Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/02/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Febrero del 2004

Nº 4178

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLV
EDICION DE 18 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 18

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO Nº 68
Viedma, 30 de enero del 2004.
Visto, el Expte. N 010720-APC-03- del registro de la Agencia Provincial para el Desarrollo Económico Rionegrino-CREAR; y CONSIDERANDO:
Que el mismo tramita un pedido de aporte no reintegrable formulado por la Cámara Argentina de Fruticultores Integrados de la Patagonia CAFI, con el objeto de financiar parcialmente su participación en la Feria FRUITLOGISTICA a desarrollarse en Berlín, Alemania, entre los días 5 al 7 de febrero de 2004;
Que la Agencia Provincial para el Desarrollo Económico Rionegrino-CREAR, ha efectuado requerimientos ante los organismos competentes a favor que se incluya, en el calendario de participantes a CAFI, para integrar el pabellón nacional de representación de la Fundación Export. Ar. en la Feria Fruitlogística de Alemania, para próximos eventos a desarrollarse a partir de 2004, fundado en la gran importancia que tiene el evento para el sector frutícola, habida cuenta que en el lugar se concentra la mayoría del sector exportador de Europa del Este y algunos países de Asia Occidental;
Que precisamente lo expresado precedentemente se efectuó ante un pedido formulado por la Cámara de Fruticultores, que en esta instancia solicita el apoyo económico, destinado a solventar parcialmente los gastos que conlleva su participación en la Feria, integrando así, el pabellón de Argentina en los stand de la Fundación Export. Ar.;
Que la participación de la Cámara en este evento, significa para la exportación frutícola territorial un excelente centro de comunicación directa con los compradores de frutas, permitiendo reflejar el cuidado tratamiento brindado desde el proceso de producción de la fruta, el eslabón de selección, empaque y conservación, hacer conocer las beneficiosas condiciones climáticas de la zona patagónica, libre de plagas, con producción no contaminados, por ser la Feria Monográfica Internacional para el marketing de frutas y verduras de Berlín, una de las más importantes del mundo, que concentra los importadores de toda Europa y parte de Asia;
Que en este sentido la Cámara representa a los actores directos de la fruticultura rionegrina teniendo el conocimiento y especialización de las características de producción, representando la dinámica económica, social e institucional, pudiendo determinar las condiciones y acciones más oportunas, por lo tanto deben ser involucrados de modo de concertar y conducir la promoción y comercialización de sus productos;
Que el pedido de apoyo económico ha ingresado a la Agencia Provincial para el Desarrollo Económico Rionegrino, a través de la presentación efectuada por CAFI, para tratamiento en reunión de Directorio del 05 de diciembre de 2003, que atento las funciones que le son propias por aplicación de la Ley 3464 y su Decreto Reglamentario N 1204/01, luego de efectuadas las consideraciones de forma han estimado la conveniencia de acordar una suma aproximada al 50% del gasto que conlleva la participación de la Entidad en el evento, suma ésta estimada en 900 C, debiendo abonarse su equivalente en pesos, calculados para el caso en pesos tres con 69/100 por EURO, constituyéndose en la suma total de pesos tres mil trescientos veinticinco $ 3.325,00;
Que el cambio del plan económico nacional operado a través de la liberalidad del valor de la moneda, refleja una expectativa muy favorable para la comercialización de la producción frutícola rionegrina, permitiendo razonables condiciones de competitividad en el mercado europeo, por lo que el Estado Provincial considera oportuno contar con un stand con presentación y degustación de productos y participación de la delegación en rondas de negocios, representando así el principal sector frutícola asociado de Río Negro;

Que el Presupuesto General de Gastos vigente de la Agencia Provincial, prevé efectuar aportes no reintegrables como el requerido;
Que la Institución solicitante cuenta con Personería Jurídica Provincial autorizada por Decreto N 1.569 del 11 de Julio de 1988, habiéndose agregado al expediente a fs. 46/7, la documentación extendida por la Dirección General de Personas Jurídicas de la Provincia, que acredita su regularidad en la situación de la Institución recurrente;
Que del acta de tratamiento de la Institución solicitante, registrada bajo n 1198
del 09 de diciembre de 2003, en su Punto Séptimo, inc. d, surge que serán responsables de la recepción, administración, inversión y rendición del beneficio el señor Presidente D. Roberto Garrido, Cuit 23-07575253-9 y el Sr. Secretario, Lic.
Miguel Ángel Miquel, Cuit 20-06898337-2, en los términos de los Decretos n 194/76 y 051/78;
Que ha fs. 57 se halla agregado el dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Producción y la Fiscalía de Estado emitió Vista N 88673, glosada a fs. 60, por lo que nada obsta para proceder a acordar el apoyo requerido, con carácter de aporte no reintegrable, aplicando la Ley n 3464, Decreto Reglamentario n 1204/01, el Estatuto de la Agencia Provincial para el Desarrollo Económico Rionegrino, Art.
5, inc. b, del Reglamento Interno de Funcionamiento del Directorio y el Art. 21
del Reglamento Interno de Administración Financiera de la Agencia Provincial;
Que el presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 181 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otorgar un aporte no reintegrable a la Cámara Argentina de Fruticultores Integrados, Cuit Nº 30-52552344-2, por la suma de pesos tres mil trescientos veinticinco $ 3.325,00, destinado a solventar parcialmente la participación de la misma, en la Feria FRUITLOGISTICA a desarrollarse en Berlín, Alemania, entre los días 5 al 7 de febrero de 2004.
Art. 2.- La recepción y rendición del aporte otorgado por el artículo primero será efectuada por el señor Presidente, D. Roberto Garrido, Cuit 23-07575253-9, y Secretario, Lic. Miguel Ángel Miquel, Cuit. 20-06898337-2.
Art. 3.- Comprometer los créditos y devengar el gasto de la Jurisdicción 56, del Presupuesto General de Gastos vigente, según el siguiente detalle:

Prog.
11

Subp. Proy. A/O Part. Denominación 00

00

01

517 Trans. Inst. s/lucro
Fte.
Fto. Recurso Cuenta 10

Importe
11273 1012888/7 $ 3.325,00

Art. 4.- Ordenar el pago y por Tesorería General de la Provincia, proceder a abonar a la Cámara Argentina de Fruticultores Integrados, CUIT N 30-525523442, transfiriendo a favor del Presidente D. Roberto Garrido, Cuit 2307575253-9 y Secretario, Lic. Miguel Ángel Miquel, Cuit, 20-06898337-2, CBU
3170010605100003972537, Cuenta N 010-005-00000397253, del Banco Patagonia Sudameris, Sucursal Cipolletti, la suma de pesos tres mil trescientos veinticinco $ 3.325,00, debitando el importe de la Cuenta n 1012888/7 - Agencia Provincial para el Desarrollo Económico Rionegrino - CREAR, Banco Patagonia Sudameris -ViedmaArt. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Producción.
Art. 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- J. M. Accatino.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/02/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date23/02/2004

Page count18

Edition count1921

Première édition03/01/2002

Dernière édition18/07/2024

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