Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 16/1/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL Nº 10.444
DECRETOS AÑO 2006
Función Legislativa
DECRETO Nº 68

La Rioja, 07 de diciembre de 2006
Visto: El Punto 5.7 del Orden del Día Nº 29, correspondiente a la Sesión Ordinaria del día 07 del corriente mes y año, expediente 18-A-00664/06, caratulado: Eleva fotocopia autenticada del Decreto F.E.P. Nº 2.073 de fecha 30
de noviembre de 2006, mediante el cual se procedió a vetar totalmente la Ley Nº 8.084, y Considerando:
Que los plazos constitucionales establecidos tanto para remisión de la norma sancionada, cuanto para la comunicación de veto interpuesto por la Función Ejecutiva han sido debidamente observados y cumplimentados, razón por la cual la procedencia formal no admite objeciones.
Que la Cámara de Diputados procede a tratar la cuestión de fondo, con las fundamentaciones vertidas por el miembro informante, las que se registran en la pertinente versión taquigráfica.
Que habiendo sido puesta a votación la moción interpuesta por el legislador informante, la misma resulta aprobada por mayoría absoluta de votos.
Por ello, y en uso de sus facultades,
Martes 16 de enero de 2007

debidamente observados y cumplimentados, razón por la cual la procedencia formal no admite objeciones.
Que la Cámara de Diputados procede a tratar la cuestión de fondo, con las fundamentaciones vertidas por el miembro informante, las que se registran en la pertinente versión taquigráfica.
Que habiendo sido puesta a votación la moción interpuesta por el legislador informante, la misma resulta aprobada por mayoría absoluta de votos.
Por ello, y en uso de sus facultades, LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Rechazar el Veto Total de la Ley Nº 8.089, interpuesto por la Función Ejecutiva mediante Decreto F.E.P. Nº 2.337, de fecha 07 de diciembre de 2006.
Artículo 2º.- Comunicar, publicar, insertar en el Registro Oficial y archivar.
Dado en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 121º Período Legislativo, a veintiún días del mes de diciembre del año dos mil seis.
Roberto Miguel Meyer - Vicepresidente 2º - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero Secretario Legislativo
DECRETO N 1.184

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Rechazar el Veto Total de la Ley Nº 8.084, interpuesto por la Función Ejecutiva mediante Decreto F.E.P. Nº 2.073, de fecha 30 de noviembre de 2006.
Artículo 2º.- Comunicar, publicar, insertar en el Registro Oficial y archivar.
Dado en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 121º Período Legislativo, a siete días del mes de diciembre del año dos mil seis.
Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1º - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero Secretario Legislativo
Función Legislativa DECRETO Nº 80

La Rioja, 21 de diciembre de 2006
Visto: El Punto 5.3. del Orden del Día Nº 33, correspondiente a la Sesión Ordinaria del día 21 del corriente mes y año, expediente 18-A-00689/06, caratulado: Eleva fotocopia autenticada del Decreto F.E.P. Nº 2.337, de fecha 07
de diciembre de 2006, mediante el cual se procedió a vetar totalmente la Ley Nº 8.089, y Considerando:
Que los plazos constitucionales establecidos tanto para remisión de la norma sancionada, cuanto para la comunicación de veto interpuesto por la Función Ejecutiva, han sido
La Rioja, 28 de julio de 2006
Visto: el Decreto F.E.P. N 007 de fecha 02 de enero de 2005 y el Expte. F22 - 02946-2006; y Considerando:
Que a través de dicho decreto se autoriza al Director General de Ingresos Provinciales a la contratación del señor José Carlos Roncoroni, D.N.I. N 27.052.568, para prestar servicios en esa Dirección durante el presente año.
Que en el expediente del Visto, la persona mencionada presenta la renuncia al Contrato de Locación de Servicios, oportunamente suscripto, por razones personales a partir del 05
de julio de 2006.
Que ha tomado intervención de competencia la Subsecretaría de Gestión Pública.
Que es menester dictar el correspondiente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Rescíndese, a partir del 05 de julio de 2006, el Contrato de Locación de Servicios suscripto con el señor Roncoroni José Carlos, D.N.I. N 27.052.568, para prestar servicios en la Dirección General de Ingresos Provinciales autorizada por Decreto F.E.P. N 007 de fecha 02
de enero de 2006.
Artículo 2.- Con la participación de los organismos administrativos y técnicos competentes, efectúense las registraciones emergentes de lo dispuesto en el artículo precedente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 16/1/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date16/01/2007

Page count14

Edition count2483

Première édition02/01/1998

Dernière édition19/07/2024

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