Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/08/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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desempeñar tareas inherentes a su profesión en la Secretaría de Seguridad y Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno;
Que las tareas a realizar por el mencionado profesional no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación del Señor Esteban OTERMIN, fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que la aptitud psicofísica del postulante, exigida por la normativa de riesgos de trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, de acuerdo a constancia agregada a fojas 35;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Dirección de Asuntos Legales, el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado a fojas 36 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno representado por su titular Señor Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N 14.853.721
y el Señor Esteban OTERMIN D.N.I. N 28.119.601, CUIL N 20-28119601-5, en la categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley N 1.844, a partir del 2 de mayo de 2007 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, para cumplir funciones inherentes a su profesión en la Secretaría de Seguridad y Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por el Señor Esteban OTERMIN, desde el 2 de mayo de 2007
y hasta la fecha del presente Decreto.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 13 del Agrupamiento Profesional de la Ley N
1.844.
Art. 4.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 11.00.00.01, Partidas 121 $
8.703,00, 123 $ 1.342,80, 124 $ 1.032,62, 125 $ 558,44, 126 $ 7.410,60 y 127 $ 384,00 para atender las erogaciones resultantes.
Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular Señor Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N 14.853.721 con domicilio legal en la calle Laprida N 212, de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO y por la otra el Dr. Esteban OTERMIN, D.N.I. N 28.119.601, CUT. N
20-28119601-5, quien posee título de Procurador y Abogado con domicilio en calle Bernal N 440 de esta ciudad, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

BOLETIN OFICIAL N 4545
PRIMERA: EL CONTRATADO cumplirá funciones inherentes a su profesión en la Secretaría de Seguridad y Justicia dependiente del Ministerio de Gobierno, en la categoría 10 Agrupamiento Profesional Ley N
1844.
SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 13 del Agrupamiento Profesional de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: título, salario familiar y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 2 de mayo de 2007 y hasta el 31 de diciembre del mismo año.CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.QUINTA: El CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley N
3487 Capítulo IX y Acta N 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.SEXTA: La retribución de El CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del I.PRO. S. S. y sus modificatorias.SEPTIMA: El CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El ORGANISMO
comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.OCTAVA: Las partes podrán rescindir el presente contrato, sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.oOo DECRETO Nº 908
Viedma, 25 de julio de 2007.Visto, el Expediente N 14.479-G-2006 del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita el Contrato de Locación de Servicios - mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3.238 - del Señor Edgardo Osvaldo BETANCURT D.N.I. N 18.397.713, CUIL N
20-18397713-0, para cumplir tareas en la Escribanía General de Gobierno dependiente del Ministro de Gobierno, Jurisdicción 17 Programa 25.00.00.01;
Que las tareas a realizar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación del Señor Edgardo Osvaldo BETANCURT fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3.487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;

Viedma, 27 de Agosto del 2007
Que la aptitud psicofísica del postulante, exigida por la normativa de riesgos del trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, de acuerdo al Examen Preocupacional agregado a fojas 34;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control. la Asesoría Legal, el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado a fojas 44 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular Sr. Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N 14.853.721
y el Sr. Edgardo Osvaldo BETANCURT D.N.I. N
18.397.713, Cuil N 20-18397713-0, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre del 2007, para cumplir tareas en la Escribanía General de Gobierno dependiente del Ministro de Gobierno.
Art. 2.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los Servicios equivalente a la categoría 3 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N 1.844.Art. 3.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 25.00.00.01, Partidas 121 $
4.328,00, 123 $ 666,67, 124 $ 513,52, 125 $ 277,71, 126 $ 3.672,00 y 127 $ 214,04, Código de Recursos 10
Rentas Generales, para atender las erogaciones resultantes.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular Sr. Pedro Iván LAZZERI, D.N.I. N 14.853.721, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO y el Sr. Edgardo Osvaldo BETANCURT, D.N.I. N 18.3973713, Cuil N 20-18397713-0 con domicilio en Mitre N 840 de esta ciudad, por la otra, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL CONTRATADO cumplirá funciones como cadete en la Escribanía General de Gobierno dependiente del Ministerio de Gobierno.
SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: salario familiar y las demás que pudieran corresponderle.
TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2007.CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.QUINTA: El CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley 3487
Capítulo IX y Acta N 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/08/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date27/08/2007

Page count28

Edition count1915

Première édition03/01/2002

Dernière édition26/06/2024

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