Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/09/2004

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Septiembre del 2004

Nº 4237

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLV
EDICION DE 18 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 18

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO Nº 1013
Viedma, 07 de Septiembre de 2.004.
Visto el expediente N 84917-DA-2.004, del registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se declaró Emergencia Agropecuaria en los departamentos de Adolfo Alsina y Conesa, mediante el Decreto Provincial N 851/04, de fecha 30 de Julio de 2.004;
Que el Decreto Nacional N 581 /97, reglamentario de la Ley N 22913 de Emergencia Agropecuaria, en su Artículo 10 inc. c estipula que El correspondiente Decreto Provincial no podrá determinar el inicio de la Declaración de Emergencia o Desastre Agropecuario con una antelación mayor a los noventa días de su dictado
Que el Decreto Provincial N 851/04, en su Artículo 2, declara la Emergencia Agropecuaria a partir del 1
de mayo del 2004;
Que corresponde ajustar los plazos de Emergencia de acuerdo a las reglamentaciones vigentes anteriormente mencionadas;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 92535;
Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 inc.1 de la Constitución Provincial;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Sustitúyase el Artículo 2 del Decreto N 851/04, el que quedará redactado del siguiente modo:
"La presente declaración se extenderá por un año a partir del 5 de mayo del 2.004 hasta el 5 de mayo del 2.005;
Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Producción.
3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín oficial y archívese.SAIZ.- J. M. Accatino oOo DECRETO Nº 1014
Viedma, 07 de Septiembre de 2.004.
Visto el expediente Nº 123.904-S-03 del registro interno de la Ex-Secretaría de Estado de Salud, dependiente del Ex-Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el reconocimiento de pago por Legítimo Abono de la deuda con la firmas Saneamiento Urbano Bariloche S.A., Zavecom Sociedad de Responsabilidad Limitada U.T.E. C.U.I.T Nº 3068961972-6, Zavecom Sociedad de Responsabilidad Limitada C.U.I.T. Nº 30-67277584-8 y Saneamiento
Urbano Bariloche S.A. C.U.I.T. Nº 30-67303094-3, en concepto de servicios de recolección, transporte y tratamiento de residuos patógenos de los distintos Hospitales de la Provincia, durante el período, 1999/
2000/2001 y 2002;
Que a tal efecto se dictó la Resolución Nº 402/04
del Ministerio de Salud, creando la Comisión Técnica Especial de Evaluación que determinó por Acta obrante a fs. 173 y planillas complementarias de fs. 174 a 177, sobre la razonabilidad del monto a pagar y constató que los servicios que originaron la deuda fueron efectivamente recepcionados por distintos hospitales, dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia, durante períodos 1999/2002, actuando en el marco establecido por el Artículo 90º apartado I, incisos a y c del Reglamento de Contrataciones de la Provincia, aprobado por Decreto Nº 188/04;
Que el funcionario que dispone la ejecución del gasto informa a fs. 172, sobre las razones del procedimiento utilizado conforme al Artículo 90º punto 1 inciso b del Reglamento de Contrataciones del Estado, Decreto Nº 188/04;
Que habiéndose acreditado la efectiva recepción de los servicios, corresponde el reconocimiento mediante el instituto legal del Legítimo Abono, sin perjuicio de las acciones posteriores que correspondieren, por incumplimiento de las normas vigentes sobre el particular Que han tomado intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 92036;
Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181º inc.1º de la Constitución Provincial;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Declárase de Legítimo Abono la deuda contraída con las firmas Saneamiento Urbano Bariloche S.A., Zavecom Sociedad de Responsabilidad Limitada U.T.E. C.U.I.T Nº 30-68961972-6 Por la suma de Pesos Ochenta y Dos Mil Quinientos Noventa con Veinte Centavos $ 82.590,20 Zavecom Sociedad de Responsabilidad Limitada C.U.I.T. Nº 30-67277584-8
Por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Ocho con Cincuenta y Siete Centavos $
45.638,57 y Saneamiento Urbano Bariloche S.A.
C.U.I.T. Nº 30-67303094-3 Por la suma de Pesos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con Cincuenta y Tres Centavos $ 46.456,53, lo que hace un total de Pesos Ciento Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Cinco con Treinta Centavos $ 174.685,30, en concepto de servicios de recolección, transporte y tratamiento de residuos patógenos de los distintos Hospitales de la Provincia, durante el período 1999/
2000/2001 y 2002;

Art. 2º.- Ratifícase la designación de la Comisión Técnica Especial creada por Resolución Nº 402/04, del Ministerio de Salud.
Art. 3º.- Procédase a registrar el gasto de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 3186 y reglamentos respectivos a favor de las firmas Saneamiento Urbano Bariloche S.A., Zavecom Sociedad de Responsabilidad Limitada U.T.E.
C.U.I.T Nº 30-68961972-6 Por la suma de Pesos Ochenta y Dos Mil Quinientos Noventa con Veinte Centavos $
82.590,20 Zavecom Sociedad de Responsabilidad Limitada C.U.I.T. Nº 30-67277584-8 Por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Ocho con Cincuenta y Siete Centavos $ 45.638,57 y Saneamiento Urbano Bariloche S.A. C.U.I.T. Nº 3067303094-3 Por la suma de Pesos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con Cincuenta y Tres Centavos $ 46.456,53, lo que hace un total de Pesos Ciento Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Cinco con Treinta Centavos $ 174.685,30, en la Jurisdicción del Consejo Provincial de Salud Pública.
Art. 4º.- Por la Tesorería del Consejo Provincial de Salud Pública abonar a los acreedores, lo mencionado en el Artículo anterior.
Art. 5º.- Cumplida la etapa de pago remítase el presente expediente al Tribunal de Cuentas, para su intervención.
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Salud.
Art. 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial SAIZ.- Francisco J. A. Buzzo Rozes.oOo DECRETO Nº 1028
Viedma, 07 de Septiembre de 2.004.
Visto el Expediente N 21424-SCA-SLTyAL-2004
del registro del Ministerio de Coordinación, lo dispuesto en el Artículo 26 de la Constitución Provincial, la Ley Provincial N 1829, y;
CONSIDERANDO:
Que la creciente complejidad de las acciones humanas, la aceleración de los cambios sociales, políticos y económicos, el avance de los conocimientos y la incidencia de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han dado lugar a un proceso de transformación social caracterizado por la producción de masiva, compleja y heterogénea información desde distintas fuentes;
Que una de las garantías de la vida democrática es la justa distribución de la información que se produce en el seno de la sociedad y, en particular, en el ámbito público;
Que las transformaciones señaladas y el concepto precedente imponen al estado moderno la necesidad de adecuarse responsablemente al nuevo paradigma tecnológico por una parte, y la obligación de ofrecer un único sistema ordenado e integrado de información permanentemente actualizada, por otra;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/09/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date17/09/2004

Page count18

Edition count1918

Première édition03/01/2002

Dernière édition08/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2004>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930