Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/09/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Septiembre del 2004
DECRETO Nº 1024.- 07-09-04.- Creando una vacante Agrupamiento Profesional B Grado I, de la Ley N
1904, en el Programa 44.14.00.00.01, del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Asistencial, Categoría 3, de la Ley N 1844. Reubicándose a partir de la fecha del presente Decreto a la Señora Adelina HENRIQUEZ, D.N.I. N 22.210.831 Legajo 658126/9 en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en Ley N 1904 y el artículo 3 del Decreto Ley N 1/99. Expte. Nº 122171-S-04.DECRETO Nº 1025.- 07-09-04.- Creando una vacante en el Agrupamiento Profesional Enfermera B Grado I de la Ley N 1904, en el Programa 44.14.00.00.01, del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 4, de la Ley N 1844. Reubicándose a partir de la fecha del presente Decreto a la Señora Mirta Mabel LOPEZ, D.N.I. N 21.384.596 - Legajo 657406/8 en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en la Ley N 1904 y el artículo N 3 del Decreto Ley N 1/99. Expte. Nº 51225-S-04.DECRETO Nº 1026.- 07-09-04.- Otorgando en los términos de las Leyes Provinciales Nros. 168 y sus modificatorias y 3695 y modificatoria, a partir del 08/06/04, una 1 Pensión Graciable Vitalicia a favor del Sr. Oscar Horacio GONZALEZ ANTUNES
C.U.I.L. Nro. 20-10529743-3, quien prestó servicios en la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Carlos de Bariloche Personería Jurídica otorgada por Decreto Provincial Nro. 841/58. En forma mensual, a través de la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno, se girara al beneficiario el monto fijado por el Articulo 1 de la Ley N 3091 modificatoria de la Ley N 168.
Expte. Nº 008293-G-04.DECRETO Nº 1027.- 07-09-04.- Otorgando en los términos de las Leyes Provinciales Nros. 168 y sus modificatorias y 3695 y modificatoria, a partir del 03/06/04, una 1 Pensión Graciable Vitalicia a favor de los Sres. Bruno MAIER C.U.I.L. Nro. 2004574541-5 y Paul Robert PITTE C.U.I.L. Nro.
20-92334140-5; quienes prestaron servicios en la Junta Vecinal Parque Melipal Personería Jurídica otorgada por Decreto Provincial Nro. 716/72. En forma mensual, a través de la Dirección de Administración del Ministerio de Gobierno, se girara a los beneficiarios el monto fijado por el Artículo 1
de la Ley N 3091 modificatoria de la Ley N 168.
Expte. Nº 008276-G-04.oOo
RESOLUCION

Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
Resolución Nº 879
Expte. N 108225-DH-98.
Viedma, 12 de julio del 2004.
Visto el Expediente de referencia, por el que se tramita solicitud de uso de agua pública para riego desde un canal que deriva agua desde la margen derecha del Arroyo Los Repollos, Mallín Ahogado, y CONSIDERANDO:
Que inicia las actuaciones el Sr. Alfredo LEIBRECHT, propietario de una fracción de tierra identificada catastralmente como DC 20 - 1 180590, Lote 99 - Sección IX - Mallín Ahogado, Departamento Bariloche, solicitando utilizar aguas de un canal que deriva agua desde la margen derecha del Arroyo Los Repollos, con destino a riego agrícola de una superEicie neta de 60,00 hectáreas;
Que del análisis de usos presentes de agua pública de las fuentes involucradas, resulta factible afectar los caudales solicitados de captación desde un canal que deriva agua desde la margen derecha del Arroyo Los Repollos por gravedad, de 60 l/seg. para servir el Lote antes detallado;

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BOLETIN OFICIAL N 4237
Que habiéndose cumplido la publicación edictal correspondiente, según artículo 31 del Código de Aguas, no se dedujo oposición alguna conf. Constancias fs. 19
- 23;
Que la presente halla sustento legal en los Artículos 22 inciso b3, 35 y 260 del Código de Aguas;
Que ha tomado debida intervención la Fiscalía de Estado;
Por ello El Superintendente General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la autorización de uso de agua pública en favor de Alfredo LEIBRECHT, con domicilio en Establecimiento "E1 Torreón" - Mallín Ahogado - El Bolsón, con fines de riego agrícola del Establecimiento identificado catastralmente como DC 20-1-180590, Lote 99 - Sección IX - Mallín Ahogado, Departamento Bariloche en la Provincia de Río Negro.
Artículo 2.- Las fuentes de abastecimiento del caudal de derivación de 60 l/seg., será un canal que deriva agua desde la margen derecha del Arroyo Los Repollos por gravedad.
Artículo 3.- El derecho de uso de agua será a partir del presente acto, inseparable de los derechos de propiedad sobre el inmueble conforme al artículo 27
de la Ley N 2952.
Artículo 4.- Si llegara a subdividirse, en forma parcial o total el inmueble beneficiado con esta autorización, se deslindarán los nuevos lotes en forma racional desde el punto de vista de la distribución del riego, afectándose las servidumbres correspondientes para las conducciones de riego y desage. La superficie mínima de los lotes no será inferior, en ningún caso, a la de la unidad económica para explotación agrícola bajo riego; esta evaluación será efectuada por Organismo Oficial competente y la subdivisión aprobada por el Departamento Provincial de Aguas a los efectos de la continuidad de la autorización.
Artículo 5.- La transferencia de toda fracción del inmueble comprendido por esta autorización, obliga al autorizado y cesionario recíproca y respectivamente a:
a Proveer y asegurar las obras necesarias para el riego de la fracción vendida, se entiende el agua en la cabecera de dicha fracción.
b Transferir los derechos de propiedad sobre la obra construida en la proporción correspondiente.
c Establecer y aceptar las servidumbres de acueducto y desage, para otras fracciones del mismo inmueble.
d No entorpecer ni impedir la conducción o el escurrimiento de las aguas.
e Establecer un consorcio entre los usuarios, que administre y conserve los servicios de riego, siempre y cuando el Departamento Provincial de Aguas considere técnica y económicamente factible su formación conforme al Libro II, Título IV del Código de Aguas.
f El cesionario queda obligado a cumplir y observar todas las condiciones establecidas en la autorización.
Artículo 6.- La transferencia de derechos de propiedad sobre todo o parte del inmueble afectado por la autorización, deberá ser previamente autorizada por el Departamento Provincial de Aguas en lo que hace a los derechos de la autorización otorgada. Se deberá ubicar en plano de mensura la fracción a transferir, consignando: nombre y domicilio del cesionario, la superficie y el área regada o dominada que se transfiere y la forma en que se presta el servicio de riego. Mientras el Departamento Provincial de Aguas no le dé intervención y disponga la reasignación de derechos y obligaciones de uso de agua al nuevo titular del dominio, éste se considerará clandestino y sujeto a las penalidades correspondientes.
Artículo 7.- El autorizado no podrá ampliar ni modificar las obras aprobadas, sin previo conocimiento y autorización del Departamento Provincial de Aguas.

Artículo 8.- Toda norma modificatoria que en lo sucesivo se dicte en materia de tutela, administración y política de Agua Pública y su uso y goce por personas particulares, debe ser observada por el titular de la autorización y cumplida en lo que se oponga a la presente.
Artículo 9.- La autorización podrá ser restringida temporariamente, a juicio exclusivo del Departamento Provincial de Aguas, cuando lo considere necesario por razones de interés general o cuando se registren disminuciones del caudal de agua disponible, en los términos del artículo 41 del Código de Aguas.
Artículo 10.-La liquidación de regalías a abonar por el beneficiario, se hará conforme a lo dispuesto por Resoluciones Nros. 402/04 y 403/04 y modificatorias.
Artículo 11.- Sin perjuicio de las causales de extinción previstos en el artículo 47 del Código de Aguas, en los casos siguientes y a juicio exclusivo del Departamento Provincial de Aguas, se producirá la caducidad de la autorización:
a En caso de modificarse el destino para la que fue otorgada.
b Por falta de pago de tres o más liquidaciones consecutivas o cuatro discontinuas de la regalía establecida.
c Por incumplimiento de las condiciones esenciales de la derivación y utilización o cesión total o parcial sin consentimiento expreso del otorgante.
d En general, ante el incumplimiento de los términos y obligaciones impuestas por el artículo 42 y concordantes del Código de Aguas y los que surgieran de la presente.
Artículo 12.- El titular de la autorización deberá dar cumplimiento a las normas vigentes sobre Control de Calidad y Protección de los Recursos Hídricos Provinciales contenido en el Libro Tercero del Código de Aguas y sus Reglamentaciones.
Artículo 13.- En todos los demás aspectos que excedan el marco de la autorización de uso y se encuentren dentro de las facultades previstas en el Código de Aguas, en especial los artículos 16, 258, 260 y concordantes, el Departamento Provincial de Aguas tomará la intervención que corresponda.
Artículo 14.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al solicitante y a la Delegación de Aguas de El Bolsón, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Horacio Raúl Collado.oOo
LICITACIONES

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS
Licitación Pública Nº 15-04
- Segundo Llamado Por la adquisición de Insumos de Computación, con destino a la Dirección General de Administración del Ministerio de la Familia.
Apertura: 20-09-04 - Hora: 10,00.Pliegos y Consultas: En la Dirección General de Suministros de la Provincia de Río Negro, sita en la calle Alvaro Barros 641, Tel-Fax 02920 423653.
E-mail:dirsuministros@economía.rionegro.gov.ar Viedma - Río Negro.
oOo Provincia de Río Negro Superior Tribunal de Justicia ADMINISTRACION GENERAL
Licitación Pública Nº 06/04
Objeto: Adquisición de equipos de computación, impresoras e insumos, destinados a las cuatro Circunscripciones Judiciales, de la Provincia de Río Negro.
Lugar de Apertura: Departamento Compras y Suministros de la Administración General del Poder Judicial - Laprida 292 - Viedma - Río Negro.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/09/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date17/09/2004

Page count18

Edition count1923

Première édition03/01/2002

Dernière édition25/07/2024

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