Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/06/2008 - 4º Sección
Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.
Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)
B OLETÍN O FICIAL
Córdoba, 13 al 20 de junio de 2008
4
SECCIÓN
A N E X O
VIERNES 13 AL VIERNES 20 DE JUNIO DE 2008
OFICIALES
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUTIVOS JUBILADOS Y CATASTRO
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION DE RENTAS
RESOLUCION Nº 306 - Córdoba, 28 de febrero de 2007.- VISTO las solicitudes de exención de pago del Impuesto Inmobiliario presentado por Jubilados y pensionados detallados en el Anexo I que forma parte de la presente, atento lo dispuesto en el Art. 139º Inc. 6 del Código Tributario vigente Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificaciones; Y CONSIDERANDO: QUE, del análisis de los antecedentes aportados surge el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución Normativa Nº 01/04
emitida por esta DIRECCIÓN DE RENTAS, en el Decreto Nº 38/93 y lo dispuesto en el Art. 139 Inc.
6º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificaciones; QUE, en tal sentido y por lo expresado en el considerando que antecede es procedente DECLARAR EXENTO del pago del impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyente detallados en el Anexo I que forma parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados, conforme el porcentaje que le corresponda según lo establecido en la Ley Impositiva Anual, Decreto Nº 38/93 y El Código Tributario Pcial. Ley 6006. t.o. 2004; QUE, en virtud de los Decretos 3222/86 y su modificatorio, Decreto 7821/
86, podrá continuar la vigencia de la exención por los períodos fiscales posteriores, ya que en su razón y ante la falta de comunicación de cambios, se presupone que se mantienen las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento; QUE, de no comunicar en término la alteración de las circunstancias que posibilitaron el beneficio de EXENCIÓN, o si se comprobaren modificaciones por parte de esta DIRECCION DE RENTAS, dará lugar a que se disponga la EXTINCIÓN o CADUCIDAD del beneficio, tal lo dispuesto en el Art. 12º Inc. e y/o f del Código Tributario vigente, lo que implicará la aplicación de las sanciones que para tales casos establece la mencionada Norma Legal, sin perjuicio de requerirse el pago del tributo y sus accesorios. POR ELLO EL JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE: Artículo 1º: DECLARAR EXENTO del pago del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyentes detallados en el Anexo I que forma parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados en el porcentaje que le corresponda según lo dispuesto en el Art. 139 Inc. 6 del Código Tributario Ley 6006 T.O. 2004, en las respectivas Leyes Impositivas o en las que pudiera encuadrarse, en tanto se mantengan las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento, en cuyo caso de variar las condiciones, el contribuyente queda obligado a comunicar dicha situación bajo apercibimiento de la caducidad del beneficio y sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder establecida en la legislación vigente.-Artículo 2º:
PROTOCOLICESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE.- Fdo: DIPL. JUAN CARLOS ANTONIAZZI COORD. GRAL. DE RESOLUTIVO
Fecha
Nº
Solic.
Solicitud
Nombre
DNI - LC - LE
Nº de Cuenta
Períodos origen
desde
hasta
05/02/2007
22039
PEREA EVARISTO
DNI. 6.454.905
110107937161
CAP
2007
05/02/2007
22036
DIAZ NORA NILDA
DNI. 7.351.345
110108612975
CAP
2007
05/02/2007
22031
AMBROGGIO ERNESTO PEDRO
LE. 2.955.801
110106458979
CAP
2007
05/02/2007
22032
ASTINI JORGE SANTIAGO
DNI. 6.475.098
110102960238
CAP
2007
01/01/1998
22590
BOUIN SUSANA LIDIA
LC. 675.423
310605725812
INT
1998
08/05/2006
22974
PEREYRA MARIA VIRGINIA
DNI. 4.650.874 110117884571
CAP
2006
15/03/2006
23909
CRAVERO TORRES MARIA ESTELA
LC. 5.098.332
CAP
2006
110118374398
20/09/2006
22591
REYES EDITH NELLY
DNI. 6.014.708 310620507619
INT
2006
29/08/2006
30106
CUEVA BERNARDINO ATILIO
DNI. 6.473.604 110109208825
CAP
2003
17/07/2006
30234
ILLICH JULIETA SUSANA
DNI. 11.560.489 110114019305
CAP
2000
17/05/2006
22977
FERNANDEZ NELIDA DEL VALLE
DNI. 9.256.579 110121109310
CAP
2006
28/12/2006
33011
BONINO VICTOR TOMAS
LE. 6.441.013
INT
2006
18/12/2006
22460
NIZ JOSE JUSTO
DNI. 4.271.654 110115907751
CAP
2006
18/12/2006
23937
CORDOBA PABLO LUCAS
DNI. 6.374.913 110115866222
CAP
1992
23/05/2006
17678
GUAYANES DE ROMERO JOSEFA
DNI. 5.102.675 340318742079
INT
2002
09/01/2007
18611
ROGGIA ERNESTO ENRIQUE
DNI. 6.632.245 110121074508
CAP
2006
300308216938
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION DE RENTAS
RESOLUCION Nº 408 - Córdoba, 30 de marzo de 2007.- VISTO las solicitudes de exención de pago del Impuesto Inmobiliario presentado por Jubilados y pensionados detallados en el Anexo I que forma parte de la presente, atento lo dispuesto en el Art. 139º Inc. 6 del Código Tributario vigente Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificaciones; Y CONSIDERANDO: QUE, del análisis de los antecedentes aportados surge el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución Normativa Nº 01/04
emitida por esta DIRECCIÓN DE RENTAS, en el Decreto Nº 38/93 y lo dispuesto en el Art. 139 Inc.
6º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificaciones; QUE, en tal sentido y por lo expresado en el considerando que antecede es procedente DECLARAR EXENTO del pago del impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyente detallados en el Anexo I que forma parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados, conforme el porcentaje que le corresponda según lo establecido en la Ley Impositiva Anual, Decreto Nº 38/93 y El Código Tributario Pcial. Ley 6006. t.o. 2004; QUE, en virtud de los Decretos 3222/86 y su modificatorio, Decreto 7821/
86, podrá continuar la vigencia de la exención por los períodos fiscales posteriores, ya que en su razón y ante la falta de comunicación de cambios, se presupone que se mantienen las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento; QUE, de no comunicar en término la alteración de las circunstancias que posibilitaron el beneficio de EXENCIÓN, o si se comprobaren modificaciones por parte de esta DIRECCION DE RENTAS, dará lugar a que se disponga la EXTINCIÓN o CADUCIDAD del beneficio, tal lo dispuesto en el Art. 12º Inc. e y/o f del Código Tributario vigente, lo que implicará la aplicación de las sanciones que para tales casos establece la mencionada Norma Legal, sin perjuicio de requerirse el pago del tributo y sus accesorios. POR ELLO EL JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE: Artículo 1º: DECLARAR EXENTO del pago del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyentes detallados en el Anexo I que forma parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados en el porcentaje que le corresponda según lo dispuesto en el Art. 139 Inc. 6 del Código Tributario Ley 6006 T.O. 2004, en las respectivas Leyes Impositivas o en las que pudiera encuadrarse, en tanto se mantengan las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento, en cuyo caso de variar las condiciones, el contribuyente queda obligado a comunicar dicha situación bajo apercibimiento de la caducidad del beneficio y sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder establecida en la legislación vigente.-Artículo 2º:
PROTOCOLICESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE.- Fdo: MARIA TERESA NOVELLO -COORD.
GRAL. DE RESOLUTIVO
29/08/2006
23847
MACAGNO EMILIA TERESA
DNI. 2.450.209
110116177234
CAP
2003
04/05/2006
10135
CASTELLANI TELMA ADELA
DNI. 3.205.910
270815298885
INT
2006
14/07/2006
68045
DAVID MARIA LUISA
DNI. 7.036.497
110121850877
CAP
2000
17/11/2006
19929
PELLITERO IRENE NOEMI
DNI. 4.854.909
110121138395
CAP
2006
26/09/2006
19652
QUIROGA DE ROBLES ISABEL
DNI. 4.172.286
110116353059
CAP
2003
27/11/2006
18862
LIPOVETZKY FANY
DNI. 2.405.771
110120182510
CAP
2006
29/12/1994 30791-41532-12987- CEBALLOS PEDRO ALDO
LC. 6.535.975
360307543814
INT
1994
03/04/1997
298
NAVARRO JUAN RAFAEL PEDRO
DNI. 6.415.146
110117418642
CAP
1997
24/11/2006
14731
ANELLO JUANA
DNI.
611.985
110121921693
CAP
1997
01/01/1998
18992
CONIGLIO ANDRES DOMINGO
DNI. 6.620.286
110107684000
CAP
1998
18/05/2005
17616
CREMA MARY ROSA
DNI. 5.698.963
110116194198
CAP
2005
05/03/1999
13358
OJEDA JUAN
DNI. 5.980.339
110120109227
CAP
1999
04/05/2000
36305-17977 RODRIGUEZ RAMON AURELIO
DNI. 6.576.350
330115450271
INT
2000
31/01/2007
22518
DRUGUER VICTORIA
DNI. 4.924.878
110109910643
CAP
2007
31/01/2007
22501
AGUANO JOSEFA JUANA
DNI. 3.391.136
110123256506
CAP
2007
31/01/2007
14877
MALDONADO LIDIA DEL VALLE
LC. 5.452.661
110102986202
CAP
2007
11/01/2007
30869
TAHAN MARIA ISABEL
DNI. 4.278.811
110121055341
CAP
2007
Fecha
Nº
30/01/2007
30872
CREMONESI MARIA OFELIA
DNI. 9.492.851
110104372953
CAP
2007
Solicitud
Solicitud
30/01/2007
30871
SORZANA ELENA JOSEFA
DNI. 4.872.834
110110336608
CAP
2007
31/10/2003
20733
05/02/2007
29807
DANIELLE TERESA ANITA
LC. 3.183.587
300301491488
INT
1994
25/02/2003
101499
OMAR, ALI
6.013.177
110106412111
2003
05/02/2007
22025
ROSENSTEIN SARA
LC. 3.739.705
110123957202
CAP
2007
04/08/2003
7287-16627
LEYRIA, ISABEL PRESENTACION
6.025.545
230431506764
2003
05/02/2007
22035
SORIA AMANDA TERESA
DNI. 4.562.608
110107029133
CAP
2007
27/10/2004
6270
PIZZOLITO, EDITH CARMEN
LC 614.992
360302066147
2001
Nombre
DNI - LC - LE Nº de Cuenta
Períodos desde
CARANA, TOMAS
6.499.328
110107760822
2001
obserbaciones hasta