Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/11/2008 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 18 de noviembre de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXVI - Nº 218
CORDOBA, R.A. MARTES 18 DE NOVIEMBRE DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

ACUERDOS

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE FINANZAS

CIUDAD DE CÓRDOBA DEPARTAMENTO CAPITAL

Mesa General de Entradas del Fuero Civil y Comercial TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO - SERIE A. En la ciudad de CORDOBA, a diez días del mes de Noviembre del año dos mil ocho, con la Presidencia de la Señora Vocal Decana, Dra. María Esther CAFURE DE
BATTISTELLI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESÍN y Luis Enrique RUBIO, con la asistencia del Sr.
Administrador General del Poder Judicial, Lic. José María LAS HERAS y ACORDARON:
VISTA: La situación de carácter excepcional que se suscita en los finales del año judicial debido al gran número de causas que son iniciadas por la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de la ciudad capitalina, con el objeto de lograr el cobro de tributos y evitar la prescripción de los derechos reclamados.
Y CONSIDERANDO: 1. Dicha contingencia reitera la situación de carácter excepcional que se suscita en los finales de año, debido al gran número de causas que son iniciadas por la Provincia de Córdoba y la Municipalidad capitalina, especialmente, con el objeto de lograr el cobro de tributos y evitar la prescripción de los derechos reclamados.
2. Frente a dicha contingencia este Cuerpo en ejercicio de sus atribuciones de superintendencia ha dispuesto medidas de emergencia a los fines de encaminar, en el contexto de las limitaciones de distinta índole existentes, la tramitación y despacho ulterior de dichas causas.
Entre otras, debe recordarse lo resuelto en Acuerdo Reglamentario N 576 Serie A de fecha 18 de Diciembre de 2000, Acuerdo Reglamentario N 702
Serie A de fecha 3 de Marzo de 2004, Acuerdo Reglamentario N 737 Serie A del 17 de Noviembre de 2004, Acuerdo Reglamentario N 795 Serie A del 8 de Noviembre de 2005, Acuerdo Reglamentario N
848 Serie A del 21 de Octubre de 2.006 y Acuerdo Reglamentario N . 911 Serie A del 7 de Noviembre
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
del 2007.3. El inusitado caudal de ingreso de causas que debe ser contenido por dos únicos tribunales, lo que justifica disponer habilitaciones transitorias y restringidas a los juzgados aludidos y a la Mesa General de Entradas del Fuero Civil y Comercial a los fines de agilizar la tarea judicial. En dicho contexto cabe dispensar el cargo manual de las ejecuciones fiscales asignadas por la Mesa de Entradas General del Fuero Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba en Noviembre y Diciembre del año 2008, las que se validaran exclusivamente en el Sistema de Administración de Causa S.A.C.. De tal manera, la fecha de inicio en el sistema informático tendrá valor de cargo judicial art. 39 del C. P.C. y C. para las causas aludidas. Al letrado se le entregará como constancia el certificado de asignación, de donde surge la fecha de inicio cargo. La notificación al demandado del inicio de la causa deberá contener copia del certificado de asignación suscripto por el procurador.
De esta manera, el demandado tendrá en su poder toda la documental necesaria para poder ejercer su derecho de defensa y conocer de manera fehaciente la fecha de interposición de la demanda.
Por ello, las atribuciones de superintendencia previstas por los arts. 166 inc. 2 de la Constitución Provincial y art. 12 inc. , 32 y 33 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435, y habiéndose recabado la opinión de los titulares de las dependencias aludidas, SE RESUELVE:
Artículo 1: DISPENSAR el cargo manual de las ejecuciones fiscales asignadas por la Mesa General de Entradas del Fuero Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba en Noviembre y Diciembre de 2008 a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Vigésimo Primera Nominación Ejecuciones Fiscales N 1 y de Vigésimo Quinta Nominación Ejecuciones Fiscales N 2 del Centro Judicial de la Capital. Las demandas aludidas se validarán exclusivamente en el Sistema de Administración de Causas S.A.C. y la fecha de inicio en el sistema informático tendrá valor de cargo judicial art. 39 del C.P.C. y C., debiendo entregarse al CONTINÚA EN PÁGINA 2

RESOLUCION Nº 306
Córdoba, 29 de octubre de 2008
VISTO: El expediente Nº 0378-072178/2005, en que se propicia la transferencia definitiva a favor de la Comuna de El Rastreador, Departamento Juárez Celman de esta Provincia, del vehículo marca Renault, Modelo Trafic Largo Diesel c/DA
Transporte de Pasajeros, Motor marca Renault Nº AB51453, Chasis marca Renault Nº 8A1TA13ZZWS014678, Dominio CPF944, Año 1998, afectado al Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que el automotor de que se trata fue entregado en comodato a la citada Comuna, conforme surge de la copia del Convenio de Cesión de fs. 21.
Que dicho vehículo fue declarado en condición de desuso por Resolución Nº 912/
07 del Ministerio de Educación.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artículo 131 de la Ley Nº 7631 y Decreto Reglamentario Nº 525/95, lo informado por Contaduría General de la Provincia al Nº 10-148/08 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 509/08, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TRANSFERIR sin cargo a la COMUNA de EL RASTREADOR, Departamento Juárez Celman de esta Provincia, el vehículo marca Renault, Modelo Trafic Largo Diesel c/DA Transporte de Pasajeros, Motor marca Renault Nº AB51453, Chasis marca Renault Nº 8A1TA13ZZWS014678, Dominio CPF944, Año 1998, afectado al Ministerio de Educación, declarado en condición de desuso por Resolución Nº 912/07 del citado Ministerio.
ARTÍCULO 2º.- DESIGNAR al Contador General de la Provincia o al Subcontador General de la Provincia para que, uno en defecto del otro, suscriba a los efectos de ley, la correspondiente transferencia de dominio, a mérito de la superintendencia de bienes que ejerce conforme lo establecido en el artículo 151 de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 3º.- La Repartición interviniente confeccionará la respectiva ficha de Baja con mención del instrumento legal autorizante, comunicando a Contaduría General de la Provincia para su desglose.
ARTÍCULO 4º.- La COMUNA de EL RASTREADOR deberá efectuar dentro de los treinta 30 días de recibida la documentación de la unidad automotriz, la inscripción del citado bien a su nombre en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y acreditar dicha circunstancia ante Contaduría General de la Provincia en idéntico plazo.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/11/2008 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date18/11/2008

Page count3

Edition count4173

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2008>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30