Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.207 - Primera Sección
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Lunes 10 de julio de 2023

NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS $39.100.391,94, resultante del cálculo del porcentaje aprobado como primera Adecuación en el artículo precedente, a los ítems del Plan de Inversión pendientes de ejecución, correspondientes al proyecto aprobado a través de la Resolución ENACOM N591/2022, del Fondo Fiduciario del Servicio Universal.
3 - ESTABLECER que, de conformidad con lo previsto en los lineamientos aprobados por la Resolución ENACOM
N 1.860/2022, el monto actualizado de Aportes No Reembolsables para la ejecución del proyecto aprobado mediante la Resolución ENACOM N 591/2022, asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y CUATRO
CENTAVOS $156.643.194,94.-. 4 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 10/07/2023 N52621/23 v. 10/07/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1041/2023

RESOL-2023-1041-APN-ENACOMJGM FECHA 6/7/2023 ACTA 89
EX-2022-135402432- APN-SPEENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - APROBAR el proyecto presentado por la licenciataria SOLUTION LAN S.A, en el marco de la convocatoria dispuesta mediante la Resolución ENACOM N1.967/2022 para el Programa para el Desarrollo de Infraestructura para Internet destinado a villas y asentamientos inscriptos en el RENABAP, aprobado por la Resolución ENACOM N726/2020 y su modificatoria.
2 - ADJUDICAR a la licenciataria SOLUTION LAN S.A la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE $349.944.967.- en concepto de Aportes no Reembolsables. 3 - DESTINAR la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE $ 349.944.967.-
del Fondo Fiduciario del Servicio Universal. 4 - ESTABLECER que dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 5 - ESTABLECER que dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8 de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 6 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 10/07/2023 N52616/23 v. 10/07/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1042/2023

RESOL-2023-1042-APN-ENACOMJGM FECHA 06/07/2023 ACTA 89
EX-2020-39158205-APN-REYSENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar al señor Fernando Gabriel GIOIA
Licencia para la prestación de Servicios TIC y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia 2.- El presente registro no presupone no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/07/2023

Nro. de páginas134

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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