Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/10/2003

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 30 de Octubre del 2003

Nº 4145

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLIV
EDICION DE 22 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETO

DECRETO Nº 1229
Viedma, 28 de noviembre del 2002.Visto: el Expte. N 105.587-MG-01 del registro de la Secretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la Remodelación y Refacción del Pabellón de Autodisciplina de la Alcaidía de San Carlos de Bariloche;
Que dichas obras revisten carácter de urgencia en virtud del estado de deterioro de las instalaciones y de la importante población que alojan;
Que ello hace que se susciten permanentes inconvenientes entre los Internos/policías, produciéndose situaciones difíciles de sostener y grandes conflictos de convivencia por el mismo hacinamiento, producto también de que están alojados tanto procesados como condenados con diferentes causas judiciales;
Que en este contexto, en forma permanente se deben responder Oficios Judiciales e Intimaciones, tal como se desprende en antecedentes agregados en autos de fojas 19 a 98;
Que por la situación planteada, el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y el Poder Legislativo realizaron recientemente una visita a la Alcaidía de San Carlos de Bariloche, y como resultado de la misma resolvieron la inmediata realización de las obras que se preveían ejecutar en el mencionado Pabellón de dicha dependencia carcelaria para lo cual instruyeron al Subsecretario de Obras Públicas para realizar las gestiones tendientes a concretar dicha Obra;
Que el presente trámite reviste carácter de excepcionalidad en cuánto a la realización de la misma y procedimientos a aplicar;
Que se hace necesario facultar al Ministerio de Economía a ejecutar todos los actos administrativos tendientes a efectivizar el trámite, objeto de estas actuaciones, por la premura antes invocada;
Que por Resolución N 251/02, se aprobaron el Presupuesto Oficial y las Documentación Técnica para la ejecución de la Obra ut supra mencionada;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control correspondientes;
Que el presente trámite se encuadra en el Artículo 9 Inciso d de la ley 286 de Obras Públicas y en Artículo 87, inciso a de la Ley 3186;
Que el presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por el Art. 181 de la Constitución Pcial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Autorizar a contratar en forma directa las Obras de Remodelación y Refacción de la Alcaidía de San Carlos de Bariloche, en un todo de acuerdo a lo expresado en los Considerandos que preceden y antecedentes obrantes en el Expediente de la referencia.

Art. 2.- Facultar al Mtrio de Economía a realizar todos los actos Administrativos tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 1 del presente Decreto.
Art. 3 - El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Gobierno y de Economía.
Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial, cumplido archívese.
VERANI.- E. J. Rodrigo.- J. L. Rodríguez oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 237.- 20-03-02.- Transfiriendo a partir de la fecha del presente Decreto, al Oficial Ispector, Dr. Guillermo Eduardo Jáuregui, D.N.I. N
13.424.270, Agrupamiento Profesional, Escalafón Sanidad, Legajo 7675, Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Gobierno a la Dirección de Ganadería, dependiente del Ministerio de Economía, modificándose su situación de revista presupuestaria. Expte. Nº 01265-G-01.DECRETO Nº 279.- 08-04-02.- Designando a partir del 2 de abril de 2.002 al Ing. Agr. Carlos Luis Moyano DNI N 8.442.652 en el cargo de Director de Bosques dependiente de la Secretaría de Estado de Producción en el ámbito del Ministerio de Economía.
DECRETO Nº 718.- 30-07-02.- Haciendo lugar al Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Mónica Matilde MARTINEZ, declarando la nulidad de la Disposición N 130/01 del Tribunal de Revisión de Nivel Primario. Expte. Nº 96323-DGA-SLTyAL01.oOo
RESOLUCION

Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL
DE AGUAS
Resolución Nº 1087
Expediente Nº 72548-DGRH-02
Viedma, 26 de setiembre del 2003.
Visto, el expediente de referencia, caratulado "Autorización de uso de agua pública para riego agrícola - Zona de influencia Consorcio Cipolletti Ley N
3465", y CONSIDERANDO:
Que la referida Ley estableció un procedimiento simplificado a los efectos de que el Organismo otorgue las autorizaciones administrativas de uso de agua pública con destino a riego agrícola en los casos comprendidos en el art. 20 inc. b del Código de Aguas que no hubieran realizado, dentro del plazo correspondiente, la presentación prescripta por el art. 21 del mismo cuerpo normativo, pero que se encuentren registrados en los padrones de usuarios regantes;

Que en el área bajo riego de la zona de Cipolletti, el servicio respectivo se encuentra a cargo del "Consorcio de Riego y Drenaje de Cipolletti", cuyo padrón oficial se encuentra agregado a fs. 25/45;
Que se ha cumplimentado en autos con el procedimiento prescripto por el art. 4 de la Ley N 3465, en particular las publicaciones por dos veces en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro fs. 55/58 por los cuales se dio publicidad a los registros oficiales, poniéndolos a disposición de los interesados;
Que a fs. 61 obra nota del Delegado Regional Zona Alto Valle, la cual informa que no se han registrado presentaciones en los términos del art. 5 de la Ley N
3465 y de la Resolución N 748/02 en ninguno de los lugares donde fueron expuestas;
Que consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo de otorgamiento, a tenor de lo normado por el art. 5 de la Ley N 3465 y arts. 22 b 3; 35 y 260
del Código de Aguas - Ley 2952.
Por ello, El Intendente General de Hidráulica y Riego a/c.
de la Superintendencia General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar las autorizaciones administrativas de uso de agua pública con fines de riego agrícola, en favor de las personas físicas o jurídicas comprendidas en el área del "Consorcio de Riego y Drenaje de Cipolletti", conforme al detalle que como Anexo I se agrega y pasa a formar parte de la presente.
Art. 2.- La fuente de abastecimiento de los distintos usuarios la constituye el Canal Principal del Sistema de Riego Alto Valle, que deriva sus aguas desde el río Neuquén. El caudal máximo de explotación para cada usuario es el determinado en el Anexo I referido en el artículo precedente.
Art. 3.- Los derechos de uso de agua serán a partir del presente acto, inseparables de los derechos de propiedad sobre el inmueble, a tenor de lo normado por el art. 27 de la Ley N 2952.
Art. 4.- La liquidación de regalías a abonar por los beneficiarios, se hará conforme a lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 528/02 y 675/03 y modificatorias.
Art. 5.- Las autorizaciones se otorgan exclusivamente con el destino previsto en el artículo 1
y quedarán sujetas a lo preceptuado por el Código de Aguas y sus normas reglamentarias y concordantes.
Art. 6.- Toda norma modificatoria que en lo sucesivo se dicte en materia de tutela, administración y policía de agua pública y su uso y goce por las personas particulares, debe ser observada por los titulares de las autorizaciones y cumplida en lo que se oponga a la presente.
Art. 7.- Las autorizaciones podrán ser restringidas temporariamente, a juicio exclusivo del Departamento Provincial de Aguas, cuando considere necesario por razones de interés general, cuando se registren disminuciones del caudal de agua disponible o se produzcan alteraciones en su calidad, en los términos del artículo 41 del Código de Aguas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/10/2003

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date29/10/2003

Page count22

Edition count1925

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2003>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031