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Visto el expediente de indulto de don Juan Luis Castro Ruiz, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, en sentencia de 22 de abril de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 590.131,89 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de julio de 2005,
Vengo en conmutar a don Juan Luis Castro Ruiz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Valencia, el 1 de julio de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 176 del Lunes 25 de Julio de 2005. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.