Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/03/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 17 de Marzo de 2008

Nº 4603

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO IL
EDICION DE 14 PAGINAS

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DE LA GOBERNACION
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 14

DECRETOS

DECRETO Nº 534
Viedma, 28 de diciembre de 2007.
Visto, el Expediente N 012206-SSF-06 del registro de Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Ley Provincial N 3.305, N 3.186 y N 4.147 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Provincial N 3.305 se ratifica el Convenio de Asistencia Financiera suscripto entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Río Negro, con el fin de otorgar una línea de créditos para la ejecución de obras;
Que la cláusula segunda del Convenio aprobado por la Ley Provincial anteriormente enunciada, establece que para perfeccionar la asistencia financiera, se debe acompañar la norma especifica que apruebe la ejecución de los proyectos específicos a cada proyecto;
Que en cumplimiento a la cláusula segunda, la Provincia de Río Negro ha suscripto el 14 de junio del año 2006, el Acta Compromiso entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional para financiar la obra de Ampliación y Remodelación de los Hospitales de las ciudades de Río Colorado y de Valcheta;
Que el monto del co-financiamiento asciende a la suma de pesos ocho millones $ 8.000.000,00, este monto no incluye la suma prevista para atender los gastos de auditoría y de administración de instrumentos Financieros;
Que durante el transcurro del mes de mayo del corriente año se firmó el mutuo definitivo correspondiente al primer tramo del financiamiento de la obra Ampliación y Remodelación del Hospital de Río Colorado, por un monto total de pesos dos millones cuatrocientos treinta y ocho mil ciento ochenta y ocho con sesenta y cinco centavos $ 2.438.188,65 del que debe ser aplicado a la ejecución de la obra la suma de pesos dos millones trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos setenta y siete con setenta y cuatro centavos $ 2.384.677,74 y la suma de pesos cincuenta y tres mil quinientos diez con noventa y un centavos $ 3.510,91 se aplicará al pago de gastos de auditoría y administración de instrumentos financieros fojas 101/108;
Que corresponde ratificar por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial los términos del mutuo definitivo indicado en el párrafo anterior;
Que por otra parte se convino con el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional - FFFIR, un segundo tramo de asistencia financiera para la obra antes mencionada por la suma de pesos tres millones seiscientos nueve mil seiscientos diez con setenta y ocho centavos $ 3.609.610,78 los que serán aplicados la suma de pesos tres millones quinientos veintiséis mil cuatrocientos veintitrés con noventa y ocho centavos $ 3.526.423,98 a la ejecución de la obra y la suma de pesos ochenta y tres mil ciento ochenta y seis con ochenta centavos $ 83.186,80
a gastos de auditoría y administración de instrumentos financieros Fojas 109/
121;
Que el monto indicado en el considerando anterior y que se debe aplicar a la ejecución de la obra, se conforma de la suma de pesos un millón seiscientos sesenta y un mil cuatrocientos ochenta y dos con ochenta y seis centavos $
1.661.482,86, con la que se cubre el noventa por ciento 90% del costo original de la obra, de conformidad con las prescripciones establecidas en el Decreto N 698
22/05/2007 del Poder Ejecutivo Provincial, y por la suma de pesos un millón ochocientos sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta y uno con doce centavos $ 1.864.941,12 que representa la suma de las redeterminaciones de precios estimadas por la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, según cuadro anexo obrante a fojas 96;
Que por todo lo expuesto y con la finalidad de iniciar los trámites relativos a la Ley de Responsabilidad Fiscal ante el Ministerio de Hacienda de la Nación, se hace necesario aprobar el Modelo de Mutuo correspondiente al segundo tramo del financiamiento otorgado por el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional - FFFIR;

Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en la Ley Provincial N
3.886 que adhirió en todos sus términos a la Ley Nacional de Responsabilidad Fiscal N 25.187;
Que el Art. 45 de la Ley Nº 4.147 de Presupuesto para el presente ejercicio, establece que el Poder Ejecutivo Provincial podrá realizar todas las gestiones necesarias para obtener financiamiento, conforme a los fines y los límites previstos en esta ley, afectando la coparticipación federal en los montos que correspondan al Tesoro Provincial o instrumentando la cesión fiduciaria de recursos propios, como garantía de las operaciones que se realicen con comunicación posterior a la Legislatura;
Que dicho préstamo será transferido por el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional a la Provincia de Río Negro, en un todo de acuerdo a las cláusulas del Convenio de Mutuo;
Que como garantía de dicho préstamo, se comprometen los fondos coparticipables que correspondan a la Provincia de Río Negro previsto en la Ley N 23.548 o el régimen que lo sustituya en el futuro;
Que por lo expuesto corresponde ratificar en todos sus términos el Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Río Negro;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 04597/
07;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N 3.305, el Artículo 181, Incisos 1 y 14 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1º - Ratificar el Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera suscripto entre Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, representado por el Sr. Presidente del Consejo de Administración, Dn. José Arturo Estabillo, y la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Gobernador, Dr. Miguel Angel Saiz, correspondiente al primer tramo del financiamiento de la obra de Ampliación y Remodelación del Hospital de Río Colorado, que como Anexo I
forma parte integrante del presente Decreto, y las condiciones financieras del mismo.Art. 2º - Aprobar el Modelo de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera a suscribirse entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, representado por el Sr. Presidente del Consejo de Administración, Dn. José Arturo Estabillo, y la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Gobernador, Dr.
Miguel Angel Saiz, correspondiente al segundo tramo del financiamiento de la obra de Ampliación y Remodelación del Hospital de Río Colorado, que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto y las condiciones financieras del mismo.Art. 3.- Afectar en garantía hasta la suma total del préstamo, los fondos que le correspondan a la Provincia de Río Negro, de acuerdo al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, Ley N 23.548, o el régimen legal que la sustituya en el futuro.Art. 4.- Autorizar a la Subsecretaría de Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a los fines del cumplimiento del presente Convenio.Art. 5.- Comunicar a la Legislatura de la Provincia de Río Negro.Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Art. 7.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. F. Verani.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/03/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date14/03/2008

Page count14

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

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