviendas, en la localidad de Cipolletti.- Plazo 48 horas.- Caso contrario, ante negativa expresa o tácita, se procederá a iniciar trámite de desadjudicación.
María E. Mansilla, Área C. Habitacional IPPV.
oOo
NÓMINA PREADJUDICATARIOS DE
VIVIENDAS

Localidad: Viedma Plan: Mza. 658 - Lote 2
Adjudicatarios de Un Dormitorio Rocha, Agustín León DNI.
07.392.015
Se informa que a partir de la presente publicación, queda abierto el período de impugnaciones durante diez días corridos. Quien considere necesario impugnar lo hará por nota y duplicado, dirigido al Interventor del IPPV, invocando la causal que motiva dicha impugnación, con aclaración de apellido y nombre, número de documento y domicilio.
María E. Mansilla, Área C. Habitacional - IPPV.
oOo
EDICTOS

Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correcional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Aguilera Pedro, que en Expte. Nº 376-8-2009 se resolvió en fecha 5/02/2010, Carlos de Bariloche, 5 de febrero de 2010.- Y Vistos: Considerando: Resuelvo: Dictar el sobreseimiento de Pedro Aguilera, ya filiado al comienzo del presente pronunciamiento, respecto del delito de amenazas que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afectó el buen nombre y honor del que gozare Art.
306 Inc. 1 del C.P.P..- Fdo.: Ricardo Calcagno, Juez.Ante mí: Sergio D. Pichetto, Secretario, y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.- Sergio Pichetto, Secretario.
oOo Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo, notifica a Ricardo Aguirre de lo ordenado en los autos caratulados: Aguirre Ricardo s/Amenazas Expte. Nº 43193/09, cuya parte pertinente se transcribe y dice: /
//ma, 17 de febrero de 2010.- Autos y Vistos:
Considerando: Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Ricardo Aguirre, ya filiado, en orden al hecho que se le endilgaba en la presente por las consideraciones expuestas y por aplicación del Art. 306 Inc. 1º, 1er. supuesto del C.P.P. II Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado.Fdo.: Dr. Carlos Reussi, Juez.- Guillermo Bustamante, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente, a que en Expte. Nº 354-7-2009 se resolvió en fecha 4 de diciembre de 2009, Resuelvo: IDictar el sobreseimiento en la presente causa en favor de Hilda Ayelén Huenchupán, ya filiada, por aplicación del Art. 306, Inc. 3º del C.P.P. y lo dispuesto por la Ley 22278 en su Art. 1º.- IIDictar el sobreseimiento de Nubia Muñoz y
9 Gabriela Muñoz -ya filiadas al comienzo del presente pronunciamientorespecto del delito de hurto que se les imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afectó el buen nombre y honor del que gozare Art. 306 Inc. 1º del C.P.P., y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.- Víctor H. Gangarrossa, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Enrique Ángel, que en Expte. Nº 025-8-2009 se resolvió en fecha 17/11/2009, Carlos de Bariloche, 17 de noviembre de 2009.- Y Vistos: Considerando:
Resuelvo: Dictar el sobreseimiento de y Enrique Ángel -ya filiados al comienzo del presente pronunciamiento-, respecto del delito contra la fe pública que se les imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afectó el buen nombre y honor del que gozaren Art. 306 Inc. 1º, 2do. supuesto del C.P.P..- Fdo.: Ricardo Calcagno, Juez.Ante mí: Sergio D. Pichetto, Secretario, y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.- Sergio Damián Pichetto, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Loncon, Raúl Ariel, que en Expte. Nº 290-7-2007, se resolvió en fecha 24 de noviembre de 2009, dictar el sobreseimiento de Raúl Ariel Loncon, Edel Enrique Schwaner Díaz, Guido Alfredo Cárcamo Cárcamo, Antonio Abad González, Federico Riquelme, Roberto Hugo Salinas, Gabriel Orlando Manni, Rubén Argentino Parsons, José Luis Nahuel y Rubén Yaniez -ya filiados al comienzo del presente pronunciamientorespecto del delito de lesiones leves y daños, que se les imputó oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afectó el buen nombre y honor del que gozaren Art. 306 Inc. 1º del C.P.P., y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.- Víctor H. Gangarrossa, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Pisfil Figueroa Dante Luis, que en Expte. Nº 259-72009, se resolvió en fecha 24 de noviembre de 2009, dictar el sobreseimiento total en la presente causa y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Dante Luis Pisfil Figueroa, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal, por aplicación por parte del Sr. Fiscal, del Criterio de Oportunidad Art. 306 Inc. 4º del Código Procesal Penal en función del Art. 172 del mismo ordenamiento legal, y se lo cita y emplaza para que en el término de cinco días comparezca ante el Tribunal.- Víctor H.
Gangarrossa, Secretario.
oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Inay Aguilar, Raúl Wlademir, que en Expte. Nº 321-72006 se resolvió en fecha 11 de diciembre de 2009, I y II
dictar el sobreseimiento parcial en la presente causa y en relación al hecho de lesiones leves, en favor de Miguel Ángel Paredes y Wladimir Raúl Inai Aguilar, ya filiados al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal, por aplicación por parte del Sr. Fiscal, del Criterio de Oportunidad Art. 306, Inc. 4º del Código Procesal Penal, en función del Art. 172 del mismo ordenamiento legal.- Dictar el sobreseimiento de Miguel Ángel Paredes y Wladimir Raúl Inai Aguilar -ya filiados al comienzo del presente pronunciamientorespecto del delito de daño que se les imputó opor-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/03/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date11/03/2010

Page count18

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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