Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 01/10/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo
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Núm. 226 luns, 1 de outubro de 2018
BOP de Lugo
Asimismo se condena a don Emilio Carballo Santín y a don José Manuel Carballo Santín a que reintegren a don Gumersindo Rodríguez Vilariño la propiedad de la finca "Millara", parcela 30 del polígono 12, referencia catastral 27062A012000300000WW, sita en la parroquia de Santalla de Alfoz, municipio de Triacastela.
3º.- Se declara la nulidad de la escritura pública de 13-4-2010 de aportación a sociedad de gananciales, otorgada por don Gumersindo Rodríguez Vilariño y doña Dolores Portela Varela ante el notario don Manuel Ignacio CastroGil Iglesias, con número 1093 de protocolo.
4º.- Se acuerda la cancelación de la inscripción practicada en el registro de la Propiedad de Becerreá a favor de los esposos don Gumersindo Rodríguez Vilariño y doña Dolores Portela Varela 76.324.091-V y 33.302.279-G
sobre la finca número 3.588, rústica, radicante en la parroquia de Santalla de Alfoz, municipio de Triacastela, llamada "Eira", prado de 148 m2, que linda: norte, camino; sur, con don Gumersinado Rodríguez Vilariño; este, camino; oeste, con José Doval López. Parcela 92 del Polígono 21 y su referencia catastral 27062A021000920000WT.
Se acuerda la cancelación de la inscripción en el Registro de la Propiedad de Becerreá a favor de don Emilio Carballo Santín 33.344.431-C y de don José Manuel Carballo Santín 33.537.696-Q sobre la finca de Triacastela 3411, rústica, en la parroquia de Alfoz, denominada "Millara", prado de noventa y cinco áreas, doce centiáreas, que linda: norte, camino; sur, Germán Valcárcel González; este, camino; y oeste, Sabina Doval Díaz y Manuel Rubio Corral. Es la parcela 30 del polígono 12, referencia catastral 27062A012000300000WW.
No se efectúa pronunciamiento sobre las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes contra la que cabe interponer recurso de apelación, a presentar ante este juzgado en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de notificación de la presente, por escrito en el que deberán exponerse las alegaciones en que basa la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan.
En Lugo a tres de septiembre de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Anuncio publicado en: Num BOP 226 año 2018 01/10/2018
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R. 2688
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