Boletín Oficial de la República Argentina del 17/12/2013 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 17 de diciembre de 2013
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 32.787

32

6.- La Empresa abonará conjuntamente con los salarios del mes de octubre de 2013 una gratificación extraordinaria de pago único de carácter no remunerativo equivalente al 80% de los salarios conformados vigentes en el mes de Octubre de 2013.

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES U.P.S.A. y la empresa LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 10/11 y 86 del Expediente N1.547.258/13, conforme a lo dispuesto en la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 10/11 y 86 del Expediente N1.547.258/13.
ARTICULO 3 Remítase copia debidamente autenticada al Departamento de Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1041/09 E.
ARTICULO 5 Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.

7.- La Empresa incrementará los valores de viáticos de postas y/o comisión de servicios, domésticos y en pesos, en un 21% a partir del 1 de Enero de 2013 calculado sobre los valores vigentes a Diciembre de 2012. A partir del 1 de Abril de 2013 se aplicará un incremento del 28%
calculado sobre los valores vigentes a Diciembre de 2012. Los mismos incrementos se aplicarán sobre el incremento de gastos de guardería.
8.- Se entenderá por salarios conformados la totalidad de los conceptos remuneratorios y no remuneratorios vigentes en el CCT LAN/UPSA. En caso que el salario conformado tuviera una alta variabilidad en el mes de Septiembre, se tomará el promedio de los últimos 6 meses.
9.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 9º, párrafo 2do. de la Ley 14.250, y en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N 1041/09 E Lan Argentina retendrá, en carácter de contribución a cargo del Personal, el monto correspondiente al adicional transitorio no remuneratorio del 21% pagadero en el mes de Enero 2013. El resultante de dicho monto será abonado, por LAN
Argentina, a la Entidad Sindical.
10.- Las partes acuerdan retomar las negociaciones para fijar la pauta salarial por el período que se inicia el 1 de Enero de 2014, a más tardar el 1 de Diciembre de 2013.
En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del presente, de idéntico tenor, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del Diciembre de 2012.

ARTICULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N1.547.258/13
Buenos Aires, 24 de Septiembre de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N1299/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 10/11 y 86 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1083/13.
VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO DE CARACTER CONVENCIONAL
Entre la Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales U.P.S.A., representada por los Sres. Rubén Fernández, en su carácter de Secretario General, Horacio Distefano, y Sergio Dotta, miembros de Comisión Directiva, y Gabriel Meyer, en su carácter de Delegado de Personal, y por la otra LAN ARGENTINA S.A., representada por el Sr. Daniel Maggi en su carácter de Director de Personas, el Sr. Leonardo Groppa en su carácter de Gerente de Relaciones Laborales, manifiestan que han arribado a un acuerdo en relación a la recomposición salarial del personal, por el período que va desde el 1 de Octubre de 2012 al 31 de Diciembre de 2013, en los términos que se detallan a continuación:
1.- Durante los meses de enero, febrero y marzo de 2013 la Empresa abonará un adicional transitorio no remuneratorio equivalente al 21% veintiuno por ciento de los salarios conformados vigentes a Septiembre de 2012.
2.- A partir del mes de abril de 2013 y hasta septiembre de 2013 inclusive, la Empresa Otorgará un incremento del 23% veintitrés por ciento que se aplicará sobre los salarios conformados vigentes a septiembre de 2012.
3.- A partir de abril de 2013 y hasta septiembre de 2013 inclusive, la Empresa abonará una asignación no remunerativa transitoria equivalente al 5% cinco por ciento de los salarios conformados vigentes a septiembre de 2012, la que se abonará conjuntamente con los salarios devengados en cada período.
4.- A partir del 1 de Octubre de 2013 y hasta el 31 diciembre de 2013 la Empresa incrementará los salarios conformados en un 28% veintiocho por ciento calculado sobre la base de los salarios vigentes a septiembre de 2012.
5.- La empresa garantizará que el bono anual, que se abona al personal comprendido en la presente, no serán inferiores a los $ 5000 brutos. En caso que la aplicación de los mecanismos previsto para dicho colectivo, para su cálculo arrojare un importe menor al citado, la Empresa abonará una gratificación extraordinaria de pago único y de carácter no remunerativo por la diferencia hasta alcanzar el importe de $ 5000.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/12/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/12/2013

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones9383

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/07/2024

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