Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2009 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 27 de octubre de 2009

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 31.767

Rey DNI 27.536.646, Sergio Iván Abello DNI 25.500.032, Hipólito Germán Federico DNI 24.122.313 y Juan Fernando Solís DNI 26.959.445, con el asesoramiento del Dr. Carlos Robinsón Marin; y DIRECTV ARGENTINA S.A. en adelante, indistintamente, la Empresa o Directv, representada por el señor Fabián Esteban Masciocchi DNI 16.821.418, Director de Recursos Humanos, el Dr. Juan Francisco Barreto, DNI 22.798.609, Gerente de Legales y la Sra. María Luján Casanovas, DNI 20.673.169, Directora de Finanzas, con el asesoramiento del Dr. Nilo Pedro Albano Thomas.
Desean dejar constancia de lo siguiente:
1. Las partes acuerdan que en el mes de diciembre de 2012 culminará el período de transición del artículo 128 del CCT 223/75.
2. Sin perjuicio de lo expuesto, durante el año 2011 las partes efectuarán periódicamente un análisis y evaluación del proceso y podrán ir realizando las observaciones que las circunstancias requieran.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha enunciado en el encabezamiento.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº626/2009
Registro Nº520/2009
Bs. As., 1/6/2009
VISTO el Expediente Nº166.109/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y la Ley Nº25.877, y CONSIDERANDO:
Que a foja 1 del Expediente Nº168.622/09, agregado como foja 175 al Expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA BLANCA y las Empresas DIARIO LA NUEVA PROVINCIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
y RADIO BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, PUBLICITARIA DE RADIO
Y TELEVISION, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 t.o.
2004.
Que bajo dicho acuerdo las partes convienen que las empresas signatarias otorgarán a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº403/75 una suma fija no remunerativa desde el 1º de abril al 30 de junio de 2009, suma que será tomada a cuenta de la negociación salarial, conforme a los términos y contenidos del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de las partes empresarias signatarias y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE PRENSA
DE BAHIA BLANCA y las empresas DIARIO LA NUEVA PROVINCIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y RADIO BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, PUBLICITARIA
DE RADIO Y TELEVISION, obrante a foja 1 Expediente Nº168.622/09, agregado como foja 175 al Expediente Nº166.109/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250
t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 1 del Expediente Nº168.622/09, agregado como foja 175 al Expediente Nº166.109/06.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº403/75.

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Expediente Nº166.109/06
Buenos Aires, 2 de junio de 2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 626/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1 del expediente 168.622/09, agregado como fojas 175 al expediente de referencia, quedando registrado con el Nº520/09. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
En la ciudad de Bahía Blanca, partido del mismo nombre, de la Provincia de Buenos Aires, a los cinco 5 días del mes de mayo de 2009, siendo la 10,30 horas, comparecen espontáneamente por ante mí, Heriberto Oscar Gigena, Coordinador de la Delegación Regional Bahía Blanca del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por una parte los señores DANIEL CORREA, DNI
22.537.451 y PABLO PRESTI, DNI 22.049.882 en carácter de SECRETARIO GENERAL y SECRETARIO GREMIAL respectivamente, en representación del SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA
BLANCA, KARINA ELIZABETH CUCHERENO DNI 22.537.060; OSCAR HUGO BALEIRON DNI
11.674.716, PABLO ANDRES PASCUAL DNI 23.776.043, y HERNAN ALFREDO GUERCIO DNI
26.423.429, en carácter de delegados gremiales de la Empresa DIARIO LA NUEVA PROVINCIA
S.R.L. y el Sr. OSCAR RUBEN BALTIAN DNI 12.378.052, en carácter de delegado gremial de RADIO BAHIA BLANCA S.A., todos los nombrados precedentemente tienen la personería acreditada en el EXPEDIENTE Nº 166.109/06 y agregado Nº 167717/08; y por la representación empresaria, en carácter de gerente administrador del DIARIO LA NUEVA PROVINCIA S.R.L. Cuit Nº 3050009286-2 el Contador DOMINGO MARRA L.E. 7.650.805 y RADIO BAHIA BLANCA S.A. Cuit 30-54951330-8 también representada por el Contador DOMINGO MARRA, en su carácter de apoderado, quien tiene acreditada la personería invocada en el EXPEDIENTE 166.109/06, jurando que la misma se encuentra en plena vigencia, patrocinado por el Doctor GABRIEL ENRIQUE PERI DNI
14.173.030, Tº 51 F 640 CSJN.
Abierto que fuera el acto por el funcionario actuante, el mismo procede a ceder el uso de la palabra a las partes, quienes de común acuerdo, MANIFIESTAN: 1 Las empresas otorgan una suma no remunerativa a todos los trabajadores comprendidos en el CCT Nº 403/75 de PESOS TRESCIENTOS $300.- mensuales. 2 Dicha suma no remunerativa regirá desde el 1º de abril de 2009
al 30 de junio de 2009 y será tomado a cuenta de la negociación salarial. 3 Las partes se reunirán en julio de 2009 a los efectos de continuar negociando los salarios definitivos que regirán la actividad para el período 1º de abril de 2009 al 31 de marzo de 2010. 4 De las sumas arriba mencionadas las empresas aportarán los porcentajes correspondientes a la obra social. 5 Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo y que el mismo se agregue al Expediente 166.109/06. Que no tienen nada más que agregar.
Con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura y ratificación de lo expuesto precedentemente firmando los comparecientes de plena conformidad ante mí funcionario actuante, que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaria de Trabajo Resolución Nº627/2009
Registro Nº512/2009
Bs. As., 1/6/2009
VISTO el Expediente Nº1.318.937/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente Nº1.318.937/09 obra el Acuerdo celebrado por la FEDERACION DE
ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron una suma no remunerativa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 257/97 E, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado convenio.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250
t.o. 2004.

ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 2 del Expediente Nº1.318.937/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.

ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colec-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/10/2009

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9395

Primera edición02/01/1989

Ultima edición13/07/2024

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