Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/03/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 27 de Marzo de 2008

Nº 4606

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO IL
EDICION DE 19 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 19

DECRETO

DECRETO Nº 176
Viedma, 18 de Marzo de 2.008.
Visto: El Expediente N 126.593-SSyS-2.008, la Ley N 24.449, el Decreto N 779 de fecha 6 de Febrero de 1.995, el Plan Nacional de Seguridad Vial, la Ley Provincial N 2.942 de adhesión a la Ley N 24.449, el Decreto Nacional N 442/08, y;
CONSIDERANDO:
Que la situación relativa a la siniestrología vial en nuestra provincia es alarmante siendo de público y notorio conocimiento, y se agrava durante los fines de semana largos o períodos vacacionales;
Que resulta oportuno, meritorio y conveniente, establecer acciones tendientes a prevenir siniestros de tránsito entre los días 19 y 25 de Marzo del corriente año;
Que la presente medida, tiene por objeto la regulación del tránsito de transporte de cargas durante los días mencionados en el párrafo anterior;
Que la circulación de la referida modalidad de transporte, coadyuva a la congestión vehicular en las rutas provinciales, lo que afecta no sólo a la seguridad vial, sino también a la fluidez del tránsito en períodos en los que se prevén desplazamientos masivos de vehículos;
Que en base a la experiencia y a las estadísticas precisas del movimiento turístico producido en oportunidad a la celebración de la denominada Semana Santa, se entiende que resultaría conveniente limitar la circulación de los vehículos de transporte automotor de cargas generales y de mercancías y residuos peligrosos entre los días 19 y 25 de Marzo del año en curso para aliviar el traslado de las personas;
Que la referida limitación, atento los principios de la ley nacional de transporte de cargas relativos a la libertad de comercio y de tránsito entre otros, debe efectuarse sólo durante un determinado rango horario y en los días de mayor afluencia de tránsito en la fecha aludida precedentemente;
Que asimismo, resulta necesaria la previsión de los casos de excepción;
Que las fuerza de seguridad, cuerpos policiales y organismos de control competentes, deberán fiscalizar en forma extrema el cumplimiento de esta medida;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría de Seguridad y Justicia y la Fiscalía de Estado a fojas 10 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Restringir en todas y cada una de las Rutas de la Provincia de Río Negro, la circulación de vehículos de transporte automotor de car-

gas general y de mercancías y residuos peligrosos, entre:
a Las 22,00 horas del día Miércoles 19/03/08 y las 5,00 horas del día Jueves 20/03/08;
b Las 20,00 horas del día Jueves 20/03/08 y las 5,00
horas del día Viernes 21/03/08;
c Las 14,00 horas del día Lunes 24/03/08 y las 0,00
horas del día Martes 25/03/08.
Art. 2.- Exceptuar del cumplimiento de lo previsto en el Artículo 1 del presente Decreto, a los vehículos de transporte automotor de cargas que a continuación se detallan:
a Transporte de animales vivos;
b Transporte exclusivo de prensa comunicación audiovisual;
c Atención de emergencias;
d Grúas que realicen labores de asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquél donde pueda quedar depositado y el regreso en vacío;
e Vehículos cisternas de traslado de combustibles;
f Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de Centros Sanitarios, así como gases transportados a particulares para asistencia sanitaria y domiciliaria, en ambos casos cuando se acredite que se transportan a esos destinos;
g De transporte de medicinas.
Art. 3.- Comunicar a las Fuerzas de Seguridad, Cuerpos Policiales y Organismos de Control competentes, que deberán fiscalizar en forma extrema el cumplimiento de esta medida.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos a cargo del Despacho del Ministerio de Gobierno.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ. P. F. Verani.
oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 160.- 06-03-08.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Trece Mil $
13.000,00, a favor de la Municipalidad de El Bolsón, para ser destinado a otorgar subsidios personales a familias de la citada localidad que fueron afectadas por las inundaciones acontecidas durante el año 2004. El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de El Bolsón, y/o el Presidente del Concejo Deliberante a cargo del Poder Ejecutivo Sr. Juan Ignacio Trotta,C.U.I.L. Nº 20-16373922-5, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 194/76. Expte. Nº 17628-DA-2007.

DECRETO Nº 161.- 06-03-08.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Nueve Mil Seiscientos Cincuenta y Dos $ 9.652,00, a favor de la Municipalidad de Chimpay, para ser destinado a solventar los gastos que se ocasionaron con motivo de la realización de la Fiesta Provincial de la Cereza desarrollada durante los días 11 y 12 de enero del 2008 en dicha localidad. El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Chimpay, y/o su Intendente Sr. Héctor Hugo Funes, C.U.I.L. Nº 20-13332273-7, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 194/76. Expte. Nº 11080-DA-2008.
DECRETO Nº 162.- 06-03-08.- Designando a partir de la fecha del presente Decreto, a la Sra. Lamadrid, Mirta Susana DNI. Nº 16.638.560, en el cargo de Directora de Coordinación de Políticas Sociales Zona Alto Valle, dependiente de la Secretaría de Promoción y Desarrollo Social del Ministerio de Familia.
DECRETO Nº 163.- 12-03-08.- Rectificando el Artículo 3º del Decreto Nº 469 de fecha 28 de Diciembre de 2007, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3º.- La presente erogación será imputada a los créditos del Programa 29 Subprograma 00 - Actividad 02, Partida 572, Código de Financiamiento 34554, por la suma de Pesos Trescientos Mil $ 300.000,00, financiado con el aporte del Mtrio. del Interior de la Nación mediante Resolución Nº 2909/07 y Rectificatoria Nº 2945/07.
Expte. Nº 34214-G-07.
DECRETO Nº 164.- 12-03-08.- Adhiriendo a los festejos organizados con motivo de la celebración de un nuevo Aniversario de la localidad de General Enrique Godoy.
DECRETO Nº 167.- 12-03-08.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Diez Mil $
10.000,00, a favor de la Asociación Civil denominada Asociación Centro Tradicionalista El Fiador de la localidad de Luis Beltrán, destinado a cubrir parte de los gastos que ocasionará la organización de la XII Fiesta Provincial del Puestero y la Familia que se llevará a cabo el día 23
de marzo de 2008 en dicha localidad. El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Asociación Civil denominada Asociación Centro Tradicionalista El Fiador C.U.I.T.
Nº 30-70919688-6, de la localidad de Luis Beltrán, y/
o su Presidente Sr. Alberto Abel López, C.U.I.L. Nº 20-23520298-1, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 194/76.
Expte. Nº 11205-D-2008.
DECRETO Nº 175.- 18-03-08.- Encargando el Despacho del Mtrio. de Gobierno, entre los días 17 y 19 de Marzo del corriente año al Sr. Mtro. de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, Cdor. Pablo Federico Verani DNI. Nº 16.767.787.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/03/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date26/03/2008

Page count20

Edition count1916

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/07/2024

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