Periódico Oficial de Tamaulipas del 6/4/2000 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

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PERIODICO OFICIAL

224, expedido por el Quincuagésimo Segundo Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, el 25 de abril de 1985, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 39, de fecha 15 de mayo del año citado, mediante el cual se reforma y adiciona el Decreto número 48 anteriormente citado.
El patrimonio con que cuenta la Academia de Policía del Estado continuará siendo administrado por dicha institución, debiendo ser registrado por el órgano de control gubernamental, adscribiéndolo a la Dirección General de Seguridad Pública.
ARTICULO SEXTO.- Se abrogan los Decretos número 77, expedido por la Quincuagésima Tercera Legislatura Constitucional del Estado, el día 28 de octubre de 1987, publicado en el Periódico Oficial del Estado extraordinario número 1, de fecha 30 de noviembre del mismo año, mediante el cual se expidió la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas, 228, expedido por la Quincuagésima Tercera Legislatura del Congreso Constitucional del Estado, el día 19 de abril de 1989, publicado en el Alcance al Periódico Oficial número 32, de fecha 22 del propio mes y año, y se deroga el Decreto número 130, expedido por la Quincuagésima Quinta legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, el día 30 de abril de 1994, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 40, de fecha 18 de mayo del mismo año, mediante el cual se reforman o adicionan diferentes artículos de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas.
ARTICULO SEPTIMO.- Se abrogan los Decretos número 73, expedido por la Quincuagésima Tercera Legislatura Constitucional del Estado, el día 14 de octubre de 1987, publicado en el Periódico Oficial del Estado extraordinario número 1, de fecha 30 de noviembre del mismo año, mediante el cual se expidió la Ley de la Policía Preventiva para el Estado de Tamaulipas, y 131, expedido por la Quincuagésima Quinta Legislatura del Congreso constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, el día 30 de abril de 1994, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 41, de fecha 21 de mayo del citado año, mediante el cual se reforman o adicionan diferentes artículos de dicha Ley.

ARTICULO OCTAVO.- Se derogan todas aquellas disposiciones y ordenamientos jurídicos que se opongan a la presente Ley.
SALON DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.Cd. Victoria, Tam., a 29 de Marzo del Año 2000.DIPUTADO PRESIDENTE.- C.P. LIBALDO GARZA
MORENO.- Rúbrica.- DIPUTADO SECRETARIO.- C.
ANTONIO
GALVAN
LOPERENA.Rúbrica.C.
GUILLERMO
DIPUTADO
SECRETARIO.HURTADO CRUZ.- Rúbrica.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Ciudad Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los tres días del mes de abril del año dos mil.
ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
EL

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.TOMAS YARRINGTON RUVALCABA.- Rúbrica.- EL
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HOMERO
DIAZ RODRIGUEZ.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 6/4/2000 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha06/04/2000

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones4072

Primera edición02/01/1999

Ultima edición05/07/2024

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