Boletín Oficial de la República Argentina del 18/04/2017 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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BOLETÍN OFICIAL Nº 33.606

Primera Sección
Martes 18 de abril de 2017

SERVICIO NACIONAL DESANIDAD
YCALIDAD AGROALIMENTARIA

trategia de capacitación de recursos humanos en todos los niveles de atención a fin de mejorar la calidad de la asistencia de las personas en términos de prevención, detección, diagnóstico y tratamiento integral del cáncer.

Resolución 244-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2017
VISTO el Expediente Nº S05:0024172/2015 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 319 del 17 de julio de 2015 y 704 del 1 de diciembre de 2016, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA,y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N 319 del 17 de julio de 2015 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se convocó al Proceso de Selección para la cobertura de cargos simples de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.
Que, asimismo, mediante el Anexo II de la precitada resolución se designaron los miembros del Comité de Selección en representación de las entidades correspondientes, conforme lo previsto en el Artículo 6º, Anexo A de la Resolución Conjunta Nº89 y Nº16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA, respectivamente.
Que mediante la Resolución N 704 del 1 de diciembre de 2016 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se procedió a modificar el Anexo II de la citada Resolución N319/15, por la cual se conformó el Comité de Selección pertinente.
Que razones de índole operativo hacen necesario modificar nuevamente la conformación de dicho Comité de Selección.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8º, inciso h del Decreto N1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº825 del 10 de junio de 2010.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Artículo 1 de la Resolución N704 del 1 de diciembre de 2016 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N319 del 17
de julio de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, en lo que respecta al Comité de Selección para los Registros de Oferta de Empleo ROE que se detallan en el Anexo I de la precitada resolución, el que quedará redactado de la siguiente manera:
COMITÉ DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DE CARGOS SIMPLES PERTENECIENTES A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
TITULAR DE UNIDAD ORGANIZATIVA DE PRIMERA APERTURA:
Médico Veterinario D. Jorge Luis DAL BIANCO - DNI N21.035.799
TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN:
Licenciado D. Demian Ernesto LAINO - DNI N23.678.623 y/o Doctora Da. Mónica Cristina PORTILLO - DNI N20.618.668
EXPERTOS EXTERNOS EN DISCIPLINAS AFINES:
Ingeniero Agrónomo D. Miguel Ángel SANGIACOMO - DNI Nº8.461.849
Doctor D. Andrés SCHNLLER - DNI Nº7.754.087.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge Horacio Dillon.
e. 18/04/2017 N23767/17 v. 18/04/2017

Que, por otra parte, mediante la Ley N22.127 se estableció el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, fundado en la necesidad de establecer las bases para la integración de un Equipo de Salud, que permitiera, de manera interdisciplinaria, asistir los problemas de salud de la comunidad, atendiendo a la promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación para la solución de los mismos.
Que también se incluyen dentro de este sistema a las residencias públicas con financiamiento provincial acreditadas por el MINISTERIO DE
SALUD DE LA NACIÓN.
Que mediante la Resolución Ministerial N1993 de fecha 13 de noviembre de 2015, Anexo I, se aprobó el Reglamento Básico General para el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, el que contiene las condiciones de ingreso y la modalidad de aplicación de las residencias con financiamiento del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.
Que conforme lo establece el artículo 27 del Reglamento referido, se prevén rotaciones internas y externas que han sido establecidas en el programa de formación del Residente. Las mismas deberán ser supervisadas y evaluadas de acuerdo a los objetivos y modalidades establecidos y deberán tener en cuenta los requisitos legales para el ejercicio de la profesión en la jurisdicción donde va a rotar. En aquellos casos donde las rotaciones o escenarios de aprendizaje sean fuera de su ámbito habitual, se deberá notificar a la ART. Asimismo, para la realización de rotaciones optativas, el residente deberá contar con la aprobación del responsable del Programa y ser autorizado por escrito por la Dirección Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional del MINISTERIO
DE SALUD DE LA NACIÓN.
Que las residencias públicas de financiamiento provincial contemplan también en sus respectivos reglamentos jurisdiccionales y programas específicos la necesidad de realizar rotaciones para ampliar los conocimientos y competencias en las distintas especialidades.
Que mediante Resolución Ministerial N1187 de fecha de 16 de agosto de 2013 se creó el PROGRAMA DE ROTACIÓN DE RESIDENTES
DE MEDICINA EN ESPECIALIDADES ONCOLÓGICAS en el ámbito del Instituto Nacional del Cáncer, con el objeto de intervenir en el proceso de formación de los profesionales incorporados al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud o en las residencias públicas con financiamiento provincial acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD
DE LA NACIÓN, para capacitar a los residentes en las distintas áreas de la oncología.
Que dicho Programa determina cada año las especialidades en las que se otorgarán las rotaciones en función de las necesidades y avances, tanto científicos como tecnológicos, que demanden una mayor capacitación de los residentes mencionados.
Que los residentes seleccionados para realizar la rotación percibirán una asignación por parte del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER a modo de estímulo, el cual no reemplazará las retribuciones establecidas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN o los Ministerios de Salud Provinciales, sino que se otorgará a modo de suplemento para incentivar el desarrollo de las áreas oncológicas mencionadas, por el tiempo que durase la rotación.
Que, asimismo, resulta de vital importancia que cada año se determinen las sedes y la cantidad de rotaciones a otorgarse, siempre respetando las partidas presupuestarias otorgadas para cada ejercicio a tal fin.
Que, a los fines precedentemente expuestos, se realiza la cuarta convocatoria para la ROTACIÓN DE RESIDENTES DE MEDICINA EN
ESPECIALIDADES ONCOLÓGICAS en el marco del PROGRAMA DE
ROTACIÓN DE RESIDENTES DE MEDICINA EN ESPECIALIDADES ONCOLÓGICAS.

Que las rotaciones se realizarán de acuerdo a los estándares y requisitos del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud.

Resolución 423-E/2017

Que las postulaciones a las rotaciones serán valoradas por una Comisión Evaluadora, designada ad hoc por el Consejo Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, compuesta por integrantes de reconocida trayectoria en el ámbito asistencial hospitalario, quienes determinarán el orden de mérito de los postulantes.

MINISTERIO DESALUD
Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2017
VISTO el Expediente Nº 1-2002-19407/16-2 del registro del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nº27.285 y N22.127, las Resoluciones Ministeriales N 1993 de fecha 13 de noviembre de 2015 y N 1187 de fecha 16 de agosto de 2013;y CONSIDERANDO:
Que por Ley N27.285 se determina que será uno de los objetivos principales del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER desarrollar una es-

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de la Ley de Ministerios Nº22.520, sus modificatorias y complementarias.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/04/2017 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha18/04/2017

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9393

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/07/2024

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