Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 143
CORDOBA, R.A., LUNES 25 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Resolución N 815

Córdoba, 12 de julio de 2016.-

VISTO:
La Ley Nº 26.206 de Educación Nacional, las Resoluciones Nros.
183/02 del ex Consejo Federal de Cultura y Educación y 32/07 del Consejo Federal de Educación, y los dictámenes de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia que no aprueban dicha modalidad, en instituciones de gestión privada dependientes de este Ministerio, con origen en la jurisdicción;
Y CONSIDERANDO:

Que las citadas resoluciones integran, en una instancia federal específica, la coordinación, el control y la validación de las ofertas a distancia, a través de la Comisión Federal del Consejo Federal de Educación, con representantes de la jurisdicción y del Ministerio de Educación de la Nación.
Que los dictámenes emitidos por la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia, constituyen el antecedente necesario para el reconocimiento jurisdiccional y el fundamento para la validez nacional.

Que si bien los dictámenes constituyen una ponderación técnico-pedagógica del proyecto de Educación a Distancia de la institución oferente, tal circunstancia no exime a ésta de realizar el trámite de reconocimiento de la oferta para cada sede, ante la jurisdicción correspondiente.

Que estos dictámenes no tienen efectos legales directos, ya que deben ser ratificados por la normativa jurisdiccional, la que deberá ser comunicada a la Comisión para el registro y prosecución del trámite de validez nacional.

Que, en consecuencia, se hace necesaria la intervención jurisdiccional fehaciente a través de su capacidad operativa, para dar lugar al correspondiente acto administrativo de ratificación.

Que las jurisdicciones de origen son responsables de la aprobación de las ofertas de que se trata y en relación con ello, de la certificación de los
MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACION
OPERATIVA
Resolución N 74

títulos emitidos por las instituciones oferentes.

Que las ofertas de Educación a Distancia han sido sometidas a un proceso integral de evaluación en el marco legal existente: Ley Nº 26.206 de Educación Nacional, Ley Nº 24.521 de Educación Superior, Ley Nº 9870 de Educación de la Provincia de Córdoba, Decreto Nº 1276/96 del Poder Ejecutivo Nacional, Resolución Nº 1716/98, Decretos Nros. 187/98 y 1070/00
del Poder Ejecutivo Provincial, Resoluciones Nros. 1584/03, 161/99, 934/00
de este Ministerio, Resoluciones Nros. 183/02, 205/03 y 206/03 del ex Consejo Federal de Cultura y Educación, Resolución N 32/07 del Consejo Federal de Educación y demás normas concordantes y complementarias.
Que de acuerdo con lo expuesto precedentemente, corresponde ratificar los dictámenes de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia que no aprueban la referida modalidad.

Por ello, el Dictamen N 1448/2016 del Area Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 231,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E LV E :
Art. 1º.- RATIFICAR los dictámenes de la Comisión Federal de Re-
gistro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia que no aprueban dicha modalidad en las instituciones de gestión privada dependientes de este Ministerio que tienen origen en la jurisdicción, las que cumplimentaron parcialmente los requisitos exigidos para la validación respectiva, según nómina que figura como Anexo I de la presente resolución, compuesto de una 1 foja.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION

ANEXO: http goo.gl/IlA4GB

40 de la Ley Nº 10322 y artículo 7.1 del Decreto N 305/14 reglamentario de la Ley N 10.155, la Nota de Pedido Nº 2016/000448 efectuada por el Departamento Presupuesto y Contable, lo informado por el Área Contrataciones a fs. 18, ambos de esta Dirección General y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 481/16,
Córdoba, 22 de julio de 2016.-

VISTO:
El expediente Nº 0034-088974/2016, por el que se gestiona el llamado a Licitación Pública Nº 09/2016, con el objeto de contratar un servicio integral de limpieza de los locales ocupados por la Dirección General de Rentas, en los Centros de Participación Comunitaria CPC y edificio central de la Municipalidad de Córdoba de esta Provincia, por el término de veinticuatro 24 meses.

LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
R E S U E LV E :
Artículo 1º AUTORIZAR el llamado a Licitación Pública Nº 09/2016, a realizarse por intermedio de esta Dirección General, con el objeto de contratar un servicio integral de limpieza de los locales ocupados por la Dirección General de Rentas, en los Centros de Participación Comunitaria CPC y edificio central de la Municipalidad de Córdoba de esta Provincia, por el término de veinticuatro 24 meses.

Y CONSIDERANDO:
Que puede disponerse el mencionado llamado, aprobando los Pliegos de Bases y Condiciones y de Especificaciones Técnicas e Informe de Orientación a Empresas de Limpieza.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 7 y 11 de la Ley N 10.155 este último en concordancia con el artículo BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 2º APROBAR en todos sus términos los Pliegos de Bases y Condiciones y de Especificaciones Técnicas e Informe de Orientación a Empresas de Limpieza que regirán la Licitación autorizada por el Artículo anterior, los que como Anexos I, II y III con nueve 9, tres 3 y dos 2 fojas útiles respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2016 - 1º Sección

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PaysArgentine

Date25/07/2016

Page count6

Edition count4194

Première édition01/02/2006

Dernière édition06/08/2024

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