Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2016 - 2017 Año Brocheriano
MIERCOLES 26 DE OCTUBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 210
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL TRESCIENTOS OCHENTA -SERIE A-. En la ciudad de Córdoba, a veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, con la Presidencia de su Titular Dr.
Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes BLANC DE ARABEL, Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
VISTA: La necesidad de contar con una Oficina Única de Conciliación de los Juzgados en lo Civil y Comercial, Conciliación y Familia de Primera y Segunda Nominación, respectivamente, del Centro Judicial de Alta Gracia de la Primera Circunscripción.
Y CONSIDERANDO: Que es atribución de este Cuerpo fijar la Estructura de Órganos de asistencia a dicho Tribunal art. 12 inc. 32º de la Ley orgánica del Poder Judicial N 8435, SE RESUELVE: Artículo 1.- CREAR para los Juzgados en lo Civil y Comercial, Conciliación y Familia de Primera y Segunda Nominación, respectivamente, del Centro Judicial de Alta Gracia de la Primera Circunscripción, una dependencia la que se individualizará como Oficina Única de Conciliación.
Artículo 2.- DISPONER que dicha dependencia comience a funcionar a partir del 15 de noviembre del corriente año, la que estará a cargo de un Prosecretario Letrado que oportunamente le sea asignado.
Artículo 3.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a la Delegación de Administración General local, a los titulares de las dependencias mencionadas, Federación y Colegios de Abogados de la Provincia, al Colegio de Abogado de dicha Sede y dése la más amplia difusión. Tome razón Oficina de Personal y Oficina de Asistencia y Coordinación de los Centros Judiciales del Interior de la Provincia.-

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 1360
Córdoba, 14 de Octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0109-108109/12 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la Resolución N 0891/14 y su modificatoria N
1077/14, ambas de la entonces Dirección General de Nivel Inicial y PrimaBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N 1380 A Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N 1360 Pag. 1
Resolución N 1361 Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 403 Pag. 2
Resolución N 404 Pag. 3
PODER LEGISLATIVO
Decreto N 186 Pag. 3
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
Resolución N 44 Pag. 4
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N 23 Pag. 4
Resolución N 11 Pag. 5
Resolución N 10 Pag. 6
Resolución N 9 Pag. 6

Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.
FDO: DR. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE / DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL / DRA. M. DE LAS MERCEDES BLANC DE ARABEL, VOCAL / DR. CARLOS F.
GARCÍA ALLOCCO, VOCAL / DR. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL / LIC.
RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

rio, mediante las cual se propicia, ad referéndum de la Superioridad, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario MONSEÑOR LUIS
ROSENDO LEAL de Tosno, Departamento Minas, y el cambio de imputación del cargo de la docente Cecilia Elizabeth VERA.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decreto-Ley N 1910/E/57 y su Reglamentario N 3999/E/67 y Decreto N
41009/A/38, encontrándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas en las resoluciones de marras.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2016 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date26/10/2016

Page count7

Edition count4187

Première édition01/02/2006

Dernière édition26/07/2024

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