Boletín Oficial de la República Argentina del 29/04/2005 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 29 de abril de 2005

OFICINA ANTICORRUPCION

11

BOLETIN OFICIAL Nº 30.643

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 7 de la Ley N 25.967.

Decisión Administrativa 167/2005

Por ello,
Exceptúase a la citada Jurisdicción de la prohibición contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 25.967, a los efectos de posibilitar la cobertura de determinados cargos vacantes financiados.
Bs. As., 26/4/2005
VISTO el expediente N 147.271/04 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y el artículo 7 de la Ley N 25.967 y el Decreto N 359/05, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7 de la Ley N 25.967 se dispuso la prohibición de cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha Ley y los que se produzcan con posterioridad.
Que asimismo dicho artículo autoriza al suscripto a disponer excepciones cuando existan razones fundadas para ello.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Exceptúase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la prohibición contenida en el artículo 7 de la Ley N 25.967, a los efectos de posibilitar la cobertura de UN 1
cargo vacante financiado que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de esta medida, cobertura que deberá efectuarse mediante los sistemas de selección previstos por el Decreto N 993/91 T.O. 1995 y sus modificatorios.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de este acto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto A. Fernández. Horacio D. Rosatti.

Que resulta necesario proceder al descongelamiento de diversos cargos vacantes financiados de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de posibilitar su cobertura por resultar de imperiosa necesidad para asegurar el normal funcionamiento de dicho organismo.

ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD
DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 7 de la Ley N 25.967.
Por ello,
Nivel Escalafonario SINAPA
Nivel B

Cantidad
Función
1 uno
Jefe de Departamento
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Exceptúase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la prohibición contenida en el artículo 7 de la Ley N 25.967, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados que se detallan en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de esta medida, cobertura que deberá efectuarse mediante los sistemas de selección previstos por el Decreto N 993/91 t.o. 1995 y sus modificatorios.

BOLETIN OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de este acto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto A. Fernández. Horacio D. Rosatti.
ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

OFICINA ANTICORRUPCION
Nivel Escalafonario SINAPA

Cantidad
Función
Nivel C

2 dos
Analista
Nivel D

1 un
Asistente Técnico
Colección en CD de los ejemplares del Boletín Oficial Desde 1998 al 2003

ahora
2004

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 168/2005
Exceptúase a la citada Jurisdicción de la prohibición contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 25.967, a los efectos de posibilitar la cobertura de un cargo vacante financiado.
Bs. As., 26/4/2005
VISTO el expediente N 147.968/05 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y el artículo 7 de la Ley N 25.967 y el Decreto N 358/05, y
Precio: $50

CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7 de la Ley N 25.967 se dispuso la prohibición de cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha Ley y los que se produzcan con posterioridad.

Primera sección Legislación y Avisos Oficiales
Que asimismo dicho artículo autoriza al suscripto a disponer excepciones cuando existan razones fundadas para ello.
Que resulta necesario proceder al descongelamiento de UN 1 cargo vacante financiado de la DIRECCION NACIONAL DE DOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL
AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE
ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de posibilitar su cobertura por resultar de imperiosa necesidad para asegurar el normal funcionamiento de dicho organismo.
Que ha tomado Intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, expidiéndose favorablemente.

Ventas:

Sede Central, Suipacha 767 11:30 a16:00 hs. Tel.: 011 4322-4055 y líneas rotativas Delegación Tribunales, Libertad 469 8:30hs a 14:30hs Tel.: 011 4379-1979
Delegación Colegio Público de Abogados, Av. Corrientes 1441 10:00 a 15:45 hs., Tel.: 011 4379-8700 int. 236

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/04/2005 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/04/2005

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones9391

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/07/2024

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