Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/11/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL N 1611
Córdoba, 29 de Octubre de 2008
VISTO: Lo establecido en los Artículos 16 y 20 del Código Tributario vigente, Ley N 6006 y modificatorias - T.O. 2004 por Decreto N 270/04, Y CONSIDERANDO:
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en este Organismo, se estima conveniente asignar al Agente CR.
ERNESTO FABIÁN RIVERA - D.N.I. Nº 22.073.162 SUBDIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE CONTROL DE
GESTIÓN, dependiente de la Dirección de Jurisdicción de Operaciones, designado mediante Decreto N 358/2008 B.O.

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL N 1610
Córdoba, 29 de Octubre de 2008
VISTO: Lo establecido en los Artículos 16 y 20 del Código Tributario vigente, Ley N 6006 y modificatorias - T.O. 2004 por Decreto N
270/04, Y CONSIDERANDO:
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en este Organismo, se estima conveniente asignar al Agente GERMÁN
ANDRÉS BISCHOFF - D.N.I. Nº 22.647.424 - SUBDIRECTOR
DE JURISDICCIÓN DE LA REGIÓN VILLA MARÍA, designado mediante Decreto N 1503/2008 B.O. 27-10-08, las facultades comprendidas en el Artículo 5º, incisos 1, 3, 4, 5, 7, 9, 11, 14, 15, 17, 18 Y 19 y en el Artículo 6 incisos 4, 5 y 6, de la Resolución General Nº 756 de fecha 16-02-1982 y modificatorias.
QUE resulta necesario asignar al Agente mencionado en el considerando anterior, las funciones inherentes para dar el tratamiento y resolución de los trámites que se gestionan ante las distintas Delegaciones que conforman la Región Villa María dependiente de la Dirección de Jurisdicción de Descentralización de este Organismo, y que se indican en el Artículo 2 de la presente Resolución.
QUE -asimismose estima oportuno dejar sin efecto la asignación de facultades y funciones al Agente RICARDO ANGEL FAURE D.N.I. N 13.457.653, otorgadas mediante Resoluciones Generales N 1574 B.O. 16-05-08 y N 1575 B.O. 11-07-08, en virtud que el mismo dejó de prestar servicios en esta Dirección General.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20
del Código Tributario - Ley N 6006 - T.O. 2004 y sus modificatorias, EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ASIGNAR al Agente GERMÁN ANDRÉS
BISCHOFF - D.N.I. Nº 22.647.424 - SUBDIRECTOR DE
JURISDICCIÓN DE LA REGIÓN VILLA MARÍA, dependiente de la Dirección de Jurisdicción de Descentralización de esta Dirección General, designado mediante Decreto N 1503/2008 B.O. 27-1008, las facultades comprendidas en el Artículo 5º, incisos 1, 3, 4, 5, 7, 9, 11, 14, 15, 17, 18 Y 19 y en el Artículo 6 incisos 4, 5 y 6, de la Resolución General Nº 756 de fecha 16-02-1982 y modificatorias ARTÍCULO 2.- ASIGNAR al Agente mencionado en el artículo
27-03-08, las funciones inherentes a procesos operativos relacionados con la provisión de recursos materiales y financieros necesarios para el normal funcionamiento de este Organismo.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20 del Código Tributario - Ley N 6006 - T.O. 2004 y sus modificatorias, EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ASIGNAR al Agente CR. ERNESTO FABIÁN
RIVERA - D.N.I. Nº 22.073.162 - SUBDIRECTOR DE
JURISDICCIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN, dependiente de la Dirección de Jurisdicción de Operaciones, designado mediante Decreto N 358/2008 B.O. 27-03-08, las funciones inherentes a procesos operativos relacionados con la provisión de recursos materiales y financieros necesarios para el normal funcionamiento de este Organismo, que se detallan a continuación:
Intervenir en las cuestiones atinentes al manejo de recursos
anterior, las funciones que se detallan a continuación:
Facilitar y controlar el cumplimiento de los deberes sustanciales y formales por parte de los contribuyentes y responsables en el ámbito geográfico de su competencia Delegaciones de Villa María, Marcos Juárez, Río Tercero y Bell Ville, propendiendo a lograr una óptima recaudación de los tributos provinciales.
Asesorar, coordinar y controlar a las Delegaciones y/o Receptorías que les corresponda, sobre el correcto cumplimiento de las normas tributarias y administrativas a fin de facilitarles el desempeño de sus funciones, prestando apoyo operativo en los casos que sea necesario.
Verificar si los medios y elementos asignados conforman a la ejecución de los programas pactados, proponiendo en su caso las reasignaciones que correspondan.
Representar a la Dirección General de Rentas ante las Asociaciones de contribuyentes, profesionales y poderes públicos de su jurisdicción.
Proponer capacitaciones.
Colaborar con el diseño, desarrollo y cumplimiento de los programas de recaudación en ejecución, dentro del ámbito de su competencia.
Solicitar y retirar Ordenes de Pago de los distintos Juzgados en aquellas causas que la Dirección General de Rentas tenga participación; a requerir informe a la Dirección del Registro General de la Provincia; y a suscribir -previo controllas planillas de Aporte Jubilatorio por Iniciación de Juicio presentadas por los Procuradores Fiscales.
JUEZ ADMINISTRATIVO para el ejercicio de las funciones establecidas en los incisos c, d y e del Artículo 16 del Código Tributario vigente - Ley N 6006 - T.O. 2004 y modificatorias.
Funciones inherentes al Artículo 164 de la Resolución Normativa N 01/2007 B.O. 15-08-07 y modificatorias.
Suscribir por la Dirección General de Rentas, en forma indistinta con la Directora de Jurisdicción de Asuntos Judiciales y con el Subdirector de Asuntos Judiciales I, los Acuerdos establecidos como Modelo VIII 1, 2 y 3 del Anexo XI incluido en la Resolución Normativa N 1/2007 B.O. 15-08-07, dentro del proceso denominado Procedimiento de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial, establecido en la Ley N 9024 y modificatorias.
ARTÍCULO 3.- DEJAR sin efecto la asignación de facultades y funciones al Agente RICARDO ANGEL FAURE - D.N.I. N
13.457.653, otorgadas mediante Resoluciones Generales N 1574
B.O. 16-05-08 y N 1575 B.O. 11-07-08, en virtud que el mismo dejó de prestar servicios en esta Dirección General.
ARTÍCULO 4.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y Archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL

Córdoba, 7 de noviembre de 2008

materiales y financieros necesarios para el buen funcionamiento de la Repartición, instando las distintas etapas de cada gestión.
Elaborar, proponer y ejecutar los programas vinculados a la obtención de los recursos materiales y financieros necesarios, sus modificaciones y ajustes.
Programar, ejecutar y controlar la gestión económica financiera de la Repartición.
Suscribir los comprobantes de gastos para las Rendiciones de Cuentas correspondientes de la Dirección General de Rentas, excepto la documentación pertinente de elevación de las mismas a la superioridad.
ARTÍCULO 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y Archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL

ENTE REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN N 3124
Córdoba, 08 de octubre de 2008.VISTO: La Nota N 0122702805939106 en el que obra la presentación promovida por la Cooperativa de Servicios Públicos de La Granja Ltda., con fecha 16 de Mayo de 2006, mediante la cual solicita la homologación, por parte del ERSeP, de una nueva categoría tarifaria no contemplada en el cuadro tarifario de la misma.
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Dr. Rody Wilson GUERREIRO y de los Directores Dr. Luis Guillermo ARIAS, Dr. Jorge Andrés SARAVIA, Dr. Roberto Antonio ANDALUZ:
Que por Resolución Número 210 del 13 de Noviembre del 2001, el ERSeP resuelve aconsejar al Poder Ejecutivo otorgar la concesión exclusiva de la distribución y comercialización del servicio público de suministro de energía eléctrica, en forma exclusiva y dentro del área solicitada, a la Cooperativa de Servicios Públicos de La Granja Ltda., bajo las condiciones y recaudos que se establezcan en el instrumento convencional pertinente.
Que mediante decreto Nº 556/03 el poder ejecutivo de la provincia de Córdoba ordena otorgar en concesión a la Cooperativa de Servicios Públicos de La Granja Ltda. la distribución y comercialización del servicio Público de energía Eléctrica bajo las condiciones y recaudos que se establecen en el Contrato suscripto entre el Ministerio de Obras públicas y la citada Cooperativa
Que es competencia de este Ente, atento a la normativa vigente, el tratamiento de la cuestión planteada. Ello en virtud de lo dispuesto por el artículo N 25 inciso h de la Ley N
8835 - Carta del Ciudadano - que establece que es competencia del ERSeP, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores, de acuerdo con los términos de los títulos habilitantes.Que, en relación a lo anterior, la Cooperativa solicita la aprobación de una nueva categoría del cuadro tarifario vigente -no un aumento en el mismoen razón de un incremento de la potencia utilizada por algunos asociados.
Que, en tal sentido, se solicita la homologación de la categoría tarifaria Grandes Consumos en Baja Tensión, con demandas entre 40 kW y 300 kW.Que, a tales efectos, corresponde tener en cuenta lo dispuesto por el numeral 21.3 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución de Energía a Distribuidores Cooperativos de la Provincia de Córdoba, a saber: La CONCESIONARIA podrá proponer al ENTE el establecimiento de Tarifas que respondan a modalidades de consumo no contempladas cuando su aplicación signifique mejoras técnicas y económicas en la prestación del servicio

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/11/2008 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date07/11/2008

Page count7

Edition count4189

Première édition01/02/2006

Dernière édition30/07/2024

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