Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.207 - Primera Sección
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Lunes 10 de julio de 2023

espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese al interesado. 4.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 10/07/2023 N52418/23 v. 10/07/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1043/2023

RESOL-2023-1043-APN-ENACOMJGM 06/07/2023 ACTA 89
EX-2023-18479093-APN-REYSENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar al CONSEJO INTERUNIVERSITARIO
NACIONAL, Licencia para la prestación de Servicios TIC, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO
NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación de los servicios a registrar, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este Organismo. 3.- Otorgar al CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL, un plazo de 90 días a contar de la publicación de la presente, a fin de que presente ante este Organismo, la constancia de inscripción ante el registro competente del acta de designación de autoridades vigentes de la entidad. La falta de presentación de la documentación requerida, operará como condición resolutoria de la licencia otorgada por el presente acto.
4.- Notifiquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones..
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 10/07/2023 N52455/23 v. 10/07/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1044/2023

RESOL-2023-1044-APN-ENACOMJGM FECHA 06/07/2023 ACTA 89
EX-2023-65935916-APN-REYSENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la empresa a la empresa LSJ
S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios TIC, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir a nombre de la empresa LSJ S.R.L. en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N697/2017
y su modificatoria, el Servicio de Valor Agregado Acceso a Internet. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENACOM. 4.- Notifíquese a la interesada. 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 10/07/2023 N52425/23 v. 10/07/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/07/2023

Nro. de páginas134

Nro. de ediciones9414

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/08/2024

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