Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2008 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 18 de Junio de 2008

4

SECCIÓN:

AÑO XCVI - TOMO DXXI - Nº 114
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 18

DE JUNIO DE 2008

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar
OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
DIRECCIÓN DE POLICIA FISCAL
ÁREA DETERMINACIONES - TÉCNICO LEGAL
RESOLUCIÓN Nº PFM 229/2008 - Córdoba, 28 de Mayo de 2008 - VISTO, este expediente Nº 0562-059011/2008, resulta que atento a la comisión de la infracción de incumplimiento a los Deberes Formales - Art. 37 inc. 5 y Art. 61 C.T.P., de la firma contribuyente NEGRI CESAR
ORESTES Y PUCHETA ARMANDO MIGUEL S.H., inscripto en el ISIB bajo el Nº 270-716938, con CUIT Nº 30-71029938-9 y con domicilio tributario en Avda. San Martín Nº 4950 - Bº San Miguel - de la Localidad de UnquilloDpto. Colón - Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 03/03/08; y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DÍAS, para que la parte ejerza su derecho de defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho -Art. 72 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2004 y modif.- la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Cabe resaltar que la notificación del sumario que origina la presente resolución fue realizado según lo previsto en el Art. 54
C.T.P. y Art. 54 y 58 Ley procedimiento Administrativo N 6658 y modificatorias, siendo publicada hasta el día 25/04/08 en el Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba.- Que el Art. 61 expresa "El incumplimiento de los deberes formales establecidos en este Código, en Leyes Tributarias Especiales, en decretos reglamentarios, en resoluciones de la Dirección y en toda otra norma de cumplimiento obligatorio, constituye infracción que será sancionada con multas ".- Que el Art. 37 inc. 5 del C.T.P. establece "Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles". En el caso en cuestión, el contribuyente no cumplimentó el Requerimiento de Información OCD Nº 047132 de fecha 09/
01/2008, dentro del plazo que éste acordaba para hacerlo.- Que la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción al Contribuyente de referencia con una Multa por infracción a los Deberes Formales que en esta instancia se gradúa en la Suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA $ 250,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta lo estatuido por el Art. 61 C.T.P. Ley 6006 t.o.
2004 y modif. y los topes mínimos y máximos establecidos por la Ley Impositiva Anual Vigente.Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 72 del ya mencionado texto legal y las facultades delegadas por la Ley Nº 9187/2004, EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE
POLICÍA FISCAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma contribuyente NEGRI CESAR
ORESTES Y PUCHETA ARMANDO MIGUEL S.H. una multa de PESOS DOSCIENTOS
CINCUENTA $ 250,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el Art. 61 y 37 inc. 5º del Código Tributario de la Provincia. - Ley 6006 t.o. 2004
y Modificatorias.- ARTICULO 2º.- DECLARAR al contribuyente obligado al pago del sellado de actuación - Libro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2004 y modif. y sellado postal - Art. 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6658 y modif., el que asciende a la suma de PESOS VEINTE $ 20,00, conforme a los valores fijados por la Ley impositiva vigente.ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DÍAS de notificada la presente. abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la entidad bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera Indarte N 742 - 1º Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de ésta Ciudad, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO
4º.- PROTOCOLÍCESE y NOTIFÍQUESE con remisión de copia autenticada.CEDULA DE NOTIFICACIÓN - Córdoba, 02 de Junio de 2008 - EXPTE N 0562-059011/2008
- NEGRI CESAR ORESTES Y PUCHETA ARMANDO MIGUEL S.H. Avda. San Martín Nº 4950 Bº San Miguel - Unquillo- 5109 Pcia. de Córdoba - EL Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hacer saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Resolución N PFM 229/2008 de fecha 28/05/08, cuya copia debidamente autenticada se acompaña.- QUEDAn UDs. DEBIDAMENTE NOTIFICADOs.- Art. 74 CTP: "Las Resoluciones que apliquen las sanciones previstas en los art. 61, 66 y 67 o declaren la inexistencia de presuntas infracciones seran notificadas a los interesados y quedarán firmes si dentro de los 15 dias de notificadas aquellos no interponen Art. 112 CTP: "Contra las Resoluciones de la Dirección que impongan sanciones por infracciones excepto las
clausuras, el contribuyente o responsable solo podra interponer el Recurso de Reconsideración." "Para lo cual deberá abonar $ 50,00, conforme lo establece la Ley Impositiva Anual.-" Art. 114. CTP: "La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo máximo de treinta 30 días contados desde su interposición. . La decisión que se dicte causa ejecutoria. . Vencido el plazo establecido en el parrafo anterior sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la via administrativa y transcurridos 20 días podra considerar denegado tacitamente el recurso, quedando habilitada la via judicial." Art. 116 CTP: En la instancia recursiva los interesados podran actuar personalmente , por medio de sus representantes legales o por mandatario, el que deberá acreditar personería con el testimonio de Escritura pública o mediante poder apud acta, o carta poder con firma autenticada por escribano de Registro, Juez de Paz o funcionario de la Dirección. La representación o patrocinio solo podrá ejercerce por abogados o contadores publicos inscriptos en las respectivas matriculas." P.D: Para cualquier trámite y/o ingreso de la multa y el sellado de actuación y postal dispuesto por los Arts. 1º y 2º de la Resolución, deberá dirigirse al domicilio sito en calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba en el horario de 8.00 a 17.00
hs., y/o comunicarse al Teléfono 4249495 Int. 165. Señálese que una vez efectuado el pago respectivo deberá ser acreditado en el domicilio mencionado.
5 días - 13657 - 24/6/2008 - s/c.-

LICITACIONES
EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORDOBA
Licitación Pública N 3526
Apertura: 30/7/2008. Hora: 09,00. Objeto: Ejecución Obra Civil, Montaje electromecánico y Provisión de material complementario para las Playas de Conexión de 500 KV y 132 KV de E.T.
Arroyo Cabral - Provincia de Córdoba. Lugar: Administración Central División Compras y Contrataciones Of. Licitaciones - Bv. Mitre N 343 - 1 Piso - Córdoba. Presupuesto Oficial:
$ 72.309.600.- Categoría de la Obra: Primera. Especialidad: Electromecánica 70% y Arquitectura, Edif.. a nivel escalera: 30% - Decreto 57/86. Plazo de Ejecución: 18 meses.
Venta de pliego hasta: 29/7/2008. Valor del pliego: $ 72.300.- Reposición de sellado: $ 65.Consultas y pliegos: Administración Central, Bv. Mitre N 343 - 1 Piso de 7,30 a 12,30 horas, Córdoba y Delegación del Gob. de la Pcia. de Córdoba - Av. Callao N 332 - Buenos Aires.
5 días - 14545 - 24/6/2008 - $ 210.PRESIDENCIA DE LA NACION
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL
INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS
Proyecto de Gestión de Activos de Vialidad Nacional Préstamo 7473 - AR - B.I.R.F.
La Dirección Nacional de Vialidad D.N.V. informa que se posterga hasta nuevo aviso la fecha de apertura del llamado a Licitación de la Malla: Malla 212, Licitación N 101/07, Expediente N 5678-L-07. Provincia de Córdoba. Ruta Nacional N 35. Tramo: Límite con La Pampa Empalme Ruta Nacional N 8. Longitud de la Malla: 203,25 Km. Precio del Pliego: pesos mil quinientos $ 1.500. Los licitantes podrán adquirir los Documentos de Licitación en la Dirección Nacional de Vialidad - Subgerencia de Servicios de Apoyo, Av. Julio A. Roca 738, Piso 3
1067 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Los licitantes que estén interesados podrán obtener información adicional en esa Dirección y revisar los documentos de licitación en la página web de la D.N.V. www.vialidad.gov.ar. o de la Oficina Nacional de Contrataciones www.onc.mecon.gov.ar..
15 días - 14539 - 8/7/2008 - $ 570.-

    Acerca de esta edición

    Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2008 - 4º Sección

    TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

    PaysArgentine

    Date18/06/2008

    Page count1

    Edition count4021

    Première édition01/02/2006

    Dernière édition30/07/2024

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