Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/06/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 27 de junio de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLVII - Nº 118
CORDOBA, R.A., LUNES 27 DE JUNIO DE 2011

PUBLICACIONES

MINISTERIO DE FINANZAS

RESOLUCION N 125
Córdoba, 29 de Abril, 2011.
VISTO: El expediente Nº 0027-043461/2011, por el que se propicia la formalización de las compensaciones de Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, Ley Nº 9702.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09, modificatorio del Anexo I del Decreto Nº 150/04, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que a fs. 4/12 obran copias certificadas de los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario por los montos y conceptos allí consignados, autorizados durante el mes de febrero de 2011.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Administración de este Ministerio a fs. 12 y de acuerdo con lo dictaminado por el Area Legales del mismo Ministerio al Nº 221/11, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º: FORMALIZAR las compen saciones de Recursos Financieros del Pre supuesto General en vigencia de la Administración Provincial, las que como Anexo I, con nueve 9 fojas útiles, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, comuníquese a la Legislatura, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Crean Programa Fortalecimiento Institucional a Talleres Protegidos de Producción RESOLUCION N 229
Córdoba, 9 de junio de 2011..
VISTO: El Expediente N 0427-029611/2011
en el que la Dirección de Discapacidad dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y de Equidad de Género de este Ministerio, gestiona la creación del Programa FOR
TALECIMIENTO INSTITUCIONAL A TALLE
RES PROTE GIDOS DE PRODUCCIÓN, en el marco de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Ley Nacional 26.378 Trabajo y Empleo Artículo 27 y Ley Nacional 24.147
Régimen de Talleres Protegidos de Producción para los Trabajadores Discapacitados.
Y CONSIDERANDO:
Que a fojas 3 de autos, obra la nota que incoa la gestión, destacándose allí que sobre la base del principio general que reconoce al acceso al
empleo de las personas con discapacidad, como una necesidad y derecho social, el proyecto acompañado procura mejorar las oportunidades y potencialidades de los beneficiarios para acceder al ámbito laboral, tras egresar del sistema educativo, a través de los Talleres Protegidos, que brindan capacitación en oficios, entrenamiento prelaboral, desarrollo de sus aptitudes y habilidades y contención socio-afectiva.
En tal sentido se considera que dichos Talleres, constituyen espacios que requieren ser fortalecidos, por constituir en la mayoría de los casos, la única alternativa de inserción sociolaboral posible para las personas con discapacidad.
Que se han incorporado en las presentes actuaciones, Nómina de Talleres Protegidos existentes en Córdoba Capital e Interior, como asimismo, la legislación aplicable en la materia.
Que por otra parte, obra el Proyecto referenciado inicialmente en el que se
tipifica a los Talleres Protegidos de Pro ducción para los Trabajadores con Discapacidad, como establecimientos en los que las personas con discapacidad, trabajan bajo la supervisión de un Coordinador-Instructor, constituyendo un espacio de contención, capacitación, aprestamiento y desarrollo de habilidades para su mejor, plena y activa inserción laboral y social. Se constituyen así en un puente mediante el que, la persona se adiestra en una disciplina laboral e incorpora hábitos de socialización indispensables para acceder, posteriormente al empleo abierto. Se incluye en el Proyecto, encuadramiento legal, antecedentes, objetivos, beneficiarios, modalidades en la ejecución, requisitos de acceso, pautas para la designación de CoordinadoresInstructores y auxilios económicos a extender, tanto para fortalecimiento institucional, como bajo el carácter de becas para el personal antes CONTINÚA EN PÁGINA 2

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

RESOLUCION N 445

Córdoba, 30 de Mayo de 2011.

VISTO: El expediente N 0165-088083/2011 del Registro de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto Nº 150/04
Reglamentario de la Ley Nº 9086, modificado por Decreto N 1966/2009, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración Ge
neral del Estado Provincial N 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y la normativa citada;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º: FORMALÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros. 11, 13, 14, 15 y 16 que como Anexo I, compuesto de siete 07 fojas útiles, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/06/2011 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date27/06/2011

Page count3

Edition count4191

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Dernière édition01/08/2024

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